Resolución Nº 678-2015-ANA de Autoridad Nacional del Agua, 18-09-2015

Número de resolución678-2015-ANA
Fecha18 Septiembre 2015
Número de expediente78327-2012
MateriaAutorización de vertimiento de aguas residuales industriales tratadas
EmisorAutoridad Nacional del Agua (Perú)
VOCAL
S'ConUCf'í
Ministerio
Autoridad
Nacional
K^ibunai
Nacional
ae •
PERU
de
Agricultura
y
Riego
del
Agua
|R|solüCión
de:::j,
iControvérsías
Hídricás
'Deceniode las Personas con Discapacidad en el Perú'
"Año
de la
Diversifícación
Productiva
y del Fortalecimiento de la Educación'
RESOLUCIÓN
-2015-ANA/TNRCH
Lima,
18
SFT
20:5
EXP.
TNRCH
CUT
H"
IMPUGNANTE
MATERIA
ÓRGANO
UBICACIÓN
POLÍTICA
1262-2014
78327-2012
Pesquera
JADA
SA
Autoiización
de
vertimiento
de aguas
residuales
industriales
tratadas
DGCRH
Distrito :
Chimbóte
Provincia
Departamento
Del
Santa
Ancasti
SUMILU:
Se
declara
infundado
el
recurso
de
apelación
interpuesto
porlaempresa
Pesquera
JADA
SA.
contra
la
Resolución
Directoral
N"
307-2013-ANA-DGCRK.
1.
RECURSO
ADMINISTRATIVO Y
ACTO
IMPUGNADO
El
recurso
de
apelación
interpuesto
porla empresaPesquera
JADA
S.A.
contra
la
Resolución
Directoral
307-
2013-ANA-DGCRH
emitida
porla
Dirección
de Gestión de
Calidad
de los Recursos
Hídricos
mediante lacualse
enmendó de
oficio
el
articulo
2" de la
Resolución
Directoral
N''190-2013-ANA-DGCRH,
consignando que el la
autorización
de
vertimiento
de aguas residuales
industriales
tratadas tendrá una
vigencia
de tres
(3)
años
computados
a
partir
de la
notificación,
salvoque entre en
vigencia
la
autorización
de
vertimiento
otorgada a la
Asociación
de
Productores
de
Harina,
Aceite
y
Conservas
de
Pescado
de
Chimtwte
(en
adelante
APROCHÍMBOTE).
DELIMITACIÓN
DE
LA
PRETENSIÓN
IMPUGNATORIA
La
empresa
Pesquera
JADA
S.A.
solicita
que se
declare
la
nulidad
de la
Resolución
Directoral
N"
307-2013-
ANA-DGCRH.
3.
FUNDAMENTO
DEL
RECURSO
DE
APELACIÓN
La
impugnante
sustentasu
recurso
conlossiguientes
argumentos:
LaDirecciónde Gestión de Calidad de losRecursos Hídricosenmendó la Resolución Directoral N°190-
2013-ANA-DGCRH,
aun
cuando
nose
cumplen
los
presupuestos
establecidos
enel
artículo
14"
de la
Ley
de
Procedimiento
Administrativo
General,
La
referida
Dirección
consignó
como
argumentos paraenmendarla
Resolución
Directoral
N°190-2013-
ANA-DGCRH
las
disposiciones
referidas
al
Plan
Ambiental
Complementario
Pesquero
-
PACPE
colectivo
aprobado
en la
bahía
El
Ferrol,
actuaciones
que no
corresponden
a
lo
evaluado
en el
expediente
administrativo
sobre
la
solicitud
de
autorización
de
vertimiento
de aguas
residuales
industriales
tratadas,
incumpliendo
con
ello
un
requisito
de
validez
del acto
administrativo,
la debida
motivación,
4.
ANTECEDENTES
Respecto a las autorizaciones otorgadas a
APROFERROL
y a
APROCHIMBOTE.
4.1. Con la Resolución N" 095-2010-PRODUCE/D1GAAP del 28.04.2010, la Dirección General de Asuntos
Ambientales
de Pesquería del
Ministerio
de la
Producción
aprobó
el
Plan
Ambiental
Complementario
Pesquero
-
PACPE
colectivo
y el
cronograma
de
inversión
e
implementación
propuesto
por
APROFERROL
parala
disposición
final
de los
efluentes
que alcancen los
Limites
Máximos
Permisibles
-
LMP
paracada
establecimiento
industrial
pesquero,
los que serán evacuados desde la
estación
de
bombeo a
través
de un
emisor
submarino
común
en
el
rnarde
Chimbóte.
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