Resolución de Superintendencia de Mercados y Valores. ( RSMV Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades N.° 083-2023-SMV/10.2)

Número de resolución083-2023
Fecha12 Julio 2023
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
de Economía y Finanzas
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Año de la unidad, la paz y el desarrollo”
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Resolución de Intendencia General de Supervisión
de Entidades
083-2023-SMV/10.2
Lima, 12 de julio de 2023
El Intendente General de Supervisión de Entidades
VISTOS:
El Expediente Nº 2023000836 presentado por Trust
Sociedad Titulizadora S.A., así como el Informe Nº 998-2023-SMV/10.2 del 12 de julio
del de 2023 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades de la
Superintendencia del Mercado de Valores;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Intendencia General de
Supervisión de Entidades 139-2018-SMV/10.2 del 07 de diciembre de 2018, se
dispuso la inscripción de oficio del patrimonio fideicometido denominado “Patrimonio en
Fideicomiso Decreto Legislativo N° 861 Titulo XI Inmuebles Argenta” así como de
los valores mobiliarios denominados “Bonos de Titulización Inmuebles Argenta”,
emitidos con respaldo en el mencionado patrimonio, en el Registro Público del Mercado
de Valores;
Que, mediante escritos presentados hasta el 07 de julio de
2023, Trust Sociedad Titulizadora S.A. solicitó la exclusión de los “Bonos de Titulización
Inmuebles Argenta” emitidos con respaldo en el mencionado patrimonio fideicometido
del Registro Público del Mercado de Valores;
Que, como sustento de su solicitud, Trust Sociedad
Titulizadora S.A. presentó entre otros, copia del testimonio de la escritura pública de la
“Disolución, Liquidación y Extinción del Patrimonio” otorgada por ella, en calidad de
Fiduciario, ante notario Fermín Antonio Rosales Sepúlveda, el 22 de noviembre de 2022;
y, copia del “Acta de la Junta de Fideicomisarios de los Bonos, celebrada el 30 de
setiembre de 2010”, donde se autoriza al fiduciario para que en su oportunidad declare
la disolución, liquidación y extinción del “Patrimonio en Fideicomiso Decreto Legislativo
N° 861 Titulo XI Inmuebles Argenta”;
Que, en la cláusula segunda del testimonio de la escritura
pública de la “Disolución, Liquidación y Extinción del Patrimonio”, Trust Sociedad
Titulizadora S.A. entre otros, declara que a la fecha no existe recurso alguno acreditado
en las cuentas del fideicomiso; se ha utilizado la totalidad de los recursos provenientes
de la ejecución de los inmuebles para cancelar los importes correspondientes a los
gastos, costos y tributos de cargo del patrimonio fideicometido y el pago a prorrata de
los bonos de titulización emitidos con respaldo al patrimonio, y no existe remanente

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