Resolución de Superintendencia de Mercados y Valores. ( RSMV Resolución de Superintendente N.° 013-2023)

Número de resolución013-2023
Fecha23 Febrero 2023
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Año de la unidad, la paz y el desarrollo”
1
Documentoelectrónicofirmadodigitalmenteenelmarco de la Ley N° 27269, Ley de FirmasyCertificadosDigitales,suReglamentoymodificatorias.Laintegridaddeldocumentoylaautoría
dela(s)firma(s)puedenserverificadasenhttps://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml
Resolución de Superintendente
Nº 013-2023-SMV/02
Lima, 23 de febrero de 2023
El Superintendente del Mercado de Valores (e)
VISTOS:
El Expediente N° 2023004608 que contiene el Informe N°
88-2023-SMV/09 del 17 de enero de 2023 de la Oficina de Tecnologías de Información
de la Superintendencia del Mercado de Valores (en adelante, OTI), mediante el cual se
evalúa la necesidad de contar con el servicio de mantenimiento de software Oracle
Database, y el Informe Conjunto Nº 240-2023-SMV/06/08 del 23 de febrero de 2023 de
la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica, con el que se sustenta
técnica y legalmente la contratación directa por el supuesto de proveedor único;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 del Texto Único Concordado de la Ley
Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Ley N°
26126 y sus modificatorias, establece que la Superintendencia del Mercado de Valores
(SMV) es responsable de velar por la transparencia de los mercados de valores, la
correcta formación de los precios y la protección de los inversionistas, procurando la
difusión de toda la información necesaria para tales propósitos;
Que, en el marco de las atribuciones citadas, el artículo
30° del Reglamento de Organización y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto
Supremo N° 216-2011-EF y sus modificatorias, establece como funciones específicas
de la OTI de la SMV, entre otras, determinar las necesidades y requerimientos
informáticos de acuerdo con la política institucional, asegurar el buen funcionamiento y
mantenimiento de los sistemas implementados, así como velar por la seguridad de la
información y la calidad de los sistemas de información de la SMV;
Que, en el Informe N° 88-2023-SMV/09, modificado por
Memorando N° 740-2023-SMV/09 del 10 de febrero del 2023, la OTI señala que la SMV
cuenta con el software de Base de Datos Oracle que forma parte esencial de la
plataforma de infraestructura tecnológica que soporta los sistemas, los cuales son de
misión crítica dentro de la operatividad diaria y permiten a la Institución supervisar y
velar por la transparencia de la información del mercado de valores, debido a que las
aplicaciones implementadas han sido desarrolladas sobre el motor de Base de Datos
Oracle, razones por las que la OTI sustenta técnicamente la necesidad de contratar el
servicio de actualización y soporte de los siguientes productos:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR