Resolucion SBS N° 02893-2023. Autorizan viaje de Intendente de Análisis Operativo de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú , para participar en evento a realizarse en Colombia

Fecha de publicación07 Septiembre 2023
SecciónSección Única
75
NORMAS LEGALES
Jueves 7 de setiembre de 2023
El Peruano
/
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS
VISTA:
La solicitud de inscripción en el Registro de las
Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra
Accidentes de Tránsito (Registro AFOCAT), presentada
por la Asociación de Fondos Contra Accidente de Tránsito
El Altiplano – AFOCAT EL ALTIPLANO (la AFOCAT) e
ingresada con Expediente Nº 2019-53040 el 26/08/2019,
conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Supervisión
de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales
contra Accidentes de Tránsito y de Funcionamiento de
la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de
Accidentes de Tránsito, aprobado mediante Decreto
Supremo 040-2006-MTC y sus modicatorias
(Reglamento AFOCAT); el Reglamento de Acceso y
Mantenimiento de inscripción en el Registro de las
Asociaciones de Fondos Regionales o provinciales contra
Accidentes de Tránsito, aprobado mediante Resolución
SBS Nº 5624-2019 (Reglamento de Registro); y, el
Procedimiento Nº 118 del Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia,
aprobado por la Resolución SBS Nº 1678-20181, y sus
modicatorias; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 87 de la Constitución Política
del Perú, corresponde a esta Superintendencia ejercer el
control de las empresas bancarias, de seguros, de las
demás que reciben depósitos del público y de aquellas
otras que, por realizar operaciones conexas o similares,
determine la ley;
Que, en ese sentido, mediante el Decreto Legislativo
Nº 1051, publicado en el Diario Ocial El Peruano el
27/06/2008, se modicó la Ley General de Transporte
y Tránsito Terrestre, Ley Nº 27181 y sus modicatorias,
transriendo a esta Superintendencia las facultades de
regular, supervisar, scalizar y controlar a las Asociaciones
de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes
de Tránsito (AFOCAT); asimismo, mediante Decreto
Supremo 039-2008-MTC, se modicó el Reglamento
AFOCAT, habilitando a este organismo de supervisión
y control a autorizar la inscripción de las AFOCAT en el
Registro AFOCAT;
Que, el Registro AFOCAT es un catastro global de
información administrado por la Superintendencia de
Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos
de Pensiones, en el que deben registrarse las AFOCAT,
de manera previa al inicio de sus operaciones, siempre
que cumplan con las condiciones jurídicas, técnicas
y económicas, previstas en el marco regulatorio
vigente;
Que, habiendo evaluado la documentación presentada
por la AFOCAT y el cumplimiento de las condiciones
para acceder al Registro AFOCAT2, con arreglo a los
principios de presunción de veracidad y privilegio de
controles posteriores establecidos en los incisos 1.7 y
1.16 del numeral 1 del artículo IV del Título Preliminar
del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento
Administrativo General, Ley Nº 27444, aprobado por
Decreto Supremo 004-2019-JUS y sus modicatorias,
se ha evidenciado que ésta cumple con las condiciones
jurídicas, técnicas y económicas establecidos en el
Reglamento AFOCAT;
Que, asimismo, se advierte que la AFOCAT ha sido
constituida con arreglo a las disposiciones contenidas en
el Título II del citado Reglamento AFOCAT, y se encuentra
registrada en la Partida Electrónica Nº 11231586 del
Registro de Personas Jurídicas de la Ocina Registral de
Juliaca;
Que, la AFOCAT ha cumplido con remitir la Constancia
de Depósito correspondiente al Fondo Mínimo, conforme
a lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria
Final del Reglamento AFOCAT; así como con suscribir el
Contrato de Fideicomiso celebrado con la Corporación
Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE;
Contando con el visto bueno del Departamento de
Supervisión de AFOCAT y del Departamento de Asesoría
Legal;
En uso de las atribuciones conferidas por la Resolución
SBS Nº 5829-2014, mediante la cual se delega en el
Superintendente Adjunto de Seguros la facultad de
autorizar la inscripción en el Registro de Asociaciones de
Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de
Tránsito;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer la INSCRIPCIÓN de
la ASOCIACIÓN DE FONDOS CONTRA ACCIDENTE
DE TRÁNSITO EL ALTIPLANO, cuyo nombre abreviado
es AFOCAT EL ALTIPLANO, en el Registro de las
Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra
Accidentes de Tránsito a cargo de la Superintendencia de
Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos
de Pensiones, como AFOCAT REGIONAL con Registro
Nº 0061-R AFOCAT-DSAF-SBS/2023, pudiendo operar
como tal en la Región Puno.
Artículo Segundo.- Disponer que por Secretaría
General se otorgue el correspondiente Certicado de
Funcionamiento, el que deberá ser publicado por dos
(02) veces alternadas, la primera en el Diario Ocial
“El Peruano” y la segunda en uno de amplia circulación
en la localidad en que operará, debiendo exhibirse
permanentemente en la ocina principal de la AFOCAT,
en lugar visible al público.
Artículo Tercero.- La presente Resolución entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Ocial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS FRANCISCO IZAGUIRRE CASTRO
Superintendente Adjunto de Seguros
1 Vigente a la fecha de la solicitud.
2 Mediante Informes Nº 160-2020-DSAF, Nº 111-2021-DSAF, Nº 285-2021-
DSAF, Nº 083-2022-DSAF, Nº 254-2022-DSAF, Nº 259-2022-DSAF y Nº
225-2023-DSAF.
2210896-1
Autorizan viaje de Intendente de Análisis
Operativo de la Unidad de Inteligencia
Financiera del Perú, para participar en
evento a realizarse en Colombia
RESOLUCIÓN SBS N° 02893-2023
Lima, 1 de septiembre de 2023
LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES
CONSIDERANDO QUE:
Se ha recibido la invitación del Jefe del Comando
Conjunto de las Fuerzas Armadas para participar en
la XXX Reunión de la Comisión Binacional Fronteriza
“COMBIFRON” Colombia - Perú, organizada por el
Comando General de las Fuerzas Militares de la República
de Colombia, que se realizará del 18 al 22 de setiembre
de 2023 en la ciudad de Bogotá, República de Colombia,
que tiene por objetivo buscar puntos de convergencia,
fortalecer las condiciones de seguridad, inteligencia y
consolidar lazos de conanza y relacionamiento mutuo
que permitan continuar trazando la ruta para responder
de forma anticipada a los desafíos, retos y amenazas
derivados del accionar de las organizaciones multicrimen
de la región, generando un espacio de trabajo fundamental
para quienes tomen decisiones y ejecuten las operaciones
militares;
La Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
(SBS) tiene a su cargo la regulación y supervisión de los
sistemas nanciero, de seguros, privado de pensiones y
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 07/09/2023 01:15

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