Resolución N° 556-2014-PRODUCE/OGA, del Consejo de Apelaciones y Sanciones del Ministerio de Producción, 2014-10-31

Número de resolución556-2014-PRODUCE/OGA
Número de resolución556-2014-PRODUCE/OGA
Fecha31 Octubre 2014
EmisorConsejo de Apelación de Sanciones (Perú)
MateriaNO CORRESPONDE
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
N° 556-2014-PRODUCE/OGA
Lima,
31
de octubre de 2014.
VISTOS:
La Resolución Directoral W 354-2014-PRODUCE de fecha 11 de agosto de 2014 y el
Informe Técnico 654-2014-PRODUCE/OGA-OL de fecha 12 de setiembre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Directora I W 354-2014-PRODUCE/OGA se aprobó la
baja contable y patrimonial de Ciento Treinta y Nueve (139) bienes muebles de propiedad del
Ministerio de la Producción, por la causal de obsolescencia técnica, con un valor neto de
S/.139.00
(Ciento treinta y nueve y
00/100
Nuevos Soles);
Que, mediante el Informe Técnico 654-2014-PRODUCE/OGA-OL, la Oficina de
~ Logística, en atenci?n a las coordin~ciones realizadas con la <?fi~i~a de' Contabilidad, seña.la
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que resulta necesario detallar ademas del valor neto, el valor hlstorlco y valor de depreclaclon
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g¡¡acumulada de los bienes cuya baja se aprobó mediante la Resolución Directoral W 354-2014-
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PRODUCE/OGA, y solicita rectificar el error material incurrido al omitir el detalle de los mismos,
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dado que dicho acto no alterp lo sustancial del contenido ni el sentido de la decisión del acto
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resolutivo emitido, de acuerdo a lo señalado en el artículo 201 de la Ley W 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General;
Que, el articulo 201 de la Ley W 27444 establece que los errores material o aritmético
en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier
momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de
su contenido ni el sentido de la decisión; debiendo la rectificación adoptar las formas y
modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original;
Que, en ese sentido, resulta necesario modificar la Resolución Directoral W 354-
2014/PRODUCE/OGA con la finalidad de corregir el error material advertido, incluyendo el valor
de depreciación acumulada y valor neto correspondientes;
Con el visto de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración;
De conformidad con lo establecido en el artículo 201 de la Ley W 27444, Ley del
ocedimiento Administrativo General, y el literal f) del artículo 36 del Reglamento de
~~ rganización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Resolución Ministerial
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W 343-2012-PRODUCE.
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