Resolucion SBS N° 02746-2023. Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas
Fecha de publicación | 27 Agosto 2023 |
Sección | Sección Única |
61
NORMAS LEGALES
Domingo 27 de agosto de 2023
El Peruano
/
De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula
la autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el artículo 13 de
la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE, los literales
c), r) y u) del artículo 11 del Reglamento de Organización
y Funciones de la ONPE, aprobado por la Resolución
Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y adecuado por la
Resolución Jefatural Nº 000902-2021-JN/ONPE y sus
modicatorias y el artículo 57 del Reglamento Interno de
Trabajo de la Ocina Nacional de Procesos Electorales,
aprobado por Resolución Jefatural Nº 172-2014-J/ONPE,
y su modicatoria;
Con el visado de la Secretaría General, la Gerencia
General y la Gerencia de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de
servicios del señor Piero Alessandro Corvetto Salinas,
Jefe de la Ocina Nacional de Procesos Electorales,
desde el 24 al 28 de setiembre de 2023 a la ciudad de
Ottawa, Canadá, para los nes expuestos en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Los gastos referidos a hospedaje,
transporte interno, desayuno y almuerzo, serán cubiertos
por los organizadores del evento. Los gastos referidos al
pasaje aéreo (ida y vuelta), viáticos y al seguro de viaje
del señor Piero Alessandro Corvetto Salinas, Jefe de la
Ocina Nacional de Procesos Electorales, serán cubiertos
por la Ocina Nacional de Procesos Electorales, según el
siguiente detalle:
Concepto Costo
Pasaje aéreo (ida y vuelta) S/ 6,796.55 (seis mil setecientos
noventa y seis con 55/100 soles).
Viáticos S/ 1,150.00 (mil ciento cincuenta
con 00/100 soles).
Seguro de viaje USD 29.25 (veintinueve con
25/100 dólares americanos).
Artículo Tercero.- Precisar que el viaje a que se
reeren los artículos precedentes, no concede exoneración
o liberación de impuestos o pago de derechos de ninguna
clase o denominación.
Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días
calendario siguientes de efectuado el viaje, el Jefe de
la Ocina Nacional de Procesos Electorales, deberá
presentar un informe detallado describiendo las acciones
realizadas y los resultados obtenidos con copia a la
Gerencia de Recursos Humanos.
Artículo Quinto.- Encargar al señor Bernardo Juan
Pachas Serrano, Gerente General de la Ocina Nacional
de Procesos Electorales, con retención de su cargo,
las funciones del despacho de la Jefatura de la Ocina
Nacional de Procesos Electorales desde el 24 al 28 de
setiembre de 2023 o en tanto dure la ausencia del titular,
por las razones antes expuestas.
Artículo Sexto.- Poner el contenido de la presente
resolución a conocimiento de la Gerencia de Recursos
Humanos y del funcionario que asumirá el encargo del
despacho citado en el artículo que antecede, para los
nes correspondientes.
Artículo Sétimo.- Disponer la publicación de la
presente resolución en el diario ocial El Peruano, en la
web ocial de la ONPE ubicada en la plataforma digital
única del Estado peruano www.gob.pe/onpe y en el Portal
de Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3)
días de su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS
Jefe
2208926-1
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS
PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
Autorizan inscripción de persona natural en
el Registro de Intermediarios y Auxiliares
de Seguros, Empresas de Reaseguros
del Exterior y Actividades de Seguros
Transfronterizas
RESOLUCIÓN SBS Nº 02746-2023
Lima, 18 de agosto de 2023
EL SECRETARIO GENERAL
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Carlos Alberto
Samame Colmenares para que se autorice su inscripción
en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros,
Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de
Seguros Transfronterizas (Registro): Sección IV De los
Auxiliares de Seguros: A. Personas Naturales punto
3.- Peritos de Seguros Generales y punto 4. Peritos de
Seguros Marítimos; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios
y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros
del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas
aprobado mediante Resolución SBS Nº 808-2019,
establece los requisitos formales para la inscripción en el
Registro;
Que, la Secretaría Técnica ha considerado pertinente
aceptar la inscripción del señor Carlos Alberto Samame
Colmenares, postulante a Perito de Seguros Generales
y Perito de Seguros Marítimos - persona natural, con
arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso
de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado
mediante Resolución S.B.S. Nº 3814-2018 de fecha 02 de
octubre de 2018.
Que, habiéndose cumplido con los requisitos formales
y procedimientos establecidos en las citadas normas
administrativas; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº
26702 y sus modicatorias – Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la
Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto
Único de Procedimientos Administrativos de esta
Superintendencia aprobado por Resolución SBS Nº 1678-
2018;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor
Carlos Alberto Samame Colmenares, con matrícula
número PN-410, en el Registro, Sección IV De los
Auxiliares de Seguros: A. Personas Naturales punto
3.- Peritos de Seguros Generales y punto 4. Peritos de
Seguros Marítimos, a cargo de esta Superintendencia.
Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Ocial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ENRIQUE MELGAR ROMARIONI
Secretario General
2207118-1
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 27/08/2023 00:18
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