Resolución Nº 4545-2023-TCE-S2, Tribunal de Contrataciones del Estado, 30 de noviembre de 2023

Fecha30 Noviembre 2023
Número de resolución4545-2023-TCE-S2
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 04545-2023-TCE-S2
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Sumilla: “(…) En atención a ello, cabe tener
en cuenta que el consentimiento de
la resolución del contrato por parte
del contratista, constituye una
consecuencia que deriva de su
exclusiva responsabilidad, en tanto
que, desde que participó en el
procedimiento de selección, se
sujetó a las disposiciones
precedentemente expuestas.
Lima, 30 de noviembre de 2023.
VISTO en sesión del 30 de noviembre de 2023, de la Segunda Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado el Expediente 1966/2022.TCE, sobre el
procedimiento administrativo sancionador generado contra la empresa E&L
INVERSIONES GROUP S.A.C., por su presunta responsabilidad administrativa al
haber ocasionado que la Entidad resuelva parcialmente el contrato derivado del
procedimiento de selección , en el marco de la Adjudicación Simplificada N° 061-
2019-MTC/10 Primera Convocatoria; infracción tipificada en el literal f) del
numeral 50.1 del artículo 50 del TUO de la Ley y su Reglamento aprobado por el
Decreto Supremo N° 344-2018-EF, y atendiendo a lo siguiente:
I. ANTECEDENTES:
1. De acuerdo a la información publicada en el Sistema Electrónico de Contrataciones
del Estado SEACE, el 31 de diciembre de 2019, el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, en adelante la Entidad, convocó la Adjudicación Simplificada N°
061-2019-MTC/10 Primera Convocatoria para la contratación del servicio: “De
instalación de Riego por Aspersión en la Sede Central y Centro de Esparcimiento
del MTC”, por un valor estimado ascendente a S/ 367,474.57 (Trescientos sesenta
y siete mil cuatrocientos setenta y cuatro con 57/100 soles), en adelante el
procedimiento de selección.
Dicho procedimiento de selección fue convocado bajo la vigencia del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 30225, aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF,
Firmado digitalmente por PAZ
WINCHEZ Daniel Alexis Nazazi FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 30.11.2023 12:26:07 -05:00
Firmado digitalmente por CHAVEZ
SUELDO Olga Evelyn FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 30.11.2023 14:59:43 -05:00
Firmado digitalmente por QUIROGA
PERICHE Carlos Enrique FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 30.11.2023 17:44:30 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 04545-2023-TCE-S2
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en adelante el TUO de la Ley
1
, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo
N° 344-2018-EF, en adelante el Reglamento.
2. De acuerdo con el respectivo cronograma, el 13 de enero de 2020 se llevó a cabo
la presentación de ofertas, y el 20 del mismo mes y año, se otorgó la buena pro
del procedimiento de selección a la empresa E&L INVERSIONES GROUP S.A.C.
(con RUC N° 20547696108), por el valor de su oferta económica ascendente a S/
290,000.00 (Doscientos noventa mil con 00/100 soles).
El 20 de enero de 2020 se registró en la plataforma del SEACE la condición de
adjudicado, y el 28 del mismo mes y año, el consentimiento de la buena pro del
procedimiento de selección.
El 17 de febrero del 2020, la Entidad y la empresa E&L INVERSIONES GROUP S.A.C.,
en adelante el Contratista, suscribieron el Contrato N°036-2020-MTC/10.2, en
adelante el contrato, derivado del procedimiento de selección.
2. Mediante Formulario de Aplicación de Sanción La Entidad y Oficio N° 1125-2022-
MTC/10.02 presentados el 16 de marzo de 2022 a través de la Mesa de Partes
Digital del Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, la
Entidad denunció que el Adjudicatario habría ocasionado la resolución del
contrato derivado del procedimiento de selección.
Para tal efecto, a través del Informe N° 0030-2022-MTC/10.02.02 del 11 de marzo
de 2022, señaló lo siguiente:
Con fecha 17 de febrero de 2020, suscribió con el Contratista, el contrato
con un plazo de ejecución de ciento veinte (120) días calendario, el mismo
que se computa desde el día siguiente de suscrita el acta de instalación del
servicio, la misma que se suscribió el 21 de febrero de 2020.
Mediante Carta N° 069-2020/E&L-INVERGROUP del 12 de noviembre de
2020, el Contratista solicitó la ampliación del plazo de ejecución, por atrasos
o paralizaciones que no resultarían imputables a su representada, de
acuerdo a lo establecido en el literal b) del artículo 158 del Reglamento de
la Ley.
1
Publicado en el Diario Oficial El Peruano el 13 de marzo de 2019. Texto que compila la Ley N° 30225, Ley de
Contrataciones del Estado, modificada por los Decretos Legislativos N° 1341 y 1444.

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