Resolución Nº 706-2015-ANA de Autoridad Nacional del Agua, 13-10-2015

Número de resolución706-2015-ANA
Fecha13 Octubre 2015
Número de expediente131805-2013
MateriaAprobación de estudios de aprovechamiento hídrico
EmisorAutoridad Nacional del Agua (Perú)
&C0WWI
PERÚ Ministerio Autoridad Nacional
de
Agricultura
y
Riego
del
Agua
ésolüción
'Deceniode las Personas con Discapacidad en el Pen)'
'Año
ote
la
O/versificación
Productiva
y del
Fortalecimiento
de la Educación'
RESOLUCIÓN
Í0(?
.2015-ANA/TNRCH
Lima,
13
OCT.
2015
EXP.
TNRCH
CUT
IMPUGNANTE
MATERIA
ÓRGANO
UBICACIÓN
POLITICA
156-2015
131805-2013
Parménides
Justo
Gonzáles
Cruz
Aprobadón de estudios de
aprovechamientohidrúo
AAA
Cañete-fortaieza
Distrito
Provincia
Departamento
Aovilles
Bajo
Huaral
Lima
SÜMILLA:
Se dedara
fundado
el recursode
apelación
interpuesto por el señor Pannénides Justo GonzéiesCnjz contra la
Resolución
Diredoral
Í99-
2015-ANA-MA-CAÑETE-FORTALEZA.
porhat}erse
vulnerado
el
Princifw
del
Deíitío
Procedimiento.
1.
RECURSO
ADMINISTRATIVO Y
ACTO
IMPUGNADO
El
recurso
de
apelación
interpuesto por el señor Pannénides Justo Gonzáles
Cruz
contra la
Resolución
Directoral
199-2015-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA,
emitida
por
la
Autoridad
Administrativa
del Agua Cañete-Fortaleza que desestimó su
solicitud
de aprobación de estudio de
aprovechamiento
hídrico
para el
"Proyecto
de
Riego
Tecnificado
Los
Atavlllos"
y, en consecuencia,
declanD
fundadas
las oposiciones fonnuladas por el
Comité
de
Usuarios
de
Agua
de Piscocoto -
Sumbilca
y las Comunidades Campesinas de
Sumbilca,
Huandaroy Rauma.
2.
DELIMITACIÓN
DE
LA
PRETENSIÓN
IMPUGNATORIA
El
señor Pannénides Justo Gonzáles
Cruz
solicita
que se
revoque
la
Resolución
Directoral
199-
2015-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA.
3.
FUNDAMENTOS
DEL
RECURSO
DE
APELACIÓN
johnivAn
fmrsANCHEzT
VOCAL
3.1. La Resolución Directoral 199-2015-ANA-AAA-CANETE-FORTALEZA
carece
de
una
debida
motivación,
debido a que la
Autoridad
Administrativa
del
Agua
Cañete-Fortaleza:
a)
Evaluó
su
pedido
adecuando
el
procedimiento
administrativo
de
aprobación
de
estudio
de
aprovechamiento
hidrico
al
Reglamento
de
Procedimientos
Administrativos
para el
Otorgamiento
de
Derechos
de
Uso
de
Agua
y
Autorización
de
Ejecución
de obrasen
Fuentes
Naturales
de
Agua,
aprobado con la
Resolución
Jefatural
N"
007-2015-ANA.
b)
No
valoró
el
Infomie
N'
022-2014/ANA-AAA.CF-ALA-CHANCAY
HUARAL,
en el cual la
Administración
Local
de
Agua
Chancay-Huaral
concluyó
que el
administrado
había
cumplido
con levantar las obsen/aciones efectuadas a su
solicitud,
asi como
tampoco
valoró
la
documentación
presentada, con la cual habia
cumplido
con los
requisitos
para la
aprobación
de estudio de aprovechamiento
hidrico.
i
luciaÉÍELFINA?
El
impugnante
sustentasu recurso de
apelación
conlossiguientes argumentos:
3.2.
En
el estudio de
aprovechamiento
hídrico
se ha acreditado lanoafectación de terceros.
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AGUILA
'
HÍIERTAS

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