Resolución de Superintendencia nº 014-2013/SUNAT
Año | 2013 |
Emisor | Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria |
Que resulta necesario aprobar el cronograma de vencimientos para la
presentación de la DAOT correspondiente al ejercicio 2012;
SUNAT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA
Lima, 1
b EWE. Z(l13
CONSIDERANDO:
N.O 014 -2012/SUNAT
APRUEBAN EL CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO PARA LA PRESENTACiÓN
DE LA DECLARACiÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2012
Que de otro lado, el artículo 3° del citado Reglamento establece que, entre
otros, se encuentran obligados a presentar la DAOT los sujetos obligados a presentar
por los menos una declaración mensual del Impuesto General a las Ventas durante el
ejercicio;
Que se considera conveniente disponer que los sujetos a que se refiere el
considerando anterior estarán obligados a presentar la DAOT por el ejercicio 2012,
en tanto sus ventas internas o sus adquisiciones de bienes, servicios o contratos de
construcción superen un determinado monto;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 11° del Decreto Legislativo
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° 501 Y normas modificatorias, el artículo 5° de la Ley N.o 29816, Ley de
rtalecimiento de la SUNAT y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de
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ganización y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N.o 115-
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002-PCM y norma modificatoria;
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Que mediante la Resolución de Superintendencia N.° 024-2002/SUNAT y
normas modificatorias, se aprobó el Reglamento para la presentación de la
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eclaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT);
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Que conforme a lo dispuesto en el numeral 15.1 del artículo 15° del referido
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R! lamento, la DAOT o el formato denominado "Constancia de no tener información
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e.c1arar"deberá s~r p~~sentado de acuerdo al cronograma de vencimiento que se
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