Resolucion SBS N° 02999-2023. Declaran la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito De los Colaboradores de Natura Cosméticos S.A. Limitada por encontrarse incursa en la causal de inactividad

Fecha de publicación15 Septiembre 2023
SecciónSección Única
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NORMAS LEGALES
Viernes 15 de setiembre de 2023
El Peruano
/
Crédito De los Trabajadores de Productos Avon Ltda. en
disolución cuente con los recursos monetarios sucientes
para ello:
1. Inscribir la resolución que declaró la disolución de
la Cooperativa de Ahorro y Crédito De los Trabajadores
de Productos Avon Ltda. en el Registro Público
correspondiente.
2. Tomar inmediata posesión de la totalidad de los bienes
de la Cooperativa de Ahorro y Crédito De los Trabajadores
de Productos Avon Ltda. en disolución, ordenando que
se les entreguen los títulos, valores, contratos, libros,
archivos, así como cualquier otro documento y cuanto
fuere de propiedad de esta; así como suscribir las actas
que contengan la transferencia de estos bienes.
3. Elaborar, desde el inicio del proceso de disolución,
el estado de situación nanciera, el estado de resultados
y otro resultado integral correspondiente, de conformidad
con las disposiciones pertinentes emitidas por esta
Superintendencia.
4. Disponer la realización de un inventario de todos
los activos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito De los
Trabajadores de Productos Avon Ltda. en disolución,
incluyendo el de los correspondientes documentos de
sustento.
5. Disponer la valorización de todos los activos de la
Cooperativa de Ahorro y Crédito De los Trabajadores de
Productos Avon Ltda. en disolución.
6. Elaborar la relación de acreedores de la Cooperativa
de Ahorro y Crédito De los Trabajadores de Productos
Avon Ltda. en disolución, con indicación del monto,
naturaleza de las acreencias y preferencia de la que
gozan, de conformidad con el artículo 10 del Reglamento
de Regímenes Especiales.
7. Mantener los recursos líquidos de la Cooperativa
de Ahorro y Crédito De los Trabajadores de Productos
Avon Ltda. en disolución en COOPAC o empresas de
operaciones múltiples del sistema nanciero clasicadas
en las categorías “A” o “B”, según las normas vigentes
sobre la materia.
8. Recibir amortizaciones y/o cancelaciones de
los créditos otorgados y servicios prestados, según
corresponda.
9. Continuar las acciones para una efectiva y oportuna
recuperación de los créditos otorgados por la Cooperativa
de Ahorro y Crédito De los Trabajadores de Productos
Avon Ltda. en disolución, así como para el cobro de los
reaseguros y coaseguros, en caso corresponda.
10. Realizar las acciones necesarias para formalizar
las garantías otorgadas a la Cooperativa de Ahorro y
Crédito De los Trabajadores de Productos Avon Ltda.
en disolución y levantar dichos gravámenes previa
cancelación de la deuda o celebración de la transacción
judicial o extrajudicial, cualquiera sea el caso.
11. Entregar la posesión de la totalidad de los bienes,
libros, archivos y demás documentación de propiedad de
la Cooperativa de Ahorro y Crédito De los Trabajadores
de Productos Avon Ltda. en disolución al liquidador
designado por el Poder Judicial, cuando corresponda.
12. Llevar a cabo los demás actos administrativos
y laborales que requieran resolverse como parte de la
administración de la Cooperativa de Ahorro y Crédito De
los Trabajadores de Productos Avon Ltda. en disolución.
