Resolucion SBS Nº 02607-2023. Autorizan inscripción de la empresa PERSONAL BROKERS CORREDORES DE SEGUROS S.A.C., en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas
Fecha de publicación | 23 Agosto 2023 |
Sección | Sección Única |
80 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de agosto de 2023
El Peruano
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Posterior a lo acotado, la ONPE a través de la
Resolución Jefatural Nº 000042-2023-JN/ONPE de
fecha 25 de enero de 2023, se aprobó el Plan Operativo
Institucional (POI) Anual 2023 versión 1 del Pliego 032:
Ocina Nacional de Procesos Electorales;
Por su parte, de acuerdo con la “Guía para el
Planeamiento Institucional”, aprobada por Resolución de
Presidencia del Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/
PCD y sus modicatorias establecen las pautas para la
elaboración, implementación, seguimiento, evaluación y
mejora continua de las políticas y planes institucionales
de las entidades;
Asimismo, el numeral 6.3 del artículo 6 de la “Guía
para el Planeamiento Institucional” establece que el
Plan Operativo Institucional (POI) se modica cuando
se presentan las siguientes circunstancias: a) Cambios
en la programación de metas físicas de las Actividades
Operativas e Inversiones, que estén relacionados con el
mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización;
y b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e
Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento
de nuevas disposiciones normativas dictadas por el
Ejecutivo o el legislativo, entre otros que contribuyan con
la implementación y cumplimiento de la estrategia del
Plan Estratégico Institucional (PEI);
En ese contexto normativo, mediante Informe Nº
000279-2023-GPP/ONPE, la Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto, en el marco de sus funciones señaladas en
el Reglamento de Organización y Funciones1, informó que
debido a la inclusión de la programación de actividades
y a los cambios normativos que impactan en el proceso
de ejecución de PAS a las Organizaciones Políticas, así
como los ajustes de las estrategias para la mejora de
soluciones tecnológicas, remite y propone la aprobación
del Plan Operativo Institucional (POI) 2023, versión 2,
conforme al procedimiento establecido;
Conforme al marco legal vigente y de acuerdo a lo
sustentado por la Gerencia General y la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto, corresponde emitir el acto
resolutivo que apruebe el Plan Operativo Institucional
(POI) 2023 versión 02, del Pliego 032: Ocina Nacional
de Procesos Electorales;
De conformidad con la normativa antes citada y
el literal g) del artículo 5 y el artículo 13 de la Ley Nº
26487, Ley Orgánica de la Ocina Nacional de Procesos
Electorales, así como en los literales r) y s) del artículo
11 del Reglamento de Organización y Funciones de la
ONPE, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 063-
2014-J/ONPE y adecuado con la Resolución Jefatural Nº
000902-2021-JN/ONPE y sus modicatorias;
Con el visado de la Secretaría General, Gerencia
General, de las Gerencias de: Asesoría Jurídica y de
Planeamiento y Presupuesto;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Plan Operativo
Institucional (POI) Anual 2023 modicado versión 2 de
la Ocina Nacional de Procesos Electorales - ONPE,
el mismo que como anexo forma parte de la presente
Resolución.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución
Jefatural Nº 000042-2023-JN/ONPE, que aprobó el Plan
Operativo Institucional (POI) Anual 2023, versión 01 del
Pliego 032: Ocina Nacional de Procesos Electorales.
Artículo Tercero.- Disponer el cumplimiento del
Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 modicado
versión 2, por todos los órganos de la Ocina Nacional de
Procesos Electorales, bajo responsabilidad
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto realizar el seguimiento
y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI)
Anual 2023 modicado versión 2, aprobado mediante la
presente Resolución.
Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la
presente resolución en el Diario Ocial “El Peruano”, así
como la publicación de su respectivo anexo en la web
ocial de la ONPE alojada en la Plataforma Digital Única
del Estado Peruano, (www.gob.pe/onpe) y en el Portal de
Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3)
días de su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS
Jefe Nacional
1 Literal a) del Artículo 43 del ROF de la ONPE, aprobado Resolución
Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE actualizado por la Resolución Jefatural Nº
000902-2021-JN/ONPE y sus modicatorias.
“Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, los
procesos técnicos de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público,
Planeamiento Estratégico, Inversión Pública y Modernización”.
2207205-1
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS
PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
Autorizan inscripción de la empresa
PERSONAL BROKERS CORREDORES
DE SEGUROS S.A.C., en el Registro de
Intermediarios y Auxiliares de Seguros,
Empresas de Reaseguros del Exterior y
Actividades de Seguros Transfronterizas
RESOLUCIÓN SBS Nº 02607-2023
Lima, 8 de agosto de 2023
EL SECRETARIO GENERAL
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Erick Rodolfo
Slocovich Salcedo para que se autorice la inscripción
de la empresa PERSONAL BROKERS CORREDORES
DE SEGUROS S.A.C., en el Registro de Intermediarios
y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros
del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas
(Registro): Sección III: De los Corredores de Seguros B:
Personas Jurídicas, numeral 2 Corredores de Seguros de
Personas; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios
y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del
Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas,
aprobado por Resolución S.B.S. Nº 808-2019, establece
los requisitos formales para la inscripción de las Empresas
Corredoras de Seguros en el Registro respectivo;
Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos
exigidos por la referida norma administrativa;
Que, el Departamento de Registros ha considerado
pertinente aceptar la solicitud de inscripción de la empresa
PERSONAL BROKERS CORREDORES DE SEGUROS
S.A.C., en el Registro; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley General
del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y
Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros
- Ley Nº 26702 y sus modicatorias y en el Texto Único
de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta
Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. Nº
1678-2018 de fecha 27 de abril de 2018;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el
Registro, Sección III: De los Corredores de Seguros B:
Personas Jurídicas, numeral 2 Corredores de Seguros
de Personas, a la empresa PERSONAL BROKERS
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 23/08/2023 00:47
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