Resolución Nº 483-2017-SUNARP-TR-L de Tribunal Registral de Lima, del 03-03-2017

Número de resolución483-2017-SUNARP-TR-L
Fecha03 Marzo 2017
EmisorTribunal Registral de Lima (Perú)
MateriaPropiedad inmueble,Improcedencia de rectificación no procede la rectificación de un asiento registral si fue extendido conforme al título que le dio mérito, siendo procedente únicamente en mérito a título modificatorio posterior, sentencia judicial firme o mediante resolución arbitral firme que declare su invalidez, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2013 del código civil.
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