Resolución Nº 0822016-SUNEDU-OA de Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, 12-12-2016

Número de resolución0822016-SUNEDU-OA
Fecha12 Diciembre 2016
EmisorSuperintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria
,jCA
DEL
p
-
h
.4
RESOLUCIÓN
JEFATURAL
NDOBZ
-2016-SUNEDU-OA
Lima,
12
DIC.
7016
VISTO:
El
Informe
N
645-2016/SUNEDU-03-08-08.01
de
fecha
01
de
diciembre
de
2016 de
la
Unidad
de
Abastecimiento;
y,
CONSIDERANDO:
Que,
mediante
el
artículo
12
de
la
Ley
N
30220-
Ley
Universitaria,
se
crea
la
Superintendencia
Nacional
de
Educación
Superior
Universitaria
-
SUNEDU
como
un
organismo
público
técnico
especializado adscrito
al
Ministerio
de
Educación
-
MINEDU
con
autonomía
técnica,
funcional,
económica,
presupuestal
y
administrativa,
para
el
ejercicio
de
sus
funciones;
con
domicilio
y
sede
principal
en
la
ciudad
de
Lima;
Que,
el
literal
k)
del
artículo
292
del
Reglamento
de
Organización
y
Funciones
de
la
SUNEDU,
aprobado
mediante
Decreto
Supremo
N
012-2014-MINEDU,
señala que,
la
Oficina
de
Administración
“Supervisará
el
registro
de
los
bienes
de
la
SUNEDU,
su
conservación,
valor
y
ubicación,
en
concordancia
con
la
normatividad
aplicable”;
tk,2
y
Que,
el
articulo
8
del
Reglamento
de
la
Ley
N
29151,
Ley
General
del
Sistema
Nacional
de
Bienes
Estatales,
aprobado
por
Decreto
Supremo
N
007-2008-VIVIENDA,
establece
que
la
s-’
Superintendencia
de
Bienes
Nacionales
es
el
ente
rector
del
Sistema
Nacional
de
Bienes
Estatales
y
está
encargada
de
normar
y
supervisar
los
actos
de
adquisición, disposición,
administración
y
registro
de
los
bienes
estatales
que
realicen
las
entidades,
a
efectos
de
lograr
una
administración
ordenada
y
eficiente;
Que,
el
citado
Reglamento
en
sus artículos
10,
literal
1
divisionaria
1<4),
y
11’
establecen
las
funciones,
atribuciones
y
obligaciones
de
la
entidades,
a
realizar
acciones
vinculadas
a
bienes
muebles
como
la
toma
de
inventarios
anuales,
y
que
la
planificación,
coordinación
y
ejecución
de
las
acciones
referidas
al
registro,
administración,
supervisión
y
disposición
de
los
bienes
de
propiedad
de
la
entidad
y
de
los
que
se
encuentren
bajo
su
administración,
son
de
responsabilidad
de
la
Unidad
Orgánica
existente
para
tal
fin;
Que,
la
Directiva
N
001-2015/SeN
“Procedimiento
de
Gestión
de
Bienes
Muebles”
aprobada
por
Resolución
N’
046-2015/SeN,
de
fecha
03
de
julio
de
2015,
establece
los
actos
de
registro,
catalogación, registro
en
el
Módulo
de
Muebles
del
SINABIP
e
inventario,
siendo
esta
última
de
carácter
anual,
cuyo
procedimiento
consiste
en
la
verificación, codificación
y
registro
de
bienes
muebles
en
el
módulo
del
SINABIP,
y
realizar
su
conciliación
con
el
registro
en
libros
contables
al
31
de
diciembre
de
cada
año
fiscal;
Que,
la
citada
directiva
señala,
que
el
inventario
físico
anual
de
bienes
muebles
estará
a
cargo
de
una
comisión,
la
misma
que
será
propuesta
por
la
Unidad
de
Control
Patrimonial,
a
la
Oficina
de
Administración,
para
su
évaluación
y
designación
y/o aprobación;
Que,
el
numeral
II,
literal
C)
del
“Manual de
Administración
de
Almacenes
para
el
Sector
Público
Nacional”
aprobado
con
Resolución
Jefatural
N’
335-90-INAP/DNA
señala
los
aspectos
a
considerar
para
el
Inventario
Físico
de
almacén;
Que,
el
numeral
11
literal
f)
de
la
Directiva
N
0O5-2016-EF/S1.01
“Metodología
para
el
reconocimiento,
medición,
registro
y
presentación
de
los
elementos
de
propiedades,
planta
y
equipo
de
las
entidades
gubernamentales”
aprobada
con
Resolución Directoral
N
012-2016-EF-51.01
señala
que
“Cada
entidad
debe
practicar
al
menos
con
periodicidad
anual
inventarios
físicos
de
los
elementos
de
propiedades,
planta
y
equipos
y
sus
componentes,
de
haberlos,
con
el
objeto
de
verificar
su
existencia
física,
estado
de
conservación,
costo,
depreciación
y
saldo, para
lo
cual
elaborará
una
Directiva de
Toma
de
Inventarios,
mencionando
como
base
legal
la
presente
Directiva.
