Resolución nº 542-2023-OEFA/TFA-SE, Tribunal de Fiscalización Ambiental, 05-12-2023

Número de resolución542-2023-OEFA/TFA-SE
Fecha05 Diciembre 2023
EmisorTribunal de Fiscalización Ambiental
Tribunal de Fiscalización Ambiental
Sala Especializada en Minería, Energía,
Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios
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2023-I01-044217
RESOLUCIÓN N° 542-2023-OEFA/TFA-SE
EXPEDIENTE N°
:
0528-2022-OEFA/DFAI/PAS
PROCEDENCIA
:
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN Y APLICACIÓN DE
INCENTIVOS
ADMINISTRADO
SECTOR
:
:
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA
AGRICULTURA
APELACIÓN
:
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 1938-2023-OEFA/DFAI
SUMILLA: Se confirma la Resolución Directoral N° 1938-2023-OEFA/DFAI del 31 de
julio de 2023, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra
la Resolución Directoral N° 1293-2023-OEFA/DFAI del 26 de junio de 2023, en el
extremo que declaró la responsabilidad administrativa de Municipalidad Provincial
de Ica por la comisión de la conducta infractora descrita en el numeral 1 del Cuadro
Nº 1 de la presente resolución, y le impuso por dicha conducta una multa ascendente
a 2,043
1
(dos con 043/1000) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de
pago.
Lima, 14 de noviembre de 2023
I. ANTECEDENTES
1. Municipalidad Provincial de Ica
2
(en adelante, Municipalidad de Ica) es titular de la
unidad fiscalizable denominada Camal Municipal Ica, donde realiza la actividad de
beneficio de animales. Esta unidad se encuentra ubicada en el distrito, provincia y
departamento de Ica (en adelante, Camal Municipal)
3
.
2. Respecto a la citada unidad fiscalizable, el administrado cuenta con el Programa de
Adecuación y Manejo Ambiental, aprobado por la Resolución de Dirección General
N° 358-2016-MINAGRI-DVDIAR-DGAAA de fecha 22 de julio de 2016 (en adelante,
1
En el año 1982, a través de la Ley N° 23560, el Perú se adhirió al Sistema Internacional de Unidades que tiene por
norma que los millares se separan con un espacio y los decimales con una coma. En ese sentido, así deben ser leídas
y comprendidas las cifras de la presente resolución.
2
Registro Único de Contribuyentes N° 20142167744.
3
Tal como se detalla en el Apartado I del Informe de Supervisión N° 00030-2022-OEFA/DSAP-CAGR.
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PAMA).
3. Del 10 al 11 de febrero de 2022, la Dirección de Supervisión de Actividades
Productivas del OEFA (DSAP) del Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental (OEFA) realizó una supervisión regular in situ en el Camal Municipal (en
adelante, Supervisión Regular 2022), cuyos resultados se encuentran contenidos
en el Acta de Supervisión correspondiente (en adelante, Acta de Supervisión), y
fueron analizados en el Informe de Supervisión N° 0030-2022-OEFA/DSAP-CAGR
del 30 de marzo de 2022 (en adelante, Informe de Supervisión).
4. Sobre esta base, mediante Resolución Subdirectoral N° 00140-2023-OEFA/DFAI-
SFAP del 14 de abril de 2023
4
(en adelante, Resolución Subdirectoral), la
Subdirección de Fiscalización en Actividades Productivas (SFAP) de la Dirección de
Fiscalización y Aplicación de Incentivos (DFAI) dispuso el inicio de un procedimiento
administrativo sancionador (en adelante, PAS) contra la Municipalidad de Ica.
5. El 31 de mayo de 2023, la SFAP emitió el Informe Final de Instrucción 00319-
2023-OEFA/DFAI-SFAP
5
(en adelante, Informe Final de Instrucción).
6. Posteriormente, luego del análisis de los descargos al Informe Final de Instrucción
6
,
mediante la Resolución Directoral Nº 1293-2023-OEFA/DFAI del 26 de junio de 2023
7
(en adelante, Resolución Directoral I), la DFAI declaró la existencia de
responsabilidad administrativa de Municipalidad de Ica por la comisión de las
siguientes conductas infractoras:
Cuadro N° 01: Detalle de las conductas infractoras
Norma sustantiva
Norma tipificadora
1
Artículo 15 de la Ley Nacional
del Sistema Nacional de
Evaluación de Impacto
Ambiental, aprobada con Ley N°
27446 (L ey del SEIA)8;
artículos 13 y 29 del
Reglamento de la Ley del SEIA,
aprobado por el Decreto
Supremo N° 019-2009-MINAM
(Reglamento de la Ley del
Artículo 5 de la Resolución de
Consejo Directivo N° 006-2018-
OEFA/CD (RCD 006-2018-
OEFA/CD), que Tipifica
Infracciones administrativas y
establecen escala de sanciones
relacionadas con los Instrumento
de Gestión Ambiental aplicables a
los adm inistrado que se
encuentran bajo el ámbito de
competencia del OEFA, y el
numeral 3.1 del Cuadro de
4
Notificada al administrado el 14 de abril de 2023.
5
Notificado al administrado el 31 de mayo de 2023, a través del Carta N° 0850-2023-OEFA/DFAI.
6
Escrito de descargos con Registro N° 2023-E094-479314, presentado el 23 de junio de 2023.
7
Notificada al administrado el 28 de junio de 2023.
8
Ley del SEIA, aprobada con Ley N° 27446, publicada en el diario oficial El Peruano el 23 de abril de 2001.
Artículo 15.- Seguimiento y control
15.1 La autoridad competente será la responsable de efectuar la función de seguimiento, supervisión y control de
la evaluación de impacto ambiental, aplicando las sanciones administrativas a los infractores. (…)

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