13. Ejercer las facultades generales y especiales
previstas en los artículos 74 y 75 del Código Procesal
Civil; en ese sentido, se encuentran en capacidad de
iniciar procesos judiciales, procedimientos administrativos,
arbitrajes en nombre de la Cooperativa de Ahorro y Crédito
De los Trabajadores de Productos Avon Ltda. en disolución y
continuar con los iniciados por la citada entidad en contra de
terceros con las facultades establecidas en el Reglamento de
Regímenes Especiales; precisándose que tales facultades de
representación, con las atribuciones y potestades generales
que corresponden al representado, han sido otorgadas
para todo el procedimiento o proceso, incluso para los
procesos cautelares, así como la ejecución de sentencias,
resoluciones o laudos, así como el cobro de costas y
costos, legitimando a los representantes para intervenir en
el proceso en representación de la Cooperativa de Ahorro
y Crédito De los Trabajadores de Productos Avon Ltda. en
disolución y realizar todos los actos que resulten necesarios
en defensa de los intereses de la misma. Igualmente, se
precisa que las facultades especiales otorgadas permiten
a los representantes realizar todos los actos de disposición
de derechos sustantivos y demandar, reconvenir, contestar
demandas y reconvenciones, desistirse del proceso y
de la pretensión, allanarse a la pretensión, intervenir en
audiencias, ofrecer cautela y contra cautela, conciliar,
transigir, someter a arbitraje las pretensiones controvertidas
en el proceso, sustituir o delegar la representación procesal
y en los demás actos que exprese la ley.
Asimismo, incluyen las facultades para formular
invitaciones a conciliar, participar como invitados
en procesos conciliatorios, así como para participar
en audiencias conciliatorias y arribar a acuerdos
conciliatorios extrajudiciales, entendiéndose por tanto
que dichos representantes cuentan con las facultades
necesarias para conciliar extrajudicialmente y disponer de
los derechos materia de conciliación.
14. Realizar todos los actos y celebrar todos los
contratos que resulten necesarios para la adecuada
administración de la Cooperativa de Ahorro y Crédito De
los Trabajadores de Productos Avon Ltda. en disolución;
facultades que incluyen las de abrir y cerrar cuentas
corrientes y de ahorros, sean a plazo o no, retirar fondos,
obtener certicados y realizar todo tipo de depósitos e
imposiciones sobre las cuentas corrientes y de ahorros,
sean a plazo o no; girar, endosar y cobrar cheques en
general, lo que incluye la emisión de cheques sobre los
saldos acreedores, emitir los documentos que fueren
requeridos para realizar depósitos y/o retiros, abrir y
desdoblar y cancelar certicados a plazo, cobrarlos,
endosarlos y retirarlos, hacer retiros de fondos y pagos a
terceros, cobrar sumas de dinero; y, en general, efectuar
toda clase de operaciones que conlleven al cumplimiento
del objetivo para el cual fueron designados.
15. Excepcionalmente, y con la nalidad de cumplir
adecuadamente el encargo de administración temporal de
la Cooperativa de Ahorro y Crédito De los Trabajadores
de Productos Avon Ltda. en disolución en tanto que
el Poder Judicial se pronuncia sobre la demanda
que se presente, de corresponder, podrán ejercer las
atribuciones enunciadas en el artículo 37 del Reglamento
de Regímenes Especiales.
Regístrese, comuníquese, publíquese, y transcríbase
a los Registros Públicos para su correspondiente
inscripción.
MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendenta de Banca, Seguros y AFP
1 A excepción de los artículos 7 y 8, y de las disposiciones complementarias
nales tercera, cuarta y sétima, los cuales entraron en vigencia al día
siguiente de su publicación, realizada el 19/07/2018.
2 Así como cualquier otra de las condiciones previstas en el subnumeral 7 del
numeral 8.1 del artículo 8 del Reglamento de Registro.
3 Noticado el 16/11/2020.
2215141-1
Declaran la disolución de la Cooperativa
de Ahorro y Crédito De los Colaboradores
de Natura Cosméticos S.A. Limitada
por encontrarse incursa en la causal de
inactividad
RESOLUCIÓN SBS N° 02999-2023
Lima, 13 de septiembre de 2023
LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30822 (en adelante, Ley COOPAC)
que modicó la Ley General del Sistema Financiero y del
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 15/09/2023 01:01

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