Cada
entidad
realizará
el
inventario
físico,
preferentemente
con
su
personal,
pudiendo
realizarlo
con
terceros”;
Que,
mediante
InformeN’
645-2016/SUNEDU-03-08-08.01,
de
la
Unidad
de
Abastecimiento
de
la
Oficina
de
Administración
de
la
SUNEDU,
señala que
tiene
previsto realizar
la
Toma
de inventario
físico
de
bienes
patrimoniales
y
Toma
de
inventario
físico
de
existencias
de
almacén
-
Ejercicio
2016;
para
cuyo
efecto
propone
a
los
integrantes
tanto
de
la
Comisión
de
Toma
de
Inventario
Físico
de
Bienes
Patrimoniales
como
de
la
Comisión
de
Toma
de
Inventario
Físico
de
Existencias
de Almacén”.
Con
el
visto
de
la
Jefa
de
la
Unidad
de
Abastecimiento
de
la
Oficina
de
Administración,
de
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
artículo
29,
literal
k)
del
Reglamento
de
Organización
y
Funciones
de
la
SUNEDU,
aprobado mediante
Decreto
Supremo
N
012-2014-MINEDU.
SE
RESUELVE:
Articulo
1.-
Conformar
la
Comisión
de
Inventario
encargada
de
realizar
la
toma
de inventario
físico
de
bienes
patrimoniales
de
la
Superintendencia
Nacional
de Educación
Superior
Universitaria
-
SUNEDU
al
31
de
diciembre
del
2016,
la
misma
que
quedará
integrada
de
la
siguiente
manera:
MIEMBROS
TITULARES
MIEMBROS
SUPLENTES
Oficina
de
Administración:
Néstor
Rafael
Oficina
de
Administración:
Roger
Pedro
Jesús
Arévalo
Morán
Montenegro
Rivera
Presidente
Titular
Presidente Suplente
Unidad
de
Administración
Financiera:
Ela
Unidad
de
Administración
Financiera:
Fidel
Jesús
Rodríguez
Cájavilca
Villanueva
Rodríguez
Miembro
Titular
Miembro
Suplente
Oficina
de
Abastecimiento:
Jesica Vargas
Prada
Oficina
de
Abastecimiento:
Edwin
Colos
Flores
Miembro Titular Miembro
Suplente
FACILITADOR
ABASTECIMIENTO
CONTROL PATRIMONIAL:
Efraín
Rodríguez
Valera
Artículo
2.-
conformar
la
Comisión
de
Inventario
encargada
de
realizar
la
toma
de
inventario
físico
de
existencias
de
almacén
de
la
Superintendencia
Nacional
de
Educación
Superior
Universitaria
-
SUNEDU
al
31
de
diciembre
deI
2016,
la
misma
que
quedará
integrada
de
la
siguiente
manera:
MIEMBROS
TITULARES
MIEMBROS
SUPLENTES
Oficina
de
Administración:
Néstor
Rafael
Oficina
de
Administración:
Roger
Pedro
Jesús
Arévalo
Morán
Montenegro
Rivera
Presidente
Titular
Presidente
Suplente
Unidad
de
Administración
Financiera:
Ela
Unidad
de
Administración
Financiera:
Fidel
Jesús
Rodríguez
cajavilca
Villanueva
Rodríguez
Miembro
Titular
Miembro
Suplente
Oficina
de
Abastecimiento:
Jesica
Vargas
Prada
Oficina
de
Abastecimiento:
Jak
Ramírez
Paima
Miembro Titular Miembro
Suplente
FACILITADOR
ABASTECIMIENTO
ALMACEN:
Luis
Roque Carrasco
León
Articulo
3.-
Disponer
se notifique
la
presente
Resolución
a
los
integrantes
de
la
Comisión
de
Inventario
de
Bienes
Patrimoniales
y
Comisión
de
Inventario
de
Existencias
de
Almacén
quienes
deberán
cumplir
con
las
funciones
encomendadas
de
acuerdo
a
la
normatividad
vigente
y
las
disposiciones
internas
de
la
entidad.
Articulo
4.-
Disponer que
la
Unidad
de
Abastecimiento
(Control
Patrimonial
y
Almacén),
brinde
el
soporte
y
apoyo
necesario
a
las
Comisiones
para
un
adecuado
cumplimiento
de
sus
funciones.
Articulo
5.-
Disponer
que
la
presente
resolución
se
publique
en
el
portal
web
institucional
de
la
Superintendencia
Nacional
de
Educación
Superior
Universitaria
-
SUNEDU.
Registrese
y
comuniquese,
ALES VENAS
-
Ollclaa
de
Adminis
ración
SuflHhendencia
Nacional
do
?tutÓtón
Superior
Universitaria

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