RESOLUCION N° 741-2014/SBN-DGPE-SDAPE - Rectifican área, linderos y medidas perimétricas de inmueble ubicado en el departamento de Lima

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Fecha de la disposición14 de Noviembre de 2014
El Peruano
Viernes 14 de noviembre de 2014
537630
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Modi car el artículo 1º de la
Resolución Nº 078-2014/SBN-DGPE-SDAPE, en los
términos siguientes:
“Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio
a favor del Estado del terreno de 2 387,28 m² ubicado
al Norte de la Plaza Grau, Distrito del Callao, Provincia
Constitucional del Callao, según el plano y memoria
descriptiva que sustentan la presente Resolución.”
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal
1163714-1
Rectifican área, linderos y medidas
perimétricas de inmueble ubicado en
el departamento de Lima
SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION
DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCIÓN Nº 741-2014/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 4 de noviembre de 2014
Visto el expediente Nº 1065-2014/SBN-SDAPE,
correspondiente al trámite administrativo de recti cación
de área, linderos y medidas perimétricas del terreno de
600 303,06 m², denominado “Fundo Puente sector 7 y 8”
ubicado en el Cerro El Agustino, distrito de El Agustino,
provincia y departamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional
de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar
las acciones que realicen las entidades que conforman
el mencionado Sistema, en materia de adquisición,
disposición, administración y registro de los bienes
estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos
actos respecto de los bienes estatales que se encuentran
bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor,
conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema
Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado
Que, el Estado representado por la SBN, es titular
registral del terreno de 600 303,06 m², denominado “Fundo
Puente sector 7 y 8” ubicado en el Cerro El Agustino, Fundo
Puente sector 7 y 8 distrito de El Agustino, provincia y
departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 44331047
del Registro de Predios de Lima y anotado en el Registro
SINABIP Nº 23552 correspondiente al departamento de
Lima, en adelante “el predio”;
Que, mediante O cio Nº 060-2014-VIVIENDA-
VMVU/DNU de fecha 17 de enero de 2014, el Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento, solicitó a
esta Superintendencia realizar el saneamiento de áreas
destinadas al Proyecto El Agustino, dentro de los cuales
se encuentra el predio de propiedad del Estado inscrito
en la partida electrónica Nº 44331047 del Registro de
Predios de Lima;
Que, con la nalidad de evaluar lo solicitado
previamente se efectuó un estudio técnico-legal de los
antecedentes administrativos, para ello se solicitó a
las entidades públicas pertinentes, la documentación
técnica y registral del terreno saneado, así como de
los que se verían afectados por dicho procedimiento,
por lo que se realizaron las primeras acciones a n de
obtener la información relevante del caso, tales como
partidas registrales, títulos archivados y documentación
complementaria; es de resaltar que por la complejidad
del predio, las consultas se han realizado por áreas
especi cas;
Que, mediante O cio Nº 136-2014/SBN-DGPE-
SDAPE de fecha 20 de enero de 2014, se solicitó a la
Zona Registral Nº IX - Sede Lima, el Certi cado de
Búsqueda Catastral del predio denominado terreno eriazo
de 386 893,39 m² ubicado en el Cerro El Agustino, parte
oeste del Fundo Puente Sector 7 y 8 en el distrito de El
Agustino, provincia y departamento de Lima;
Que, mediante O cio Nº 393-2014-SUNARP-Z.R.NºIX/
GPI de fecha 10 de febrero de 2014, la Zona Registral
Nº IX - Sede Lima, remitió el Informe Técnico Nº 2051-
2014-SUNARP-Z.R.NºIX/OC, que señala que el área en
consulta de 386 893,39 m², se encuentra dentro del predio
