Resolucion SBS Nº 02607-2023. Autorizan inscripción de la empresa PERSONAL BROKERS CORREDORES DE SEGUROS S.A.C., en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas

Fecha de publicación23 Agosto 2023
SecciónSección Única
80 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de agosto de 2023
El Peruano
/
Posterior a lo acotado, la ONPE a través de la
Resolución Jefatural Nº 000042-2023-JN/ONPE de
fecha 25 de enero de 2023, se aprobó el Plan Operativo
Institucional (POI) Anual 2023 versión 1 del Pliego 032:
Ocina Nacional de Procesos Electorales;
Por su parte, de acuerdo con la “Guía para el
Planeamiento Institucional”, aprobada por Resolución de
Presidencia del Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/
PCD y sus modicatorias establecen las pautas para la
elaboración, implementación, seguimiento, evaluación y
mejora continua de las políticas y planes institucionales
de las entidades;
Asimismo, el numeral 6.3 del artículo 6 de la “Guía
para el Planeamiento Institucional” establece que el
Plan Operativo Institucional (POI) se modica cuando
se presentan las siguientes circunstancias: a) Cambios
en la programación de metas físicas de las Actividades
Operativas e Inversiones, que estén relacionados con el
mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización;
y b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e
Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento
de nuevas disposiciones normativas dictadas por el
Ejecutivo o el legislativo, entre otros que contribuyan con
la implementación y cumplimiento de la estrategia del
Plan Estratégico Institucional (PEI);
En ese contexto normativo, mediante Informe Nº
000279-2023-GPP/ONPE, la Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto, en el marco de sus funciones señaladas en
el Reglamento de Organización y Funciones1, informó que
debido a la inclusión de la programación de actividades
y a los cambios normativos que impactan en el proceso
de ejecución de PAS a las Organizaciones Políticas, así
como los ajustes de las estrategias para la mejora de
soluciones tecnológicas, remite y propone la aprobación
del Plan Operativo Institucional (POI) 2023, versión 2,
conforme al procedimiento establecido;
Conforme al marco legal vigente y de acuerdo a lo
sustentado por la Gerencia General y la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto, corresponde emitir el acto
resolutivo que apruebe el Plan Operativo Institucional
(POI) 2023 versión 02, del Pliego 032: Ocina Nacional
de Procesos Electorales;
De conformidad con la normativa antes citada y
el literal g) del artículo 5 y el artículo 13 de la Ley Nº
26487, Ley Orgánica de la Ocina Nacional de Procesos
Electorales, así como en los literales r) y s) del artículo
11 del Reglamento de Organización y Funciones de la
ONPE, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 063-
2014-J/ONPE y adecuado con la Resolución Jefatural Nº
000902-2021-JN/ONPE y sus modicatorias;
Con el visado de la Secretaría General, Gerencia
General, de las Gerencias de: Asesoría Jurídica y de
Planeamiento y Presupuesto;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Plan Operativo
Institucional (POI) Anual 2023 modicado versión 2 de
la Ocina Nacional de Procesos Electorales - ONPE,
el mismo que como anexo forma parte de la presente
Resolución.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución
Jefatural Nº 000042-2023-JN/ONPE, que aprobó el Plan
Operativo Institucional (POI) Anual 2023, versión 01 del
Pliego 032: Ocina Nacional de Procesos Electorales.
Artículo Tercero.- Disponer el cumplimiento del
Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 modicado
versión 2, por todos los órganos de la Ocina Nacional de
Procesos Electorales, bajo responsabilidad
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto realizar el seguimiento
y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI)
Anual 2023 modicado versión 2, aprobado mediante la
presente Resolución.
Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la
presente resolución en el Diario Ocial “El Peruano”, así
como la publicación de su respectivo anexo en la web
ocial de la ONPE alojada en la Plataforma Digital Única
del Estado Peruano, (www.gob.pe/onpe) y en el Portal de
Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3)
días de su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS
Jefe Nacional
1 Literal a) del Artículo 43 del ROF de la ONPE, aprobado Resolución
Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE actualizado por la Resolución Jefatural Nº
000902-2021-JN/ONPE y sus modicatorias.
“Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, los
procesos técnicos de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público,
Planeamiento Estratégico, Inversión Pública y Modernización”.
2207205-1
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS
PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
Autorizan inscripción de la empresa
PERSONAL BROKERS CORREDORES
DE SEGUROS S.A.C., en el Registro de
Intermediarios y Auxiliares de Seguros,
Empresas de Reaseguros del Exterior y
Actividades de Seguros Transfronterizas
RESOLUCIÓN SBS Nº 02607-2023
Lima, 8 de agosto de 2023
EL SECRETARIO GENERAL
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Erick Rodolfo
Slocovich Salcedo para que se autorice la inscripción
de la empresa PERSONAL BROKERS CORREDORES
DE SEGUROS S.A.C., en el Registro de Intermediarios
y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros
del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas
(Registro): Sección III: De los Corredores de Seguros B:
Personas Jurídicas, numeral 2 Corredores de Seguros de
Personas; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios
y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del
Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas,
aprobado por Resolución S.B.S. Nº 808-2019, establece
los requisitos formales para la inscripción de las Empresas
Corredoras de Seguros en el Registro respectivo;
Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos
exigidos por la referida norma administrativa;
Que, el Departamento de Registros ha considerado
pertinente aceptar la solicitud de inscripción de la empresa
PERSONAL BROKERS CORREDORES DE SEGUROS
S.A.C., en el Registro; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley General
del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y
Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros
- Ley Nº 26702 y sus modicatorias y en el Texto Único
de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta
Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. Nº
1678-2018 de fecha 27 de abril de 2018;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el
Registro, Sección III: De los Corredores de Seguros B:
Personas Jurídicas, numeral 2 Corredores de Seguros
de Personas, a la empresa PERSONAL BROKERS
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 23/08/2023 00:47

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