Resolución Nº 434-2023-SUSALUD/SSE de Superintendencia de Salud, 2023

Número de resolución434-2023-SUSALUD/SSE
Número de expediente365-2023/TRI (PAS 5633-2021)
EmisorSuperintendencia de Salud (Perú)
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TRIBUNAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD - SUSALUD
RESOLUCIÓN Nº 434-2023-SUSALUD/TRI-SSE
EXPEDIENTE Nº : 365-2023/TRI (PAS 5633-2021)
ORGANO EMISOR : Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización
SAREFIS
IMPUGNANTES : IAFAS Pacifico Salud S.A. EPS Pacifico S.A. Ent. Prestadora
de Salud
PROCEDIMIENTO : Recursos de apelación interpuestos contra la Resolución Final
en Procedimiento Trilateral Sancionador RESOLUCION
NUMERO DOS del 4 de julio de 2023.
SUMILLA: Se declara la NULIDAD de la Resolución Final en Procedimiento Trilateral
Sancionador Resolución Número Dos del 4 de julio de 2023, al haber operado la
prescripción del ejercicio de la facultad sancionadora de la Superintendencia
Nacional de Salud SUSALUD, respecto del hecho infractor 1, debiendo además,
darse por agotada la vía administrativa.
Lima, 20 de noviembre de 2023
En Lima, a los seis días del mes de noviembre de 2023, en Sesión de Segunda Sala 36-
2023, Especializada en casos de Instituciones Administradoras de Fondos de
Aseguramiento en Salud - IAFAS y Unidades de Gestión de IPRESS - UGIPRESS, de
Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS- y, de Defensa de los Derechos
en Salud de los Usuarios, se acordó lo siguiente:
I. ASUNTO
Recurso de apelación interpuesto por la IAFAS Pacifico Salud S.A. EPS Pacifico S.A.
Ent. Prestadora de Salud, co ntra la Resolución Final en Procedimiento Trilateral
Sancionador Resolución Número Dos del 4 de julio de 2023, emitida por la
Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización SAREFIS.
II. ANTECEDENTES
1. IAFAS Pacifico Salud S.A. EPS Pacifico S.A. Ent. Prestadora de Salud, es una
Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS
PRIVADA) con Código de IAFAS N° 20002
1
.
1
Información extraída de la Resolución Final en Procedimiento Trilateral Sancionador RESOLUCION NUMERO DOS
del 4 de julio de 2023.
RESOLUCIÓN N° 434-2023-SUSALUD/TRI-SSE
EXPEDIENTE 365-2023/TRI
(EXPEDIENTE PAS 5633-2021)
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2. Mediante Ficha de Intervención N° 209828-2019 (obra a foja N° 13), presentada
el 24 de agosto del 2018, la señora R (en adelante,
la Denunciante) interpuso una denuncia en contra de la IAFAS Pacífico S.A. EPS
(en adelante, la Denunciada), por una presunta falta de cobertura oportuna del
medicamento enoxaparina el día 25 de setiembre de 2018.
3. En atención a ello y, luego de realizar el procedimiento de atención de la referida
queja, la Intendencia de Protección de Derechos en Salud (en adelante, la IPROT)
emitió el Informe N° 03503-2021/IPROT el 13 de agosto de 2021 (obra a foja N°
247 a 257), el mismo que fue derivado a la Intendencia de Fiscalización y Sanción
(en adelante, IFIS) a través del Memorándum Nº 04597-2021-SUSALUD/IPROT
de fecha 15 de octubre de 2021, así como todos los actuados generados, por
haberse identificado hechos presuntivos de comisión de infracciones.
4. Tal es así que, mediante Resolución Número Uno del 21 de setiembre de 2022
(obra a foja N° 263 a 269), se dispuso iniciar el Procedimiento Trilateral
Sancionador contra la Denunciada, quien fue debidamente notificada el 26 de
setiembre de 2022, mediante Notificación Electrónica Nº 00012079 (obra a foja
271), y a la Denunciante, mediante Carta N° 001544-2022-SUSALUD/IFIS
(obra a foja N° 273). Tal como se detalla a continuación:
HECHO IMPUTADO N° 1
HECHO IMPUTADO
PRESUNTA NORMA
CONTRAVENIDA
PRESUNTA
INFRACCION
INCURRIDA
POSIBLE
SANCIÓN A
IMPONER
La Denunciada no habría
brindado cobertura
oportuna a la
Denunciante; toda vez
que, mediante Carta 18-
102397-1, rechazó
injustificadamente la
cobertura del
medicamento
Enoxaparina, el cual era
el medicamento
correspondiente para
brindar tratamiento a la
Denunciante respecto a
sus diagnósticos y
antecedentes clínicos.
Reglamento de la Ley
29414, Ley que
establece los Derechos
de las Personas
Usuarias de los
Servicios de Salud
aprobado por Decreto
Supremo Nº 027-2015-
SA:
‘’Artículo 10.- Derecho
al acceso a servicios
(…)
Toda persona tiene
derecho a obte ner
servicios,
medicamentos y
productos sanitarios
adecuados y necesarios
Infracción tipificada en
el Decreto Supremo N°
031-2014-SA
Reglamento de
Infracciones y
Sanciones de SUSALUD,
Anexo I, Infracciones
Aplicables a las IAFAS,
Anexo I-A,
Infracciones aplicables
a las IAFAS
contempladas en los
numerales 1, 2, 3, 4, 5,
8, 9 y 10 del artículo 6°
del D.L. 1158,
Infracciones Graves,
Numeral 1: ‘’No
brindar cobertura
oportuna a los
afiliados (…) de
acuerdo a las
Con multa de
hasta
trescientas
(300) UIT.

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