Resolución Nº 607/2002.TC-S1, Tribunal de Contrataciones del Estado, 23 de agosto de 2002

Número de resolución607/2002.TC-S1
Fecha23 Agosto 2002
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
Resolución Nº 607/2002.TC-S1
Lima, 23.AGO.2002
Visto, en sesión de la Primera Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de fecha
22.08.02, el Expediente N° 551/2002.TC – 478/2002.TC (Acumulados), sobe el recurso de revisión presentado por el
Consorcio Carlos Li Carrillo S.A y Bedoya S.A. por rescisión administrativa de contrato y la aplicación de sanción so licitada
por la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Alto Mayo del Instituto Nacional de Desarrollo – INADE, por incumplimiento
contractual en la ejecución de la obra “Construcción del Puente Yuracyau sobre el Río Mayo”, materia de la Licitación
Pública con Pre Calificación Nº 002-97-INADE-6701.00”; oídos los informes orales del 08.08.02 y atendiendo a los
siguientes:
ANTECEDENTES:
1. El 09.01.98, el Proyecto Especial Alto Mayo de INADE y el contratista celebran el contrato de obra respectivo por el
monto de S/. 7 688 856,41 Nuevos Soles y por un plazo de ejecución de 300 días calendario, sujetándose el mismo
a las normas del Reglamento Unico de Licitaciones y Contratos d e Obras Públicas, en adelante el RULCOP.
2. El 15.03.00, la Entidad, el contratista y la supervisi ón suscriben un Acta de Acuerdos a través del cual, atendiendo a
la existencia de que el Proyecto tiene algunas indeterminacion es a nivel de la cimentación y comportamiento
estructural, que el h incado de caissones, requiere verificación por la que el contratista ha propuesto suspende r la
obra temporalmente, que la supervisión ha indicado al contratista presente un expediente técnico alternativo, que el
contratista manifiesta que las cartas fianza están en trámite de renovación y que la culminación del mismo depende
de la presentación de la reprogramación de la ejecución de la obra, y que es necesario verificar la inclinación de los
caissones; adoptan diversos acuerdos, entre ellos, “se suspende te mporalmente la ejecución de la Obra Puente
Yuracyacu sobre el río Mayo, a partir del 22.01.2000 has ta la fecha en que la verificación de los parámetros del suelo
y el proyecto definitivo que estos determinen se encuentren definidos”, “La contratista actualizará sus cartas fianzas
y seguro contra todo riesgo de la obra, como req uisito para reiniciar la obra”.
3. El 15.11.2000, las partes celebran nuevos acuerdos en los cuales se efectúan referencias a los avances efectuados
y el PEAM se compromete a solicitar las autorizaciones necesarias “con la final idad que se asegure el reinicio de la
obra para la primera semana del mes de Enero del año 2001”.
4. El 07.12.0 0, la Entidad mediante Resolución Directoral N° 161-2000-INADE-6701.00 aprueb a el Acta de Acuerdos
de fecha 15.03.2000.
5. El 08.02.01, la Entidad mediante Carta N° 037-2001-INADE-6701.00, expresa al contratista estar en condiciones de
reiniciar la obra y le requiere para que proceda a la actualizac ión de las fianzas.
6. El 16.08.01, la Entidad mediante Carta N° 232-2001-INADE-6701.00, le recuerda al contratista que antes del reinicio
de la obra debe actualizar las fianzas y póliza de seg uro.
7. E l 28.09.01, la Entidad mediante Carta N° 264-2001-INADE-6701.00, le exige al contratista la actualización de
fianzas y póliza de seguro.
8. El 12.12.0 1, la Entidad mediante Carta N° 054-2001-INADE-6701.00, comunica al contratista que estando próximo
el inicio de las pruebas de ensayos geotécnicos para la obra se le exige la actualización de fianzas y póliza.
9. El 25.01.02, la Entidad mediante Carta N° 028-2002-INADE-6701.00, se dirige al contratista informándole que se ha
iniciado las pruebas de Ensayos Geotécnicos para la obra y le solicita la ratifi cación por escrito de l acuerdo sobre
renovación de cartas fianzas y póliza de segu ro, al reinicio de los trabajos.
10. El 04.02.02, el contratista, mediante Carta PY-280/2002, ratifica su c ompromiso de renovar al reinicio de las obras ,
las cartas fianzas correspondientes al adelanto en efec tivo y de materiales, así como la Póliza de Seguros.
11. E l 08.04.02, la Entidad mediante Carta N° 113-2002-INADE-6701.00, informa al contratista que de acuerdo a las
conclusiones del examen especial practicado por el Organo de Control Interno, “los acuerdos tomados en el Acta del
15-03-2000 con respecto a la renovación de las Cartas Fianzas condicionadas al reinicio de las obra, soslayan las
normas establecidas en el RULCOP, por lo que es urgente la inmediata subsanación del vicio incurrido en cuanto a
la vigencia de las cartas fianzas por los adelantos otorgados”, por lo que “les requerimos para que en el plazo de 30
días contados a partir de la recepció n de esta comunicación, presenten las Cartas Fianzas por los s aldos pendientes
de amortización, incluyendo la diferencia entre el monto valorizado y el monto ejecutado, así como la respectiva
póliza de seguro contra todo riesgo, tal com o se especifica en los términos del contrato a efectos de dar cuenta como
corresponde tanto a los órganos de control como a C ONSUCODE”.
12. E l 24.04.02, la Entidad mediante Carta N° 128-2 002-INADE-6701.00, efectuando un análisis de l sustento de la
improcedencia de los acuerdos asumidos en marzo de 2000, se reite ra al contratista que el vencimiento del plazo
otorgado es indefectible, “lu ego de lo cual mi representada procederá de acuerdo a los dispositivos legales
pertinentes en salvaguarda de los intereses del Estado”.
13. El 07.05.02, el contratista mediante Carta PY-284/2002 se dirige a la Entidad en respues ta a la Carta N° 128-2002-
INADE-6701.00, en la que en referencia al pedido de renovación de las cartas fianzas y los seguros de obra expresa
que su parte no ha incurrido en vicio alguno “puesto que el incumplimiento partió del PEAM quien no requirió en su

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