Resolución Nº 592-2004-TC-SU, Tribunal de Contrataciones del Estado, 29 de setiembre de 2004

Número de resolución592-2004-TC-SU
Fecha29 Enero 2004
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
Resolución Nº 592/2004.TC-SU
Sumi lla : S e declara infundado el recurso de revisión, contra la
reso lución qu e declara im procedente el recurso de apelación
debido a que el postor interpuso el mismo extemporáneamente.
Lima, 29.SETIEMBRE.2004
Visto, en sesión de la Sala Única del T ribunal d e Contrata ciones y Adquisiciones del Estado del 28.09.04, el
Expediente N° 793/2004.TC, sobre el Recurso d e Revisión interpuesto por la Empresa de Seguridad y Vigilancia Privada
“Bizonte Black” S.R.L., contra Resolu ción Nº 039-2004.ENACO S.A./GERENCIA GENERAL emitida en la Adjudicación de
Menor Cuantía Nº 003-2004-ENAC O S.A.-Segunda C onvocatoria, convocada por la Em presa Nacional de la Coca S.A –
ENACO S.A. para la “Provisión del Serv icio de Personal de S eguridad Privada para la Sucursal de Huancayo”; efectuados
los Informes Orales y atendiendo a los siguientes:
ANTECEDENTES:
1. Mediante invitaciones de fecha 30 de abril 2004, la Empresa Nacional de la Coca S.A – ENACO S.A., en adela nte la
Entidad, convocó a la Adjudica ción de Menor Cuantía Nº 003-2004-ENACO S.A.-Segunda Convocatoria, para la
“Provisión del Servicio de Persona l de Seguridad Privada para la Sucursal de Huancayo” según relación de ítems,
por un valor referencial total equivalente a S/. 74 280,00 incluyendo el Impuesto General a las Ventas – IGV.
2. Con fecha 24 de mayo de 2004, e l Comité Especial llevó a cabo el acto de prese ntación de propuestas y apertura de
los sobres técnicos.
3. E l 26 de mayo de 2004, se r ealizó el acto de apertura de los sobres económicos, calificación, ev aluación de
propuestas y otorgamiento de la buena pro, en el cu al resultó adjudicatario del “ítem II” el postor EMPRESEGUR
“Elite R&C” S.R.L., en segundo lugar la Empresa de Segurid ad y Vigilancia Privada “Bizonte Black” S.R.L.
4. Mediante Resolución Nº 036-2004.ENACO S.A./GERENCIA GENERAL de fech a 11 de junio de 2003, la Entidad
declaró la nulidad de la Adjudica ción de Menor Cuantía Nº 003-2004-ENACO S.A., por no haberse respetado los
plazos indicados en la Bases de la misma, retrotrayendo el proceso de selección a la etapa de evaluación de
propuestas y otorgamiento de la buena pro.
5. El 18 de junio de 2004, se realizó la evaluación de propuestas y el otorgamiento de la buena pro resultando ganador
de la misma el pos tor EMPRESEGUR “Elite R& C” S.R.L., quedando en segundo lugar la Empresa de Seguridad y
Vigilancia Privada “Bizonte Black” S.R.L.
6. L a Empresa de Segu ridad y Vigilancia Privada “Bizonte Black” S.R.L. inte rpuso recurso de apelación contra el
otorgamiento de la buena pro argumentando que; i) los actuados en el proceso se han llevado en hojas sueltas, ii) no
se ha cumplido con lo dispuest o con lo indicado en el artículo 68º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, y iii) no se le ha o torgado e l 20% adicional de acuerdo a la Ley Nº 27143 Ley de
Promoción Temporal de Desarrollo Productivo Nacional. El mencionado recurso fue sellado por la Entidad como
recepcionado el 28 de junio de 2004.
7. Mediant e Resolución Nº 039-2004.ENACO S.A./GERENCIA GENERAL de fecha 09 de julio de 2004, la Entidad
declaró improcedente el recurso de apelación presentado por el impugnante por resultar extemporáneo.
8. Con fecha 19 de julio de 2004, el postor Empresa de Seguridad y Vigilancia Privada “Bizonte Black” S.R.L. inte rpuso
recurso de revisión, siendo subsanado el 23 de junio de 2004. El Impugnante reprodujo los argumentos esgrimidos
en su recurso de revisión, agregando que su recurso de apelación en realidad fue interpuesto el 24 de junio de 2004,
y no el 28 de juni o del mismo año como lo sostiene la Entidad, sino que la misma se negó a sellar el cargo el mismo
día, devolviéndolo cuatro días después, el 28 de junio de 2004, como si se hubiera presentado ese día.
9. Mediante escrito de fecha 04 de agosto de 2004, subsanado el 09 del mismo mes y año, la Entidad cumplió con
remitir los antecedentes administrativos corre spondientes al caso.
10. El 20 de agosto de 2004, el Tribunal solicitó a la Entidad remitir inform ación adicional relevante al expediente.
11. Con fecha 01 de setie mbre de 2004, la Entidad cumplió con remitir la info rmación solicitada indicando que si bien el
escrito presentado por la Empresa de Seguridad y Vigilancia Privada “Bizonte Black” S.R.L. como el recurso de
apelación consigna como fecha de el 24 de junio de 2004, el mismo fue presentado el 28 de junio de 2004, fecha en
el que fue ingresado y recepcionado, y que de haberse producido el hecho alegado por el impugnante, el mismo
hubiera podido realizar su entrega mediante una actuación notarial. Sin embrago no lo hicieron por que su recurso
era extemporáneo. Asimismo solicitó el uso de palabra, siendo fijada la Audiencia Pública para el 10 de setiembre
de 2004, con conocimiento de las partes.
12. La Audiencia Pública fue realizada el 10 de setiembre de 2004.
13. Con fecha 13 de setiembre de 2004, el Tribunal solicitó a la Entidad que remitiera: copia del cargo origin al de la
notificación del otorgamiento de la buena pro a la Empresa de Seguridad y Vigilancia Privada “Bisonte Black” S.R.L .,
indicando fecha y hora de recepción, el reporte de la mesa de partes de los días 24, 25 y 28 de junio de 2004,
informe del funcionario encargado de la mesa de partes respecto a las afirmaciones vertidas por la Empresa de
Seguridad y Vigilan cia Privada “Bisonte Black” S.R.L ., en lo referente a la recepción de su recur so de apelación,
copia certificada de l libro de ocurrencias o cuaderno de control de los días 24, 25 y 28 de junio, del puesto de
vigilancia de la Entidad.
FUNDAMENTACIÓN:

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