Resolucion SBS Nº 01374-2023. Disponen inscripción de la Asociación de Fondos Contra Accidente de Tránsito Región Centro - AFOCAT REGIÓN CENTRO, en el Registro de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito

Fecha de publicación23 Abril 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 19 de abril de 2023

EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS

VISTA:

La solicitud de inscripción en el Registro de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (Registro AFOCAT), presentada por la Asociación de Fondos Contra Accidente de Tránsito Región Centro – AFOCAT REGIÓN CENTRO (la AFOCAT) e ingresada con Expediente N° 2020-42011 el 11.08.2020, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2006-MTC y sus modificatorias (Reglamento AFOCAT); el Reglamento de Acceso y Mantenimiento de inscripción en el Registro de las Asociaciones de Fondos Regionales o provinciales contra Accidentes de Tránsito aprobado mediante Resolución SBS N° 5624-2019 (Reglamento de Registro); y, el Procedimiento N° 118 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia, aprobado por la Resolución SBS N° 1678-2018, y sus modificatorias,
y,


CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 87 de la Constitución Política del Perú, corresponde a esta Superintendencia ejercer el control de las empresas bancarias, de seguros, de las demás que reciben depósitos del público y de aquellas otras que, por realizar operaciones conexas o similares, determine la ley;

Que, en ese sentido, mediante el Decreto Legislativo N° 1051, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 27/06/2008, se modificó la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley N° 27181 y sus modificatorias, transfiriendo a esta Superintendencia las facultades de regular, supervisar, fiscalizar y controlar a las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT); asimismo, mediante Decreto Supremo N° 039-2008-MTC, se modificó el Reglamento AFOCAT, habilitando a este órgano de supervisión y control a autorizar la inscripción de las AFOCAT en el Registro AFOCAT;

Que, el Registro AFOCAT es un catastro global de información administrado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en el que deben registrarse las AFOCAT, de manera previa al inicio de sus operaciones, siempre que cumplan con las condiciones jurídicas, técnicas y económicas, previstas en el marco regulatorio
vigente;

Que, habiendo evaluado la documentación presentada por la AFOCAT y el...

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