RESOLUCION Nº 4635-2015 - Opinan favorablemente para que el Banco Financiero del Perú lleve a cabo programa de emisiones de instrumentos representativos de deuda subordinada denominado “Segundo Programa de Bonos Subordinados - Banco Financiero”

EmisorSUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Fecha de la disposición27 de Agosto de 2015
NORMAS LEGALES Jueves 27 de agosto de 2015 /
El Peruano
560118
para cuyos nes se aprobaron instrumentos normativos,
lincamientos y procedimientos que optimicen el
funcionamiento de dichos Órganos Jurisdiccionales;
Que, la Comisión Distrital de Productividad Judicial, en
su sesión de trabajo de fecha 11 de agosto de 2015, se
acordó elevar en consulta la propuesta de cierre de turno
de la 6° Sala Laboral Permanente de Lima, a n que los
Señores Jueces Superiores de la sala en mención puedan
preparar sus despachos y expedientes, y de esa formar
cumplir con los plazos establecidos en la Resolución
Administrativa N° 239-2015-CE-PJ;
Que en tal sentido el Consejo Ejecutivo Distrital en su
sesión de trabajo de fecha 13 de agosto de 2015, acordó
aprobar la propuesta de cierre de turno de la 6° Sala
Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de
Lima, autorizando a la Presidencia de la Corte Superior
de Justicia de Lima, la expedición de la resolución
administrativa correspondiente;
Que, el Presidente de la Corte Superior es la máxima
autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo,
dirige la política interna de su Distrito Judicial a n de
garantizar un e ciente servicio de impartición de justicia;
en tal sentido, corresponde a la Presidencia de esta Corte
adoptar las medidas pertinentes a n de optimizar el
funcionamiento de los Salas Laborales de Lima;
Por lo expuesto, y en ejercicio de las facultades
conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90 del Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER el cierre de turno a
partir del día siguiente de la publicación de la presente
Resolución Administrativa, de la 6° Sala Laboral
Permanente de Lima.
Articulo Segundo.- DISPONER que la Unidad
Administrativa y de Finanzas mediante su Coordinación
de Informática, velar por la adecuación del Sistema
Informático Judicial (SU) para el cumplimiento de la
presente resolución, asegurando la operatividad de los
módulos informáticos a utilizarse en la presente resolución
administrativa, realizando un seguimiento y monitoreo del
sistema, asimismo, informar de las actividades realizadas,
contingencias y soluciones que se presenten, a la Unidad
de Planeamiento y Desarrollo.
Artículo Tercero.- PONER la presente resolución
en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial,
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General
del Poder Judicial, O cina de Control de la Magistratura,
O cina Desconcentrada da la Magistratiíra - ODECMA
Lima, Gerencia de Administración Distrital de la Corte
Superior de Justicia de Lima, Unidad de Plani cación y
Desarrollo.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA
Presidente
1279350-1
ORGANOS AUTONOMOS
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS
PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Opinan favorablemente para que el
Banco Financiero del Perú lleve a cabo
programa de emisiones de instrumentos
representativos de deuda subordinada
denominado “Segundo Programa de Bonos
Subordinados - Banco Financiero”
RESOLUCIÓN SBS Nº 4635-2015
Lima, 13 de agosto de 2015
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Financiero del Perú
S. A. mediante comunicación de fecha 24 de junio de 2015,
para que se le otorgue opinión favorable para la emisión
del programa de instrumentos representativos de deuda
subordinada denominado “Segundo Programa de Bonos
Subordinados - Banco Financiero”, hasta por un monto
de S/. 150’000,000.00 (ciento cincuenta millones y 00/100
nuevos soles) o su equivalente en dólares americanos,
y una vigencia de seis (06) años, contados a partir de su
inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de
la Superintendencia del Mercado de Valores; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros, aprobada por Ley Nº 26702 y sus
modi catorias, en adelante Ley General, en su artículo
221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar
bonos, incluidos los bonos subordinados;
Que, la emisión de instrumentos nancieros se rige por
lo dispuesto en el artículo 232º de la Ley General, el que
dispone que la emisión de bonos subordinados debe ser
acordada por la Junta General de Accionistas, pudiendo
delegar tal facultad en el Directorio; y que la emisión
de los instrumentos nancieros requiere opinión previa
favorable de esta Superintendencia, siendo aplicable lo
previsto en el artículo 233º de la Ley General y la Circular
SBS Nº B-2074-2000;
Que, mediante Resolución SBS Nº 4727-2009 del 29
de mayo del 2009, se aprobó el Reglamento de Deuda
Subordinada aplicable a las Empresas del Sistema
Financiero, en adelante el Reglamento;
Que, el artículo 4º del Reglamento establece que las
empresas comprendidas en el literal A del artículo 16º
de la Ley General requieren opinión favorable de esta
Superintendencia para emitir instrumentos representativos
de deuda subordinada;
Que, el artículo 16º del Reglamento dispone que la
deuda subordinada redimible podrá ser considerada como
parte del patrimonio efectivo de nivel 2 de las empresas,
siempre que reúna las características generales señaladas
en el artículo 3º del Reglamento y su plazo de vencimiento
original sea mayor o igual a cinco (5) años;
Que, en sesión celebrada el 26 de marzo de 2012,
la Junta General Obligatoria Anual de Accionistas del
Banco Financiero aprobó la delegación al Directorio de la
facultad para acordar la emisión de obligaciones de bonos
subordinados o de cualquier otro tipo;
Que, en sesión de Directorio del Banco Financiero,
celebrada el 23 de junio de 2015, se aprobó por unanimidad
el “Segundo Programa de Bonos Subordinados - Banco
Financiero”, hasta por un monto de S/. 150’000,000.00
(ciento cincuenta millones y 00/100 nuevos soles) o su
equivalente en dólares americanos, con una vigencia de
seis (06) años;
Que, el Banco Financiero ha cumplido con presentar
la documentación requerida por el procedimiento Nº
111 “Pronunciamiento sobre la emisión de instrumentos
representativos de deuda subordinada - Empresas del
Sistema Financiero”, del Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA), aprobado mediante Resolución
SBS Nº 3082-2011 y modi catorias;
Que, asimismo, el programa de bonos subordinados,
cuya opinión favorable se solicita, reúne las características
de la deuda subordinada redimible computable como
patrimonio efectivo de nivel 2, señaladas en el artículo
233º de la Ley General y en el artículo 16º del Reglamento;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “A” y el Departamento Legal; y, con
la opinión favorable de las Superintendencias Adjuntas de
Banca y Micro nanzas y de Asesoría Jurídica;
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley
General;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que
el Banco Financiero del Perú lleve a cabo un programa

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