Resolución Nº 0049-2017-SUNEDU de Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, 09-05-2017

Fecha09 Mayo 2017
Número de resolución0049-2017-SUNEDU
EmisorSuperintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria
RESOLUCIÓN
DE
SUPERINTENDENCIA
89
MÁY
2017
VISTOS:
‘Do49-2017-SUNEDU
El
Memorando
117-2017/SUNEDU-03-09
de
la
Oficina
de Tecnologías de
la
Información,
el
Informe
34-2017/SUNEDU-03-07
de
la
Oficina
de
Planeamiento
y
Presupuesto
y
el
Informe
63-2017/SUNEDU-03-06
de
la
Oficina
de
Asesoría Jurídica;
y,
CONSIDERANDO:
Que,
mediante
el
artículo
12
de
la
Ley
30220
-
Ley
Universitaria,
se
crea
la
Superintendencia
Nacional
de
Educación
Superior
Universitaria
-
Sunedu, como
organismo
público
técnico
especializado
adscrito
al
Ministerio
de
Educación,
con
ó.E&_,
utonomía
técnica,
funcional,
económica,
presupuestal
y
administrativa,
Tiene
1
turaleza
jurídica
de
derecho
público
interno
y
constituye
pliego
presupuestal;
;
‘*9DEG*
¾4Ézetano
¡
Que,
el
Plan
Operativo
Informático
constituye
un
instrumento
de
gestión
de
corto
plazo
que
permite
definir
las
actividades
informáticas
de
las
entidades
de
la
administración
pública
integrantes
del
Sistema
Nacional
de
Informática
en
sus
diferentes
niveles;
Que,
con
Resolución
Ministerial
lg-2011-PCM
se
aprobó
como actividad
permanente
la
formulación
y
evaluación
del
Plan
Operativo
Informático
de
las
entidades
de
la
administración
pública
y
su
respectiva
Guía
de
Elaboración
(en
adelante,
la
Guía);
Que,
el
artículo
4
de
la
citada norma
dispone
que
cada
año
fiscal
las
entidades
a
las
que
se
refiere
el
artículo
3
de
la
Ley
N
27785
-
Ley
Orgánica
del
Sistema
Nacional
e
Control
y
la
Contraloría General
de
la
República,
deben
registrar
el
Plan
Operativo
iformático
correspondiente
en
la
página
web
del
Portal
del
Estado
Peruano
www.peru.gob.pe/poi);
)Qjo8o
\\
1
i
Que,
asimismo,
el
literal
a)
del
numeral
4.1
de
la
Guía
establece
que
cada
entidad
de
la
administración
pública
elabora,
registra
y
evalúa
el
Plan
Operativo
Informático
en
base
al
contenido
del
Plan
Estratégico
Institucional
y
el
Plan
de
Desarrollo
de
la
Sociedad de
la
Información
en
el
Perú
-
La
Agenda
Digital
Peruana;
Que,
el
literal
b)
del
numeral
4.2
de
la
Guía
indica
que
la
aprobación
de
la
formulación,
registro
y
evaluación
del
Plan
Operativo Informático
en
las
entidades
del
Gobierno
Central
es
realizada
por
la
máxima
autoridad
de
la
Entidad;
Que,
en
este
sentido,
el
artículo
13
del
Reglamento
de
Organización
y
Funciones
de
la
Sunedu,
aprobado
por
Decreto
Supremo
012-2014-MINEDU,
dispone
que
la
Superintendente
es
la
máxima
autoridad
ejecutiva de
la
Sunedu
y
titular
del
pliego
p
resu
puesta
1;
Que,
mediante
Memorando
117-2017/SUNEDU-03-09,
la
Oficina
de
‘ecnologías
de
la
Información
presentó
el
proyecto
de
Plan
Operativo
Informático
2017
de
la
Sunedu
para
su
evaluación
y
aprobación;
Que,
mediante
InformeN°
34-2O17JSUNEDU-03-07,
la
Oficina
de
Planeamiento
y
Presupuesto emite
opinión
favorable
para
la
aprobación
del
Plan
Operativo
Informático
para
el
año
2017,
el
mismo
que
se
encuentra
alineado
al
Plan
Estratégico
Institucional
para
el
periodo
2016-2018
de
la
Sunedu,
contribuye
al
logro
de
los
objetivos
estratégicos
institucionales
y
está financiado
en
el
presupuesto
institucional
para
el
presente
año;
Que,
en
el
marco
de
las
citadas
disposiciones
legales
corresponde
aprobar
el
Plan
Operativo Informático
2017
de
la
Sunedu;
Con
el
visado de
la
Secretaría
General,
de
la
Oficina
de Tecnologías
de
la
(I”pwpisc’b
)Información,
de
la
Oficina
de
Planeamiento
y
Presupuesto
y
de
la
Oficina
de
Asesoría
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¿‘Juridica;
y,
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¿
De
conformidad
con
lo
dispuesto
por
la
Ley
27444
-
Ley
del
ProcedimIento
Administrativo
General;
la Ley
30220
-
Ley
Universitaria;
el
Reglamento
de
e
anlzación
y
Funciones
de
la
Sunedu,
aprobado
por
el
Decreto
Supremo
N°012-2014-
1
dy
(..
MINEDU
y
la
Resolución
Ministerial
19-2011-PCM,
que
aprueba
como
actividad
permanente
la
Formalización
y
Evaluación
del
Plan
Operativo
Informático
(P01)
de
las
entidades
de
la
Administración
Pública
y
su
respectiva
Guía
de
Elaboración;
SE
RESUELVE
Artículo
1.-
Aprobar
el
“Pian
Operativo
informático
2017
de
la
Superintendencia
acionai
de
Educación
Superior
Universitaria”
que
comprende
las
actividades
de
los
meses
de
enero
a
diciembre
del
año
2017,
conforme
al
Anexo
que
forma
parte
de
la
presente
Resolución.
Artículo
2.-
Encargar
a
la
Oficina
de
Tecnologías
de
la
Información
realizar
las
acciones
correspondientes
para
el
registro
del
“Plan
Operativa
Informático
2017
de
la
Superintendencia
Nacional
de
Educación
Superior
Universitaria”,
en
la
página
web
del
Portal
del
Estado
Peruano
(www.peru.gob.pe/poi)
en
la
misma
fecha
de
su
emisión.
Artículo
3.-
Encargar
a
la
Oficina
de
Comunicaciones
la
publicación
de
la
presente
Resolución
y
su
Anexo en
el
portal institucional
de
la
Superintendencia
cional
de
Educación
Superior
Universitaria
(www.sunedu.gob.pe).
8°\
‘gk?
7
Regístrese
y
comuníquese
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LORENA
DE
GUADALUPE
MStAS
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Superintendencia
Nacionat de
Educación
Superior
Universitaria
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