Resolución Nº 433-2023-SUSALUD/PSE de Superintendencia de Salud, 2023
Número de resolución | 433-2023-SUSALUD/PSE |
Número de expediente | Expediente Nº 364-2023/TRI (Expediente PAS Nº 2683- 2021) |
Emisor | Superintendencia de Salud (Perú) |
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TRIBUNAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD - SUSALUD
RESOLUCIÓN Nº 433-2023-SUSALUD/TRI-PSE
EXPEDIENTE Nº : Expediente Nº 364-2023/TRI (Expediente PAS Nº 2683-
2021)
PROCEDENCIA : Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización -
SAREFIS
IMPUGNANTE : IPRESS Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren – Red
Prestacional Sabogal – Seguro Social de Salud
ADMINISTRADA : en representación de la
menor de iniciales D.S.D.B.
PROCEDIMIENTO : Recurso de apelación interpuesto contra la Resolución Final
en Procedimiento Trilateral Sancionador – Resolución
número Dos de fecha 27 de junio de 2023.
SUMILLA: Se declara la NULIDAD de la Resolución Final en Procedimiento Trilateral
Sancionador, al haber operado la prescripción de la facultad sancionadora d e la
Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD, d ándose por agotada la vía
administrativa.
Lima, 20 de noviembre de 2023
En Lima, a los seis días del mes de noviembre de 2023, en Sesión de Primera Sala Nº
075-2023, Especializada en casos de Instituciones Administradoras de Fondos de
Aseguramiento en Salud – IAFAS y Unidades de Gestión de IPRESS – UGIPRESS, de
Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPRESS – y, de Defensa de los
Derechos en Salud de los Usuarios; se acordó lo siguiente:
I. ASUNTO
1. Recurso de apelación interpuesto por la IPRESS Hospital Nacional Alberto
Sabogal Sologuren – Red Prestacional Sabogal – Seguro Social de Salud –
EsSalud, contra la Resolución Final en Procedimiento Trilateral Sancionador –
Resolución número Dos de fecha 27 de junio de 2023, emitida por la
Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización – SAREFIS, recaída en el
Expediente PAS Nº 2683-2021.
RESOLUCIÓN Nº 433-2022-SUSALUD/TRI-PSE
EXPEDIENTE Nº 364-2023/TRI
(EXPEDIENTE PAS Nº 2683-2021)
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II. ANTECEDENTES
1. Asociación Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren – Red Prestacional
Sabogal – Seguro Social de Salud – EsSalud, es una Institución Prestadora de
Servicios de Salud (IPRESS) publica, identificada con Código Único de IPRESS N°
00008265 y registrada con categoría III-1
1
.
2. Mediante Ficha de Intervención Nº 233279-2019 de fecha 23 de octubre de
2019 (corre a fojas 10 del Exp PAS. 2683-2021), la señora
(en adelante, señora “ ”) presentó denuncia contra la
IPRESS Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren – Red Prestacional Sabogal
– Seguro Social de Salud – EsSalud (en adelante, “IPRESS Hospital Nacional
Alberto Sabogal Sologuren”), por presunta inadecuada atención a su menor hija
de iniciales D.S.D.B. debido a que le asignaron una consulta en el servicio de
neurología para el día 4 de octubre de 2018, en vez del servicio de
neuropediatría.
3. Efectuada la investigación del caso, la Intendencia de Protección de Derechos
en Salud – IPROT emitió el Informe de Intervención N° 01389-2021/IPROT de
fecha 16 de abril de 2021, (corre de fojas 35 a 37 – Exp. PAS 2683-2021) y lo
remitió con Memorándum N° 02401-2021-SUSALUD/IPROT de fecha 24 de
mayo de 2021, con fecha de recepción 1 de junio de 2021 (corre a fojas 43 – Exp.
PAS 2683-2021), a la Intendencia de Fiscalización y Sanción – IFIS, a fin de que
evalúe el Inicio de Procedimiento Administrativo Sancionador correspondiente.
4. Mediante Resolución de Inicio de Procedimiento Trilateral Sancionador –
Resolución número Uno del 12 de setiembre de 2022 (corre de fojas 45 a 48 –
Exp. PAS 2683-2021) notificada el 12 de setiembre de 2022, a la IPRESS Hospital
Nacional Alberto Sabogal Solo guren, mediante notificación electrónica N°
00011717 a la casilla N° 20131257750 (cargo de notificación corre a fojas 4 9 y
50 – Exp. PAS 2683-2021); y, notificada el 12 de setiembre de 2022, a la señora
, a su correo electrónico (cargo de
notificación corre a fojas 55 – Exp. PAS 2683-2021); la Intendencia de
Fiscalización y Sanción – IFIS, resolvió:
ARTÍCULO 1º . - DISPONER el inic io de Procedimiento Trilateral
Sancionador a la IPRESS Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren de
la Red Asistencial Sabogal, por los siguientes cargos:
Hecho Imputado N° 1: Infracció n tipificada en la Ley N °
Artículo 18º: "Se entiende por idoneidad la
correspondencia en tre lo qu e un consumidor espera y lo
que efectivamente recibe, en función a lo que se le hubiera
ofrecido, la publicidad e información transmitida, las
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Información obrante en el Registro Nacional de IPRESS - RENIPRESS.
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