Resolución de Superintendencia de Mercados y Valores. ( RSMV Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades N.° 078-2023-SMV/10.2)
Número de resolución | 078-2023 |
Fecha | 23 Junio 2023 |
Emisor | Superintendencia del Mercado de Valores (Perú) |
PERÚ
Ministerio
de Economía y Finanzas
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Año de la unidad, la paz y el desarrollo”
1
Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N°
27269,
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Resolución de Intendencia General de Supervisión
de Entidades
Nº 078-2023-SMV/10.2
Lima, 23 de junio de 2023
El Intendente General de Supervisión de Entidades
VISTOS:
El Expediente N° 2023019596 iniciado por Promotora
Opción S.A. EAFC, así como el Informe N° 918-2023-SMV/10.2 del 22 de junio de 2023;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Intendencia General de
Supervisión de Entidades N° 047-2015-SMV/10.2 del 08 de mayo de 2015, se autorizó
el programa de fondos colectivos denominado “Evolución 1.1”, así como su respectivo
modelo de contrato a ser utilizado por Promotora Opción S.A. EAFC para su
administración y se dispuso su inscripción en el Registro Especial de Otras Entidades
bajo competencia de la Superintendencia del Mercado de Valores;
Que, mediante Resolución de Intendencia General de
Supervisión de Entidades N° 098-2021-SMV/10.2 del 18 de octubre de 2021, se aprobó
las modificaciones del programa “Evolución 1.1” denominado en adelante “Evolución
1.2”, así como su respectivo modelo de contrato;
Que, mediante escritos presentados hasta el 19 de junio
de 2023, Promotora Opción S.A. EAFC solicitó autorización para la modificación del
programa “Evolución 1.2” y el contrato de administración utilizado en la gestión del
referido programa;
Que, de la evaluación de la documentación presentada se
ha determinado que Promotora Opción S.A. EAFC ha cumplido con: (i) lo dispuesto por
los artículos 29 y 30 del Reglamento del Sistema de Fondos Colectivos y de sus
Empresas Administradoras; y, (ii) el Texto Único de Procedimientos Administrativos de
la Superintendencia del Mercado de Valores, para la autorización de las modificaciones
del programa “Evolución 1.2” y a su respectivo contrato de administración, así como
para su inscripción en el Registro Especial de Otras Entidades bajo competencia de la
Superintendencia del Mercado de Valores; tal como se desarrolla en el Informe N° 918-
2023-SMV/10.2; y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 38, numeral 5, incisos
ix) y x) del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del
Mercado de Valores.
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