Resolución Nº 4512-2021-TCE-S3, Tribunal de Contrataciones del Estado, 30 de diciembre de 2021

Número de resolución4512-2021-TCE-S3
Fecha30 Diciembre 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº4512-2021-TCE-S3
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Sumilla: “(...) la infracción consistente en presentar documentos con información
inexacta, en la que ha incurrido el Postor vulnera los principios de
presunción de veracidad e integridad, los cuales deben regir a todos los
actos vinculados a las contrataciones públicas; dichos principios, junto a
la fe pública, constituyen bienes jurídicos merecedores de protección
especial, pues constituyen los pilares de las relaciones suscitadas entre la
Administración Pública y los administrados.”
Lima, 30 de diciembre de 2021
VISTO en sesión del 30 de diciembre de 2021 de la Tercera Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N°3044/2018.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador seguido contra la empresa CONSTRUCTORA Y EJECUTORA
SERVICIOS GENERALES SAN JOSÉ por su presunta responsabilidad al haber presentado
documentación falsa o adulterada e información inexacta ante el Municipalidad Distrital de
Cortegana, en el marco de la Licitación Pública N° 002-2018-MDC Primera Convocatoria,
infracciones tipificadas en los literal i) y j) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de
Contrataciones del Estado, modificada por el Decreto Legislativo N° 1341, y atendiendo a
los siguientes:
I. ANTECEDENTES
1. Según la información registrada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del
Estado SEACE, el 19 de enero del 2018, la Municipalidad Distrital de Cortegana, en
adelante la Entidad, convocó la Licitación Pública 002-2018-MDC Primera
Convocatoria para la “Construcción de sistema de agua potable, alcantarillado y
planta de tratamiento de aguas residuales
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con un valor referencial de
S/ 4,394,560.30 (cuatro millones trescientos noventa y cuatro mil quinientos sesenta
con 30/100 soles), en adelante el procedimiento de selección.
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La denominación del procedimiento de selección señalada en la ficha del SEACE indica: “Construcción de sistema
de agua potable, alcantarillado y planta de tratamiento de aguas residuales”. Sin embargo, en las bases integradas
la denominación del mismo procedimiento es: “Mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable y
alcantarillado de la localidad de Cortegana, distrito de Cortegana - Celendín Cajamarca”.
Firmado digitalmente por INGA
HUAMAN Hector Marin FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 30.12.2021 19:38:55 -05:00
Firmado digitalmente por HERRERA
GUERRA Jorge Luis FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 30.12.2021 19:43:54 -05:00
Firmado digitalmente por ROJAS
VILLAVICENCIO DE GUERRA Maria
Del Guadalupe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 30.12.2021 21:23:27 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº4512-2021-TCE-S3
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2. Cabe indicar, que el proceso de selección fue convocado al amparo de lo dispuesto en
la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, modificada por el Decreto
Legislativo 1341, en adelante la Ley, y su Reglamento aprobado por el Decreto
Supremo N° 350-2015-EF y modificado por el Decreto Supremo N° 056-2017-EF, en
adelante el Reglamento.
3. Con Resolución de Alcaldía N° 146-2018-MDC/A del 14 de mayo de 2018 se declaró la
nulidad del procedimiento de selección y se resolvió retrotraer a la etapa de
integración de bases.
4. El 11 de junio de 2018, se llevó a cabo la presentación de ofertas y, el 22 del mismo
mes y año se otorgó la buena pro al Consorcio Cortegana. Sin embargo, mediante
Resolución de Alcaldía N° 203- 2018-MDC/A
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del 18 de julio de 2018, se declaró la
nulidad del otorgamiento de la buena pro del procedimiento de selección por lo que
se retrotrajo el procedimiento hasta la etapa de calificación de ofertas. Siendo
declarado desierto el procedimiento, debido a que los postores presentaron
documentación inexacta y no cumplieron con los requisitos establecidos.
5. Mediante formato de solicitud de aplicación de sanción-Entidad/Tercero, presentado
3
el 08 de agosto del 2018 ante la Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones del
Estado, en lo sucesivo el Tribunal, la Entidad puso en conocimiento que el Postor
habría presentado supuestos documentos falsos o adulterados y con información
inexacta en el marco del procedimiento de selección.
A efectos de sustentar su denuncia, adjuntó el Informe N° 020-2018-MDC/PPM
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del
07 de agosto del 2018, en el cual expuso lo siguiente:
i) Mediante Resolución de Alcaldía N° 203- 2018-MDC/A
5
se declaró la
nulidad de oficio del otorgamiento de buena pro al Consorcio Cortegana,
por lo que se procedió a la evaluación de los siguientes postores y se
2
Obrante en el folio 22 del expediente administrativo.
3
Obrante a folios 1 al 2 del expediente administrativo.
4
Obrante en el folio 13 del expediente administrativo.
5
Obrante en el folio 22 del expediente administrativo.

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