RESOLUCION N° 149-2013 - Autorizan ampliación de plazo de comisión de servicios de funcionario de PROINVERSIÓN a que se refiere la Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 094-2013

Fecha de publicación19 Agosto 2013
Fecha de disposición19 Agosto 2013
El Peruano
Lunes 19 de agosto de 2013
501398
Ordenado del Reglamento General de la Ley de
Telecomunicaciones, y solicitar al Ministerio la
inscripción de dichos servicios en el registro habilitado
para tal f‌i n, los mismos que se sujetarán a los derechos
y obligaciones establecidos en el contrato de concesión
única y en la f‌i cha de inscripción en el registro que
forma parte de él;
Que, mediante Informe Nº 959 -2013-MTC/27 la
Dirección General de Concesiones en Comunicaciones,
señala que habiéndose verif‌i cado el cumplimiento de los
requisitos que establece la legislación para otorgar la
concesión única solicitada para la prestación de servicios
públicos de telecomunicaciones, resulta procedente
la solicitud formulada por la empresa PRIMETIME
TELEVISIÓN E.I.R.L.;
Que, mediante Informe Nº 1366 -2013-MTC/08,
la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica emite
pronunciamiento, considerando legalmente viable, el
otorgamiento de la concesión única solicitada;
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único
Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado
por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modif‌i catoria,
el Texto Único Ordenado del Reglamento General de
la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto
Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modif‌i catorias, el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones, aprobado por
Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, y el Texto Único de
Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio,
aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus
modif‌i catorias; y,
Con la opinión favorable de la Dirección General de
Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del
Viceministro de Comunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar a la empresa PRIMETIME
TELEVISIÓN E.I.R.L., concesión única para la prestación
de los servicios públicos de telecomunicaciones por el
plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo
el territorio de la República del Perú, estableciéndose
como primer servicio a prestar, el servicio público de
distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de
cable alámbrico u óptico.
Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a
celebrarse con la empresa PRIMETIME TELEVISIÓN
E.I.R.L., para la prestación de los servicios públicos
de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho
(28) cláusulas y forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 3º.- Autorizar al Director General de
Concesiones en Comunicaciones para que, en
representación del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, suscriba el contrato de concesión que
se aprueba en el artículo 2º de la presente resolución, así
como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a f‌i rmar
la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de
las Adendas que se suscriban al mismo.
Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin
efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio
emita el acto administrativo correspondiente, si el
contrato de concesión no es suscrito por la empresa
PRIMETIME TELEVISIÓN E.I.R.L. en el plazo máximo
de sesenta (60) días hábiles computados a partir
de la publicación de la presente resolución. Para la
suscripción deberá cumplir previamente con el pago por
derecho de concesión.
Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución
a la Dirección General de Control y Supervisión de
Comunicaciones para conocimiento y f‌i nes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
975966-1
ORGANISMOS EJECUTORES
AGENCIA DE PROMOCION
DE LA INVERSION PRIVADA
Autorizan ampliación de plazo de
comisión de servicios de funcionario
de PROINVERSIÓN a que se refiere la
Resolución de la Dirección Ejecutiva
Nº 094-2013
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJCUTIVA
Nº 149-2013
Lima, 13 de agosto de 2013
VISTOS:
El Informe Nº 005-2013-PROINVERSIÓN/OA-CP,
el Memorándum Nº 3-2013/DPI/SDGP/JPAHI, y el
Memorándum Nº 135-2013/DPI;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 28660 se determinó la naturaleza
jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada
- PROINVERSIÓN como Organismo Público adscrito al
sector Economía y Finanzas, con personería jurídica,
autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y
f‌i nanciera, constituyendo un pliego presupuestal;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 002-2007-
EF/77.15 se aprobó la Directiva de Tesorería Nº 001-
2007-EF/77.15, estableciéndose las disposiciones
y procedimientos de carácter general y permanente
relacionados con la ejecución f‌i nanciera y demás
operaciones de tesorería, así como las condiciones y
plazos para el cierre de cada Año Fiscal, a ser aplicados
por las Unidades Ejecutoras de los pliegos presupuestarios
del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y por
los pliegos presupuestarios de los Gobiernos Locales;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 001-2011-
EF/77.15 se dictaron disposiciones complementarias a la
Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15, respecto del
cierre de operaciones del Año Fiscal anterior, del Gasto
Devengado y Girado y del uso de la Caja Chica, entre otras;
Que, mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva
Nº 094-2013 del 30 de mayo del presente año se autorizó
el viaje en comisión de servicios del señor Gonzalo
Luis Pita Chávez, Jefe de Proyecto en Temas Agrarios,
Hidroenergéticos y de Irrigación de la Dirección de Promoción
de Inversiones de la Agencia de Promoción de la Inversión
Privada – PROINVERSIÓN, a la ciudad de Montpellier,
República Francesa, entre los días 09 y 15 de junio de 2013;
Que, por Memorándum Nº 135-2013/DPI del 26 de junio
de 2013, el Director de Promoción de Inversiones solicitó la
ampliación del plazo de la comisión de servicios encargada
al señor Gonzalo Luis Pita Chávez, Jefe de Proyecto en
Temas Agrarios, Hidroenergéticos y de Irrigación de la
Dirección de Promoción de Inversiones de la Agencia de
Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN,
entre los días 16 y 18 de junio del presente año;
Que, durante la referida comisión de servicios, y
como resultado de coordinaciones entre la Dirección de
Promoción de Inversiones y la Embajada Peruana en la
República Francesa, el mencionado funcionario realizó
actividades adicionales a las inicialmente programadas,
las que son consideradas relevantes para la promoción
de la inversión privada en los proyectos a cargo de
PROINVERSIÓN, extendiéndose su estadía en el
extranjero hasta el día 18 de junio de 2013;
Que, tanto la comisión de servicios realizada por el
mencionado funcionario como la ampliación de ésta, se
enmarcaron dentro de las acciones de promoción de la
inversión privada consideradas de importancia para el Perú;
Que, el artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 001-
2011-EF/77.15 establece que para el Gasto Devengado a
que se ref‌i ere el artículo 8º de la Directiva de Tesorería

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