Resolucion SBS N° 01828-2023. Establecen disposiciones aplicables a la parte de los créditos reprogramados en el marco del Decreto de Urgencia N° 026-2022 que cuentan con la cobertura del Programa REACTIVA PERÚ, y modifican el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero

Fecha de publicación29 Mayo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 26 de mayo de 2023

LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución SBS N° 11356-2008 y sus modificatorias, se aprobó el Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones, en el cual se establece las tasas de provisiones por riesgo de crédito que resultan aplicables a los diferentes tipos de crédito, en función de la clasificación crediticia de los deudores;

Que, mediante la Resolución SBS N° 14354-2009 y sus modificatorias, se aprobó el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Crédito, en el cual se establece la metodología que deberá aplicarse, así como los requisitos que deberán cumplir las empresas del sistema financiero para efectuar el cálculo del requerimiento de patrimonio efectivo por riesgo de crédito usando el método estándar o el método basado en calificaciones internas;

Que, mediante la Resolución SBS N° 895-98 y sus modificatorias, se aprobó el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero;

Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1455-2020 y sus modificatorias, se dispuso la creación del Programa de Garantía del Gobierno Nacional para la Continuidad en la Cadena de Pagos (Programa REACTIVA PERÚ), que tiene por objeto garantizar el financiamiento de la reposición de los fondos de capital de trabajo de empresas que enfrentan pagos y obligaciones de corto plazo con sus trabajadores y proveedores de bienes y servicios, a través de un mecanismo que otorgue la garantía del Gobierno Nacional a los créditos en moneda nacional que sean colocados por las empresas del sistema financiero, y mediante la Resolución Ministerial N° 134-2020-EF/15 y modificatorias, se aprobó el reglamento operativo del mencionado Programa;

Que, mediante Resolución SBS N° 1314-2020 se dispuso que, excepcionalmente, a la parte de los créditos que cuentan con la cobertura de la garantía del Programa REACTIVA PERÚ, le resulta aplicable una tasa de provisión por riesgo de crédito de 0% cuando se aplique sustitución de contraparte crediticia;

Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 026-2021 y modificatoria, se establecieron medidas en materia económica y financiera destinadas a la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa REACTIVA PERÚ; y mediante la Resolución Ministerial N° 119-2021-EF/15 se adecúa el reglamento operativo del Programa Reactiva Perú a lo dispuesto en el mencionado Decreto de Urgencia;

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR