Resolución de Superintendencia de Mercados y Valores. ( RSMV Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades N.° 032-2023)

Número de resolución032-2023
Fecha10 Marzo 2023
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
de Economía y Finanzas
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Año de la unidad, la paz y el desarrollo”
1
Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N°
27269,
Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias. La integridad del documento y la autoría
de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml
Resolución de Intendencia General de Supervisión
de Entidades
Nº 032-2023-SMV/10.2
Lima, 10 de marzo de 2023
El Intendente General de Supervisión de Entidades
VISTOS:
El Expediente 2023006612 iniciado por EAFC
Maquisistema S.A, así como el Informe N° 377 -2023-SMV/10.2 del 10 de marzo de
2023;
CONSIDERANDO:
Que, mediante escritos presentados hasta el 13 de febrero
de 2023, EAFC Maquisistema S.A solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores
la autorización del programa a denominarse “A2” y de sus respectivos modelos de
contrato;
Que, de la evaluación de la documentación presentada se
ha determinado que EAFC Maquisistema S.A ha cumplido con: (i) los artículos 20, 22,
inciso b) y 95 del Reglamento del Sistema de Fondos Colectivos y de sus Empresas
Administradoras; (ii) el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la
Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de
Superintendente N° 023-2015-SMV/02. Ello, para la autorización del programa a
denominarse “A2” y sus respectivos modelos de contratos, así como para su inscripción
en el Registro Especial de Otras Entidades bajo competencia de la SMV; tal como se
desarrolla en el Informe N° 377-2023-SMV/10.2; y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 38, numeral 5, incisos
ix y x, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado
de Valores.
RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el programa denominado “A2”, así
como sus respectivos modelos de contratos y disponer su inscripción en el Registro
Especial de Otras Entidades bajo competencia de la SMV.
Artículo 2º.- Disponer la difusión de la presente resolución
en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores
(www.gob.pe/smv).

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