Resolución Nº 451-2017-SUNARP-TR-L de Tribunal Registral de Lima, del 28-02-2017

Número de resolución451-2017-SUNARP-TR-L
Fecha28 Febrero 2017
EmisorTribunal Registral de Lima (Perú)
MateriaPropiedad inmueble,Prevalencia catastral de conformidad con el artículo 73 del reglamento del decreto legislativo 1089 aprobado por el decreto supremo n° 032-2008-vivienda, procede la inscripción de la determinación de área y medidas perimétricas de un predio rústico, en mérito al título otorgado por cofopri, aun cuando no exista información técnica suficiente en la partida registral o sus antecedentes registrales, por cuanto la información técnica emitida por dicho ente prevalece y sustituye a la que obra en el registro, siempre que se deje constancia expresa que no se afecta propiedades de terceros.
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