Resolucion N° D000002-2023-MIDIS/PNAEQW-DE. Delegan determinadas facultades y atribuciones a funcionarios del Programa Qali Warma durante el ejercicio fiscal 2023

Fecha de publicación04 Enero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Santiago de Surco, 3 de enero del 2023

VISTOS:

El Memorándum N° D001229-2022-MIDIS/PNAEQW-UA, emitido por la Unidad de Administración y el Informe N° D000001-2023-MIDIS/PNAEQW-UAJ, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS y sus modificatorias, se crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (en adelante, MIDIS), con la finalidad de brindar un servicio alimentario de calidad a las/los escolares de las instituciones educativas públicas bajo su ámbito de cobertura.

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF (en adelante TUO de la Ley de Contrataciones del Estado), su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF (en adelante el Reglamento) y sus respectivas modificatorias, establecen disposiciones y lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Público en los procesos de contratación de bienes, servicios u obras y regular las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos;

Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a), del numeral 8.1 del artículo 8 del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado, el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva, de conformidad con sus normas de organización, que ejerce las funciones previstas en la Ley y su reglamento para la aprobación, autorización y supervisión de los procedimientos de contratación de bienes, servicios y obras;

Que, asimismo, el numeral 8.2 del citado artículo establece que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que la citada norma le otorga, no pudiendo ser objeto de delegación, la declaración de nulidad de oficio, la aprobación de las contrataciones directas, salvo aquellas que disponga el reglamento de acuerdo a la naturaleza de la contratación, así como las modificaciones contractuales a las que se refiere el artículo 34 del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y otros supuestos que se establecen en el Reglamento;

Que, de conformidad con el artículo 8 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, aprobado por Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS, la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa;

Que, asimismo, el literal z) del artículo 9° del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, dispone que la Dirección Ejecutiva puede delegar funciones o atribuciones no esenciales al cargo, cuando lo considere conveniente, otorgando los poderes necesarios dentro de los límites
legales;


Que, conforme a la normatividad citada precedentemente, la Dirección Ejecutiva puede delegar facultades mediante Resolución, salvo aquellas atribuciones que le sean esenciales a su calidad de Titular del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma;

Con el visado de la Unidad Administración y de la Unidad de Asesoría Jurídica;

En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS y sus modificatorias, la Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS y la Resolución Ministerial Nº 181-2022-MIDIS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegación de facultades y atribuciones a la/el Jefa/e de la Unidad de Administración.

Delegar en la/el Jefa/e de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma para el año fiscal 2023, las siguientes facultades y atribuciones:

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