Resolución Nº 740-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-DGAAA del Ministerio de Agricultura, 24-11-2022

Fecha24 Noviembre 2022
Número de resolución740-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-DGAAA
MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO 740-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-DGAAA
Resolución de Dirección General
Lima, 24 de noviembre del 2022
VISTO:
El Informe N° 0018-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGAAA-DGAA-BCC de fecha 23
de noviembre de 2022, elaborado por la Dirección de Gestión Ambiental Agraria del
Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, recaído en el expediente CUT N° 31117-2022, que
contiene la solicitud de evaluación presentada por el Programa Subsectorial de Irrigaciones
(PSI), respecto del Informe de Gestión Ambiental del Proyecto de Inversión Pública
Proyecto de Inversión Pública denominado “Mejoramiento del servicio de agua para riego
en el Caserío Chullín de la Comunidad Campesina Juan Velasco Alvarado, distrito de
Huayllabamba, provincia de Sihuas, departamento de Ancash»; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al artículo 107 del Texto Integrado del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego aprobado mediante
Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI establece que la Dirección General de
Asuntos Ambientales Agrarios es el órgano de línea encargado de implementar acciones
en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental para la conservación y
aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables de competencia
Sectorial; así como promover la gestión eficiente de las tierras de aptitud agraria;
Que, asimismo, el literal d) del artículo 108 del Texto Integrado del Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, de la invocada
Resolución Ministerial, en concordancia con el artículo 5 del Reglamento de Gestión
Ambiental del Sector Agrario aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2012-AG y sus
modificatorias, establece que, “(…) la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios
es la autoridad ambiental competente responsable de la gestión ambiental y de dirigir el
proceso de evaluación ambiental de proyectos o actividades de competencia del Sector
Agrario y, aquellos relacionados con el aprovechamiento sostenible de los recursos
naturales renovables en el ámbito de su competencia y en el marco del Sistema Nacional
de Gestión Ambiental (…)”;
Que, de acuerdo con lo señalado en el literal d) del artículo 111 del Texto
Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario
y Riego, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, la Dirección
de Gestión Ambiental Agraria, es la unidad orgánica de línea que depende de la Dirección
General de Asuntos Ambientales Agrarios, y como tal, es la encargada de evaluar y emitir
opinión sobre los instrumentos de gestión ambiental en el ámbito de su competencia, entre
otras funciones;
Firmado digitalmente por VASQUEZ
ACUÑA Jorge Alexander FAU
20131372931 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 30.11.2022 12:23:19 -05:00
Firmado digitalmente por TUCTO
LEANDRO Christian Alexander FAU
20131372931 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 01.12.2022 11:06:17 -05:00
Firmado digitalmente por ACOSTA
ARCE Michael Christian FAU
20131372931 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 01.12.2022 12:57:24 -05:00

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