de mayor extensión inscrito en la partida electrónica Nº
44331047 del Registro de Predios de Lima;
Que, mediante O cio Nº 137-2014/SBN-DGPE-
SDAPE de fecha 20 de enero de 2014, se solicitó a la
Zona Registral Nº IX - Sede Lima, el Certi cado de
Búsqueda Catastral del predio denominado terreno eriazo
de 99 027,52 m² ubicado en el Cerro El Agustino, parte
oeste del Fundo Puente Sector 7 y 8 en el distrito de El
Agustino, provincia y departamento de Lima;
Que, mediante O cio Nº 407-2014-SUNARP-Z.R.NºIX/
GPI de fecha 11 de febrero de 2014, la Zona Registral
Nº IX - Sede Lima, remitió el Informe Técnico Nº 2160-
2014-SUNARP-Z.R.NºIX/OC, que señala que el área en
consulta de 99 027,52 m², se encuentra dentro del predio
de mayor extensión inscrito en la partida electrónica Nº
44331047 del Registro de Predios de Lima;
Que, mediante O cio Nº 199-2014/SBN-DGPE-
SDAPE de fecha 24 de enero de 2014, se solicitó a la
Zona Registral Nº IX - Sede Lima, el Certi cado de
Búsqueda Catastral del predio denominado terreno eriazo
de 52 497,63 m² ubicado en el Cerro El Agustino, parte
oeste del Fundo Puente Sector 7 y 8 en el distrito de El
Agustino, provincia y departamento de Lima;
Que, mediante O cio Nº 452-2014-SUNARP-Z.R.NºIX/
GPI de fecha 17 de febrero de 2014, la Zona Registral
Nº IX - Sede Lima, remitió el Informe Técnico Nº 2406-
2014-SUNARP-Z.R.NºIX/OC, que señala que el área en
consulta de 52 497,63 m², se encuentra dentro del predio
de mayor extensión inscrito en la partida electrónica Nº
44331047 del Registro de Predios de Lima;
Que, mediante O cio Nº 197-2014/SBN-DGPE-
SDAPE de fecha 24 de enero de 2014, se solicitó a
COFOPRI informe respecto del predio de 52 497,63 m²
ubicado en el Cerro El Agustino, parte oeste del Fundo
Puente Sector 7 y 8 en el distrito de El Agustino, provincia
y departamento de Lima;
Que, mediante O cio Nº 4137-2014-SUNARP-Z.R.Nº
IX/GPI de fecha 20 de marzo de 2014, COFOPRI - O cina
Zonal Lima - Callao, indicó que el área en consulta de 52
497,63 m², se encuentra en área no catastrada;
Que, mediante O cio Nº 2306-2014/SBN-DGPE-
SDAPE de fecha 27 de junio de 2014, se solicito se solicitó
a la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, el Certi cado de
Búsqueda Catastral del predio denominado terreno eriazo
de 126 723,13 m² ubicado en el Cerro El Agustino, parte
oeste del Fundo Puente Sector 7 y 8 en el distrito de El
Agustino, provincia y departamento de Lima;
Que, mediante O cio Nº 2057-2014-SUNARP-
Z.R.NºIX/GPI de fecha 22 de julio de 2014 la Zona Registral
Nº IX - Sede Lima, remitió el Informe Técnico Nº 13296-
2014-SUNARP-Z.R.NºIX/OC, que señala que el área en
consulta de 126 723,13 m², se encuentra dentro del predio
de mayor extensión inscrito en la partida electrónica Nº
44331047 del Registro de Predios de Lima;
Que, en atención a ello, con fecha 15 de setiembre
de 2014, se efectuó la inspección y levantamiento
perimétrico del terreno sub materia, determinándose que
los linderos y medidas perimétricas consignadas en la
partida electrónica Nº 44331047 del Registro de Predios
de Lima, discrepan con la realidad, encerrando un área
real de 610 556,95 m², el cual di ere con el área registral
de 600 303,06 m²;
Que, el numeral 4) de la Octava Disposición
Complementaria y Final del Reglamento de la Ley Nº 29151
“Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales”,
y sus modi catorias, señala que la recti cación del área,
perímetro y linderos de los predios estatales podrá ser
aprobada con Resolución del Gobierno Regional o la SBN
de acuerdo con sus competencias;
Que, de las referidas consultas y del levantamiento
perimétrico realizado, se concluye que el predio en
consulta es de propiedad del Estado, representado por
la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN,
por lo cual corresponde aprobar la recti cación de área,
linderos y medidas perimétricas del predio inscrito en la
partida electrónica Nº 44331047 del Registro de Predios

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