Resolucion SBS N° 03240-2023. Modifican el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, el Reglamento de Comisiones y Gastos del Sistema Financiero, el Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito, el Reglamento para la Gestión de la Seguridad de la Información y la Ciberseguridad, y el Reglamento de Reclamos y Requerimientos

Fecha de publicación03 Octubre 2023
SecciónSección Única
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en los distritos de Tambopata, Inambari, Las Piedras y Laberinto de la provincia de Tambopata y en los distritos de Madre de Dios y Huepetuhe de la provincia de Manu del departamento de Madre de Dios

Lima, 2 de octubre de 2023


LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES


CONSIDERANDO:


Que, mediante la Resolución SBS N° 3274-2017 y sus modificatorias se aprobó el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, con la finalidad de que las empresas cuenten con una adecuada gestión de conducta de mercado acorde con el marco normativo vigente, que se refleje en las prácticas que adoptan en su relación con los usuarios, en la oferta de productos y servicios financieros, en la transparencia de información y en la gestión de reclamos;


Que, como resultado de las acciones de supervisión, se considera necesario modificar el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, así como el Reglamento de Comisiones y Gastos del Sistema Financiero, aprobado mediante la Resolución SBS N° 3748-2021 y sus modificatorias, considerando el actual funcionamiento de los productos y/o servicios ofrecidos por las empresas del sistema financiero a los usuarios y el impacto del uso de las nuevas tecnologías, así como las obligaciones de las empresas asociadas al cumplimiento de las disposiciones de carácter imperativo;


Que, igualmente, como resultado de las acciones de supervisión, se ha verificado con relación a la contratación de seguros de desgravamen o seguros que protegen el bien dado en garantía, que es necesario definir a éstos como los únicos seguros que son condición para contratar créditos, siendo que cualquier otro seguro o cobertura debe ser ofrecido de forma independiente sin que se condicionen a la contratación de un crédito; así como también, se ha visto importante precisar que el plazo de vigencia del seguro de desgravamen no debe exceder el plazo de vigencia del crédito;


Que, asimismo, resulta necesario modificar el Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito, aprobado mediante Resolución SBS N° 6523-2013 y sus modificatorias, para definir que no es necesariamente el emisor de la tarjeta quien establece el monto máximo de las operaciones de micropago; así como también el Reglamento para la Gestión de la Seguridad de la Información y la Ciberseguridad, aprobado por la...

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