Resolución N° 744-2014-PRODUCE/OGA, del Consejo de Apelaciones y Sanciones del Ministerio de Producción, 2014-12-30

Número de resolución744-2014-PRODUCE/OGA
Número de resolución744-2014-PRODUCE/OGA
Fecha30 Diciembre 2014
EmisorConsejo de Apelación de Sanciones (Perú)
MateriaNO CORRESPONDE
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
N°
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-2014-PRODUCE/OGA
Lima, 3D de Diciembre de 2014
VISTOS:
La Resolución Directoral 325-2014-PRODUCE de fecha 16 de julio de 2013 yel
Informe Técnico 1181-2014-PRODUCE/OGA-OL de fecha 24 de diciembre de 2014,
y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Directoral W 325-2014-PRODUCE/OGA se aprobó
la baja contable y patrimonial de veintisiete (27) bienes muebles de propiedad del
Ministerio de la Producción, por causal de estado de excedencia, por un valor en libros
de valor total SI. 54,515.10 (Cincuenta y Cuatro Quinientos Quince con 10/100 Nuevos
Soles);
Que, mediante el Informe Técnico W 1181-2014-PRODUCE/OGA-OL, la Oficina
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de Logística, en atención a lo comunicado por la Oficina de Contabilidad, señala que
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resulta necesario rectificar la parte Resolutiva y.el Anexo .de la ~esolución Directoral W
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325-2014-PRODUCE/OGA, que de manera Involuntana registra datos errados, y,
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solicita rectificar el error material y aritmético incurrido, siendo que dicho acto no altera
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el contenido ni el sentido de la decisión del acto resolutivo emitido, de acuerdo a lo
señalado en el artículo 201 de la Ley W 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General;
Que, el artículo 201 de la Ley W 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General, establece que los errores material o aritmético en los attos administrativos
pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a
instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni
el sentido de la decisión; siendo que la rectificación adopta las formas y modalidades de
comunicación o publicación que corresponda para el acto original;
Que, en ese sentido, resulta necesario modificar la Resolución Directoral W 325-
2013/PRODUCE/OGA con la finalidad de corregir el error material y aritmético
advertido, incluyendo el valor de depreciación acumulada y valor neto correspondiente;

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