RESOLUCION N° 763-2014/SBN-DGPE-SDAPE - Disponen primera inscripción de dominio de diversos terrenos ubicados en los departamentos de Lima, Ica, La Libertad, Apurímac y en la Provincia Constitucional del Callao

Fecha de disposición04 Diciembre 2014
Fecha de publicación04 Diciembre 2014
El Peruano
Jueves 4 de diciembre de 2014 539305
Con el visto bueno de la Secretaría General, de
la Of‌i cina General de Administración de Recursos y
contando con la opinión favorable de la Of‌i cina General
de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral
11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y
Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado con
Decreto Supremo N° 11-2011-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Administrativa
Nº 003-2014-SIS/OGAR “Directiva Administrativa del
Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador en el
Seguro Integral de Salud”, que forma parte integrante de
la presente Resolución.
Artículo 2º.- Encargar a la Secretaría General la
publicación de la presente Resolución Jefatural en el
Diario Of‌i cial “El Peruano” y que en coordinación con la
Of‌i cina General de Tecnología de la Información, publique
la citada Resolución y la Directiva en la página web del
Seguro Integral de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese;
PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS
Jefe del Seguro Integral de Salud
1173118-2
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE BIENES ESTATALES
Disponen primera inscripción de
dominio de diversos terrenos ubicados
en los departamentos de Lima, Piura,
Ica, La Libertad, Apurímac y en la
Provincia Constitucional del Callao
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCIÓN Nº 762-2014/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 25 de noviembre de 2014
Visto el Expediente Nº 1270-2014/SBN-SDAPE,
correspondiente al trámite de primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 10
186,76 m², ubicado al Noroeste de la Playa Salitral, frente
al Balneario de la Marina del distrito de Ancón, provincia y
departamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional
de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar
las acciones que realicen las entidades que conforman
el mencionado Sistema, en materia de adquisición,
disposición, administración y registro de los bienes
estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos
actos respecto de los bienes estatales que se encuentran
bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor,
conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema
Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado
Que, revisada la base gráf‌i ca de propiedades con
la que cuenta esta Superintendencia, se identif‌i có el
terreno eriazo de 10 186,76 m², ubicado al Noroeste de la
Playa Salitral, frente al Balneario de la Marina del distrito
de Ancón, provincia y departamento de Lima, que se
encontraría libre de inscripción registral;
Que, solicitada la consulta catastral pertinente, la
Zona Registral Nº IX - Sede Lima, con Of‌i cio Nº 1090-
2014-SUNARP-Z.R.NºIX/GPI de fecha 11 de Abril de
2014, remitió el Informe Técnico Nº 6027-2014-SUNARP-
Z.R.No.IX/OC de fecha 04 de Abril de 2014, en el que se
informó que el predio está referida a un Islote dentro del
Mar Peruano y en esa zona la base gráf‌i ca se encuentra
en proceso de elaboración y actualización de predios
inscritos a la fecha, sin embargo no se han identif‌i cado
antecedentes registrales a la fecha;
Que, realizada la verif‌i cación del terreno a través de
las imágenes satelitales de Google Earth, se verif‌i có que
el predio en cuestión, es de naturaleza eriaza rodeado del
Océano Pacif‌i co, con af‌l oramiento rocoso con presencia
de aves y un faro en lo alto del Islote;
de Recursos Hídricos”, dispone entre otros que las islas
existentes son bienes naturales asociados al agua;
Que, el artículo 7º de la citada ley, señala que
constituyen bienes de dominio público hidráulico, los
bienes naturales asociados al agua;
Que, el predio submateria constituye un bien de
dominio público, por tanto tiene, la característica de
ser inalienable e imprescriptible, cuya titularidad y
administración corresponde al Estado;
Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General
del Sistema Nacional de Bienes Estatales”, establece que
los predios que no se encuentren inscritos en el Registro
de Predios y que no constituyan propiedad de particulares,
ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de
dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar
la primera inscripción de dominio a favor del Estado
del terreno eriazo de 10 186, 76 m², de conformidad
con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151,
y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolución
Nº 011-2002/SBN, modif‌i cada por la Directiva Nº 003-
2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN,
que regula el trámite de primera inscripción de dominio de
predios a favor del Estado;
Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento
de Organización y Funciones de la SBN”, aprobado por
Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha
21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de
Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y
aprobar los actos de adquisición y administración de los
bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir
las Resoluciones en materia de su competencia;
De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del
Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento
y modif‌i catorias;
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe
Técnico Legal Nº 912-2014/SBN-DGPE-SDAPE de fecha
21 de Noviembre de 2014;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 10
186,76 m², ubicado al Noroeste de la Playa Salitral,
frente al Balneario de la Marina del distrito de Ancón,
provincia y departamento de Lima; según el plano
y memoria descriptiva que sustentan la presente
Resolución.
Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
por el mérito de la presente Resolución, efectuará la
primera inscripción de dominio a favor del Estado del
terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro
de Predios de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCIA WONG
Subdirector de Administración del
Patrimonio Estatal
1172816-1
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCIÓN Nº 763-2014/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 25 de noviembre de 2014
Visto el Expediente Nº 1272-2014/SBN-SDAPE,
correspondiente al trámite de primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 438
424,16 m² denominado “Isla Foca”, ubicado a 1 kilómetro
al Oeste de la Caleta La Islilla del Centro Poblado La Islilla

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