Resolución N° 625-2013-PRODUCE/OGA, del Consejo de Apelaciones y Sanciones del Ministerio de Producción, 2013-12-09

Número de resolución625-2013-PRODUCE/OGA
Número de resolución625-2013-PRODUCE/OGA
Fecha09 Diciembre 2013
EmisorConsejo de Apelación de Sanciones (Perú)
MateriaNO CORRESPONDE
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MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Nº 625-2013-PRODUCEjOGA
Lima,
09
de diciembre de 2013.
VISTOS:
El Memorando W 3438-2013-PRODUCE/DGSF de la Dirección General de Supervisión
y Fiscalización; Memorando W 1863-2013-PRODUCE/OGPP-Op de la Oficina de Presupuesto;
Memorandos Nros 2590 y 2707-2013-PRODUCE/OGA de la Oficina General de Administración;
Informe 1124-2013-PRODUCE/OGA-OL de la Oficina de Logística; y el Informe 114-2013-
PRODUCE/OGA-cmorenov de la Asesoría de la Oficina General de Administración, sobre
reconocimiento de obligaciones a favor de PEDRO MANUEL CASTILLO FARFAN, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Memorando 3438-2013-PRODUCE/DGSF de fecha 21 de octubre de
2013, el Director General de Supervisión y Fiscalización remite el Memorando 1862-2013-
PRODUCE/DIS de la Dirección de Supervisión de fecha 21 de octubre de 2013, a través del cual
se adjunta la documentación sustentaroria para el reconocimiento de los servicios prestados por
el señor Pedro Manuel Castillo Farfán, desde el21 de febrero al 01 de marzo de 2013; señalando
que el requerimiento de contratación no se efectivizó en su debido momento por problemas con
la presentación de información por parte del contratista, así como la no disponibilidad de recursos
presupuestales e ineficiencias en el flujo de información entre la Sede Central y la Zona donde
se prestó el servicio (Piura). Se adjunta el Informe de Conformidad del área usuaria, la lista de
actividades consistentes en 10 actas de inspección y el recibo por honorario correspondiente al
proveedor;
Que, mediante Memorando W 2590-2013-PRODUCE/OGA de fecha 25 de octubre de
2013 se solicita a la Oficina de Logística a fin de que en coordinación con el área usuaria, emita
el informe técnico respectivo, verificando que el expediente contenga la documentación que
evidencie la justificación de la contratación irregular realizada (solicitar copia de las actas
emitidas y/o informes presentados), la Certificación de Crédito Presupuestario, entre otros;
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Que, a través del correo electrónico de fecha 07/11/2013 el señor Carlos Omar Burga
~ brera, Coordinador de Meta de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización informa a
Oficina de Logística que para el pago del proveedor se ha tomado como referencia el pago por
producto cuando se inició la contracción de inspectores por SI. 3,500.00, considerando un
promedio de inspecciones por día, por lo que el promedio de costo de inspección es de SI.
116.67, por lo que dado que el sujeto en mención ejecutó 10 inspecciones, se considera que le
corresponde el pago de S/.1 ,166.67 Nuevos Soles;
Que, mediante Informe W 1121-2013-PRODUCE/OGA-OL de fecha 14 de noviembre de
2013, la Oficina de Logística informa a esta Oficina General, que podríamos incurrir en una
posible figura de enriquecimiento sin causa, por lo tanto, mencionando las Opiniones W 067-

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