Resolución Nº 48-GCPS-ESSALUD-2021 de Seguro Social de Salud del Perú (ESSALUD), 30-09-2021

Número de resolución48-GCPS-ESSALUD-2021
Fecha30 Septiembre 2021
EstatusVigente
Tipo de documentoReglamento
EmisorGerencia Central de Prestaciones de Salud
. !a.EsSalud
"Añ o del Bice ntenario del Perú: 200 años
de
Independencia"
"Decenio
de
la ig ualdad de Oportunidades para
Mu
jeres y Hombres"
RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE PRESTACIONES DE SALUD
1/
8 -GCPS-
ESSALUD-2021
Lim
a,
3 O S
ET
. 2
02
1
VISTOS:
La
Nota w
1'i:i
GMC-GCPS-ESSALUD-2021 con el Informe
?/-
GMC-GCPS-ESSALUD-2021;
mediante los cuales -se s ustenta
la
propuesta del Documento Técnico: "Reglamento del
Voluntariado en los Centros y Unidades de Medicina Complementaria
en
EsSalud"
y;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral I del Título Preliminar de la Ley
26842, Ley General de Salud, establece que
la
salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el
bienestar individual y colectivo;
Ley voluntariado
Que,
el
numeral 1.2 del artículo
de
la
Ley 27056, Ley de Creación del Seguro Social de
Salud, establece que ESSALUD tiene por finalidad dar cobertura a los asegurados y sus
derechos habientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción,
recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas, y prestaciones sociales que
corresponden al régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros seguros
de riesgos humanos;
Que, en el literal e) del artículo de
la
Ley 27056 se establece como una de
la
s funciones de
ESSALUD, formular y aprobar sus reglamentos internos, así como otras normas que le permitan
ofrecer sus servicios de manera ética, eficiente y competitiva;
Que
en
el artículo 1 º de la Ley
28238, Ley General del Voluntariado y
su
Reglamento
modificado por DS 004-2017-MIM ,
la
cual tiene por objeto reconocer, facilitar y promover
la
acción
de
los ciudadanos
en
servicios voluntarios y señalar las condiciones jurídicas bajo las
cuales tales actividades se realizan dentro del territorio nacional.
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº656-PE-ESSALUD-2014 del
31
de
diciembre del 2014, se aprueba
la
Nueva Estructura Orgánica y
el
Reglamento de Organización
y funciones del Seguro Social de Salud- ESSALUD y modificatorias , cuyo texto actualizado y
concordado fue aprobado con
la
Resolución de Presidencia Ejecutiva
767-PE-ESSALUD-
2015 y sus modificatorias;
Que, conforme
al
Reglamento de Organización y funciones del Seguro Social de Salud-
ESSALUD, establece en
su
artículo 158º que la Gerencia Central de Prestaciones de Salud es
el
órgano de línea encargado de elaborar, proponer, monitorear y evaluar
el
cumplimiento de las
políticas, normas y estrategias relacionadas con
la
atención integral de salud que se brindan a
los usuarios a través de las IPRESS propias, de terceros y otras modalidades, así como en salud
ambiental, seguridad y salud
en
el
trabajo y medicina complementaria, en el marco de las normas
sectoriales, dependiendo de
la
Gerencia General;
Que, el literal a) del mismo artículo establece que
la
Gerencia Central de Prestaciones de Salud
tiene por función formular, proponer, aprobar, cuando corresponda al ámbito de su competencia
y evaluar las políticas, normas, modelos, prioridades sanitarias y estrategias para
la
atención de
salud de los asegurados a través de la oferta fija y flexible y otras modalidades, así como los
criterios de evaluación de resultados e impacto de las intervenciones sanitarias;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva 474-PE-ESSALUD-2007 que aprueba el
Reglamento de Voluntariado de ESSALUD.
es
www.
essalud
.gob.pe
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Lima
11
-
Perú
Tel.:
265
-6000/
265
-
7000

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