Resolucion SBS N° 02355-2022. Rectifican error material incurrido, con relación a la denominación de la COOPAC, en la parte considerativa y en la parte resolutiva de la Resolución SBS Nº 01554-2021

Fecha30 Julio 2022
Fecha de publicación30 Julio 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 27 de julio de 2022

La Superintendenta de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos de

Pensiones

VISTA:

La Resolución SBS N° 01554-2021 del 26.05.2021 por la cual se declaró la disolución de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO MILAGRO DE FÁTIMA LTDA. (en adelante, la COOPAC), publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28.05.2021; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución SBS Nº 01554-2021, se resolvió declarar la disolución de la COOPAC por encontrarse incursa en la causal de conclusión del objeto específico para el que fue constituida, conforme a los fundamentos detallados en la parte considerativa de la citada resolución;

Que, el inciso 212.1 del artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General (en adelante, TUO LPAG), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que los errores materiales pueden ser rectificados con efecto retroactivo siempre y cuando no alteren lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; asimismo, el inciso 212.2 del citado artículo precisa que la rectificación adopta las formas y modalidades comunicación o publicación del acto original;

Que, de la revisión de la Resolución SBS Nº 01554-2021 se advierte que por error material se consignó, tanto en la parte considerativa como en la parte resolutiva, que la denominación de la COOPAC era “Cooperativa de Ahorro y Crédito Milagro de Fátima Ltda.”; no obstante, debió decir que su denominación es “Cooperativa de Ahorro y Crédito Milagro de Fátima”, conforme a la información consignada en la partida registral N° 11231503 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao;

Que, lo anterior evidencia que el mencionado error no altera el contenido sustancial ni el contenido del acto administrativo, por referirse a una precisión respecto a la denominación de la COOPAC, siendo necesario...

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