Resolucion SBS N° 02717-2023. Declaran el sometimiento a Régimen de Intervención de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO CORPORACION UNION por encontrarse incursa en la causal de pérdida total del capital social y la reserva cooperativa

Fecha de publicación18 Agosto 2023
SecciónSección Única
43
NORMAS LEGALES
Viernes 18 de agosto de 2023
El Peruano
/
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS
PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Declaran el sometimiento a Régimen
de Intervención de la COOPERATIVA DE
AHORRO Y CRÉDITO CORPORACION UNION
por encontrarse incursa en la causal de
pérdida total del capital social y la reserva
cooperativa
RESOLUCIÓN SBS N° 02717-2023
Lima, 16 de agosto de 2023
LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30822 (en adelante, Ley COOPAC),
Ley que modica la Ley 26702, Ley General del
Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica
de la Superintendencia de Banca y Seguros (en adelante,
Ley General), y otras normas concordantes, publicada
el 19.07.2018 y vigente a partir del 01.01.20191, otorgó
a este organismo de supervisión y control facultades
para supervisar y regular a las Cooperativas de Ahorro y
Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (en
adelante, COOPAC);
Que, en atención a dichas facultades, esta
Superintendencia emitió el Reglamento de Registro
Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No
Autorizadas a Captar Recursos del Público y de las
Centrales, aprobado por la Resolución SBS N° 4977-
2018 y su modicatoria, en el que, entre otros aspectos,
se precisa el procedimiento y plazos de inscripción de las
COOPAC, así como los casos en que procede su exclusión
del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito
No Autorizadas a Captar Recursos del Público y de las
Centrales (en adelante, Registro COOPAC);
Que, la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO
CORPORACION UNION (en adelante, la Coopac
CORPORACION UNION, la Coopac o la Cooperativa),
inscrita en la Partida Registral 14250250 del Registro
de Personas Jurídicas de la Ocina Registral de Lima,
solicitó su inscripción en el Registro COOPAC, la cual fue
aceptada mediante Ocio 11343 - 2019 - SBS noticado
el 22.03.2019. Asimismo, de acuerdo con el monto total
de activos declarado por la Coopac CORPORACION
UNION, en ese momento, se le asignó el Nivel N°1 del
Esquema Modular y se le autorizó realizar operaciones
correspondientes al Nivel N°1 conforme a lo dispuesto
en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de
la Ley COOPAC, desarrollada por la Quinta Disposición
Complementaria Final del Reglamento General de las
Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar
Recursos del Público, aprobado por la Resolución SBS
480-2019 y sus modicatorias (en adelante, Reglamento
General de COOPAC);
Que, mediante Ocio N° 26648-2023-SBS, noticado
el 26.05.2023, esta Superintendencia dispuso, en uso
de las facultades otorgadas por Ley COOPAC, realizar
una Inspección Especial a la Coopac CORPORACION
UNION;
Que, la Inspección Especial realizada por esta
Superintendencia en la Coopac CORPORACION UNION
comprendió la revisión selectiva de activos, pasivos,
cuentas patrimoniales y cuentas de resultados de la
Cooperativa, a efectos de constatar su debido sustento
técnico, económico y contractual, su correcto registro
y dinámica contable, de acuerdo con lo dispuesto en el
Manual de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro
y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público
aplicable para las COOPAC de Nivel 1, aprobado mediante
Resolución SBS N° 577-2019 y sus modicatorias, y
demás normativa relacionada;
Que, como resultado de las evaluaciones realizadas
a la documentación y sustentos presentados por la
Cooperativa desde que se inició la Inspección Especial,
se determinaron los siguientes ajustes2 con cargo al
Capital Social y Reservas Cooperativas de la Coopac,
sobre la base de los Estados Financieros presentados
por la Coopac CORPORACION UNION al 31.03.2023 y
31.05.2023:
Tabla N° 01: Ajustes Patrimoniales a las cuentas de
Capital Social y Reservas Cooperativas
Concepto Ajuste al
31.03.2023
Saldo al
31.03.2023
Ajuste al
31.05.2023
Saldo al
31.05.2023 Referencia
Patrimonio contable - 2,620,814.33 -2,662,440.11
Según
información
nanciera
presentada a la
Superintendencia
Otros
activos - 799,120.21 - 809,721.12 Ajuste SBS
Capital
Social - 2,668,448.95 -
2,984,988.79 Ajuste SBS
Otros
conceptos - 50,873.56 - 47,543.61 Ajuste SBS
Total
ajustes - 3,518,442.72 -3,842,253.52
Patrimonio Contable
ajustado - 6,139,257.05 -6,504,693.63 Total décit
patrimonial
Que, de lo anterior se concluye que la Coopac
mantiene un total de capital y reservas cooperativas
ajustados negativos del orden de S/ -6 504 693.63 (menos
seis millones quinientos cuatro mil seiscientos noventa y
tres con 63/00 soles) al 31.05.2023.
Que, el monto de capital social y reserva cooperativa
negativo al 31.05.2023 se ha determinado de acuerdo con
los siguientes criterios:
(i) Deduciendo Otros activos por un monto total de
S/ 0.81 millones por castigo de saldos provenientes
de entregas a rendir cuenta sin sustento de los gastos
realizados, ni gestiones de recuperación; así como saldos
provenientes de compensación de cuentas contables que
no evidencian algún sustento.
(ii) Deduciendo del Capital Social S/ 2,98 millones,
de ahorros captados bajo la modalidad de “certicados
de aportes” asociados a contratos de ahorro y otros
documentos cuyas condiciones y/o naturaleza no se
sujetan a las disposiciones normativas aplicables para
ser considerados como aportes, ya que se establece un
plazo de vigencia y/o fecha de vencimiento del aporte y
una Tasa de Rendimiento Efectivo Anual (TREA) sobre
el monto total del “aporte”, así como una frecuencia de
pago de intereses (mensual / vencimiento), las cuales
son características de naturaleza pasiva. Por lo expuesto,
los “aportes” registrados por la Cooperativa, no cumplen
con las disposiciones normativas vigentes para ser
considerados como Capital Social.
(iii) Deduciendo otros conceptos que, por errores en
su determinación, ausencia de soporte documentario,
deben ser corregidos o retirados del balance.
Que, mediante el Sistema de Envío de Información
(SEI) del Portal COOPAC, la Cooperativa remitió el
01.08.2023 sus Estados Financieros al 30.06.2023,
considerando en ellos los ajustes requeridos como
resultado de la Inspección Especial, reportando un
patrimonio negativo del orden de S/ - 6 609 755.95 (menos
seis millones seiscientos nueve mil setecientos cincuenta
y cinco con 95/00 soles;
Que, por lo expuesto, la Coopac CORPORACION
UNION ha incurrido en la causal especíca de sometimiento
a Régimen de Intervención, prevista en el literal b. del
subnumeral 4-B.1. del numeral 4-B. de la Vigésimo Cuarta
Disposición Final y Complementaria (en adelante, 24a
DFC) de la Ley General y en el numeral 2 del artículo 2 del
Reglamento de Regímenes Especiales y de la Liquidación
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 18/08/2023 00:34

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