Resolución de Superintendencia de Mercados y Valores. ( RSMV Resolución de Superintendente N.° 060-2023-SMV/02)

Número de resolución060-2023
Fecha04 Agosto 2023
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Año de la unidad, la paz y el desarrollo”
1
Documentoelectrónicofirmadodigitalmenteenelmarco de la Ley N° 27269, Ley de FirmasyCertificadosDigitales,suReglamentoymodificatorias.Laintegridaddeldocumentoylaautoría
dela(s)firma(s)puedenserverificadasenhttps://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml
Resolución de Superintendente
Nº 060-2023-SMV/02
Lima, 4 de agosto de 2023
La Superintendente del Mercado de Valores
VISTOS:
El Expediente 2023026447 que contiene los
Requerimientos N° 2023-000338 y N° 2023-000335, así como el Memorándum N° 2367-
2023-SMV/10/13 de la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial y la
Superintendencia Adjunta de Riesgos de la Superintendencia del Mercados de Valores
(en adelante, áreas usuarias), que sustentan la necesidad de contar con el servicio de
Sistema de Información de Mercados Financieros, y el Informe Conjunto Nº 1068-2023-
SMV/06/08 de la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica, con los
cuales se sustenta técnica y legalmente la contratación directa por el supuesto de
proveedor único;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 del Texto Único Concordado de la Ley
Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Ley N°
26126 y sus modificatorias, establece que la Superintendencia del Mercado de Valores
(SMV) es responsable de velar por la transparencia de los mercados de valores, la
correcta formación de los precios y la protección de los inversionistas, procurando la
difusión de toda la información necesaria para tales propósitos;
Que, en el marco de las atribuciones citadas, la
Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) tiene dentro de sus responsabilidades
las tareas de control diario de valorización y monitoreo de los fondos mutuos y otros
participantes del mercado local, que lleva a cabo la Superintendencia Adjunta de
Supervisión Prudencial; y el análisis de la evolución de los riesgos en el mercado de
valores, a cargo de la Superintendencia Adjunta de Riesgos;
Que, mediante Memorándum N° 2367-2023-SMV/10/13,
las áreas usuarias sustentan la importancia de la utilización del Sistema de Información
de Mercados Financieros en las labores diarias de vigilancia, pues, entre otros,
contribuye a la validación de la metodología de valorizaciones del Proveedor Integral de
Precios del Perú S.A.; así como a la detección de prácticas de abuso de mercado en la
negociación de los instrumentos representativos de deuda, y representa un insumo
necesario para analizar la evolución de los riesgos que pudieran presentarse en el
mercado de valores;
Que, la contratación del servicio del Sistema de
Información de Mercados Financieros se encuentra incluida, con el número de
referencia 15 en el Plan Anual de Contrataciones de la SMV para el año 2023, aprobado
por la Resolución de Superintendente Nº 004-2023-SMV/02 del 12 de enero de 2023,
modificado con Resolución de Superintendente N° 018-2023-SMV/02 del 16 de marzo
de 2023 y Resolución de Superintendente N° 040-2023-SMV/02 del 19 de mayo de
2023;

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