Resolucion N° D000058-2023-IPEN-PRES. Designan Gerente General del Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN

Fecha de publicación05 Abril 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
San Borja, 4 de abril del 2023

VISTO: La Carta del señor JIM ORLANDO CARRERA YALAN de fecha 20 de febrero de 2023, el Proveído N° D00242-2023-IPEN-PRES; el Informe N° D000053-2023-IPEN-REHU; el Memorando N° D00241-2023-IPEN-REHU; el Informe N° D0001-2023-IPEN-ASJU-LOL; y el Memorando N° D000141-2023-IPEN-ASJU y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Presidencia N° 055-16-IPEN/PRES de fecha 31 de marzo de 2016, se designó al señor JIM ORLANDO CARRERA YALAN en el cargo de confianza de Director Ejecutivo del Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN, cargo que según Resolución de Presidencia N° 169-19-IPEN/PRES de fecha 19 de julio de 2019, corresponde al de Gerente General;

Que, con Carta del visto, el señor JIM ORLANDO CARRERA YALAN presenta renuncia al cargo de confianza de Gerente General del Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN;

Que, de conformidad a lo señalado en el numeral 2.1 del Reglamento de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, aprobado con Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, (..) “Las Oficinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en las entidades públicas, son responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios/as y directivos/as públicos/as de libre designación y remoción”.

Que, en esa línea, con Informe N° D000053-2023-IPEN-REHU y Memorando N° D00241-2023-IPEN-REHU, la Unidad de Recursos Humanos, de acuerdo a sus competencias, realiza la verificación correspondiente y emite opinión técnica favorable para designar a la señora MIRIAM ALEGRÍA ZEVALLOS en el cargo de confianza de Gerente General del Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN, señalando que cumple con los requisitos legales y que no se encuentra impedida para el acceso al puesto bajo alguno de los impedimentos previstos en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción;

Que, dentro de este contexto, con Informe N° D0001-2023-IPEN-ASJU-LOL, elevado con Memorando N° D000141-2023-IPEN-ASJU de la Oficina de Asesoría Jurídica, se expresa opinión legal sobre la acción de personal señalada precedentemente, en...

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