San Isidro, 4 de octubre del 2023
VISTOS:
El Oficio N.º D000143-2023-MIDIS-VMPS, emitido por el Viceministerio de Prestaciones Sociales del MIDIS; el Oficio Nº D000095-2023-MIDIS-DGCGPS emitido por la Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales; el Informe Nº D000016-2023-MIDIS/PNPDS-DE-RACL emitido por el Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa CONTIGO; el Informe Nº D000152-2023-MIDIS/PNPDS-UPPM, emitido por la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº D000101-2023-MIDIS/PNPDS-UAJ, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2015-MIMP se creó el “Programa de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza”, en el ámbito del Viceministerio de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para otorgar una pensión no contributiva a cargo del Estado a las personas con discapacidad severa en situación de pobreza que cumplan con los requisitos allí establecidos;
Que, con Decreto Supremo Nº 008-2017-MIDIS, se aprueba la transferencia del Programa de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables al Ministerio...