Resolución de Superintendencia de Mercados y Valores. ( RSMV Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades N.° 007-2023)
Número de resolución | 007-2023 |
Fecha | 13 Enero 2023 |
Emisor | Superintendencia del Mercado de Valores (Perú) |
PERÚ
Ministerio
de Economía y Finanzas
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Año de la unidad, la paz y el desarrollo”
1
Resolución de Intendencia General de Supervisión
de Entidades
Nº 007-2023-SMV/10.2
Lima, 13 de enero de 2023
El Intendente General de Supervisión de Entidades
VISTOS:
El Expediente N° 2022048624 iniciado por EAFC
Maquisistema S.A, así como el Informe N° 70-2023-SMV/10.2 del 13 de enero de 2023;
CONSIDERANDO:
Que, mediante escritos presentados hasta el 12 de enero
de 2023, EAFC Maquisistema S.A solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores
la autorización del programa a denominarse “C2” y de su respectivo modelo de contrato;
Que, de la evaluación de la documentación presentada se
ha determinado que EAFC Maquisistema S.A ha cumplido con lo dispuesto por los
artículos 19 y 20 del Reglamento del Sistema de Fondos Colectivos y de sus Empresas
Administradoras aprobado por Resolución SMV N° 020-2014-SMV-01 y, con lo
establecido por el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la
Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de
Superintendente N° 023-2015-SMV/02. Ello, para la autorización del programa a
denominarse “C2” y su respectivo modelo de contrato, así como para su inscripción en
el Registro Especial de Otras Entidades bajo competencia de la SMV; tal como se
desarrolla en el Informe N° 70-2023-SMV/10.2; y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 38, numeral 5, incisos
ix y x, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado
de Valores.
RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el programa denominado “C2”, así
como su respectivo modelo de contrato y disponer su inscripción en el Registro Especial
de Otras Entidades bajo competencia de la SMV.
Artículo 2º.- Disponer la difusión de la presente resolución
en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores
(www.smv.gob.pe).
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