Resolución Nº 4328-2023-TCE-S3, Tribunal de Contrataciones del Estado, 9 de noviembre de 2023

Fecha09 Noviembre 2023
Número de resolución4328-2023-TCE-S3
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 4328-2023-TCE
-S3
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Sumilla: El hecho qu e el Adjudicatario haya declarado en su Anexo
N.° 1 como su representante a una persona distinta a la que
registró ante Digemid no implica que dicho documento haya
sido completado de forma incorrecta o que haya declarado
información inexacta, pues, como se ha podido advertir,
tiene más de una representante, supuesto permitido por
ley”.
Lima, 9 de noviembre de 2023.
VISTO en sesión del 9 de noviembre de 2023, de la Tercera Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N.º 9829/2023.TCE, sobre el recurso de
apelación interpuesto por el postor Grey Inversiones S.A.C. contra el otorgamiento de la
buena pro de la Subasta Inversa Electrónica N.º 03-2023-DIRSAPOL Primera
convocatoria; y atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. De acuerdo a la información registrada en el SEACE, el 8 de setiembre de 2023, la
Unidad Ejecutora 020: Sanidad de la Policía Nacional del Perú, en adelante la
Entidad, convocó la Subasta Inversa Electrónica N.º 03-2023-DIRSAPOL Primera
convocatoria, efectuada para la contratación de bienes: “Adquisición de productos
farmacéuticos esenciales para el abastecimiento de las diferentes IPRESS PNP para
el año fiscal 2023, con un valor estimado total de S/ 2 218 584.80 (dos millones
doscientos dieciocho mil quinientos ochenta y cuatro con 80 /100 soles), en
adelante el procedimiento de selección.
Dicho procedimiento de selección fue convocado bajo el marco normativo del
Texto Único Ordenado de la Ley N 30225, Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado por el Dec reto Supremo N.º 082-2019-EF, en adelante la Ley, y su
Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.º 344-2018-EF y modificatorias,
en lo sucesivo el Reglamento.
El Ítem N.° 1, materia de impugnación, tuvo por objeto la adquisición de 1900
inyectables de albúmina humana 20 g/10 ml 50 ml, por el valor estimado de
S/ 427 500.00
Según el cronograma del procedimiento de selección, entre el 11 y el 19 de
setiembre de 2023, se llevó a cabo el registro de participantes y de ofertas;
asimismo, el 20 de setiembre de 2023, se efectuó la apertura de ofertas y el
periodo de lances; por último, el 25 del mismo mes y año, se realizó el
Firmado digitalmente por SAAVEDRA
ALBURQUEQUE Paola FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 09.11.2023 22:57:03 -05:00
Firmado digitalmente por HERRERA
GUERRA Jorge Luis FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 09.11.2023 22:57:43 -05:00
Firmado digitalmente por
VILLANUEVA SANDOVAL Victor
Manuel FAU 20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 09.11.2023 23:12:36 -05:00
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otorgamiento de la buena pro del procedimiento de selección a favor del postor
Yargo Internacional E.I.R.L., en adelante el Adjudicatario, por el importe de
S/ 256 500.00 (doscientos cincuenta y seis mil quinientos con 00/100 soles),
obteniéndose los siguientes resultados
1
:
POSTOR
ETAPAS
Último lance
Orden de
prelación
según
reporte
automático
del SEACE
Documentos
de
presentación
obligatoria y
requisitos de
habilitación
Yargo Internacional E.I.R.L.
S/ 256 500.00
1
Cumple
Grey Inversiones S.A.C.
S/ 285 000.00
2
Cumple
ASG Farma S.A.C.
S/ 427 500.00
3
Cumple
Corval Pharmaceutical
S.A.C.
S/ 470 000.00
4
Cumple
2. Mediante escrito s/n, presentado el 2 de octubre de 2023 ante la Mesa de Partes
del Tribunal de Contrataciones del Estado, en lo sucesivo el Tribunal, subsanado
el día 4 del mismo mes y año, el postor Grey Inversiones S.A.C., en adelante el
Impugnante, interpuso recurso de apelación contra el otorgamiento de la buena
pro del ítem N.° 1 del procedimiento de selección, solicitando como pretensiones
que se declare la nulidad del procedimiento de selección hasta la emisión del
reporte derivado del periodo de lances, se declare no admitida la oferta del
Adjudicatario y se le adjudique la buena pro del Ítem N.° 1 del procedimiento de
selección.
A efectos de acreditar sus pretensiones, señala los siguientes argumentos:
1
Información extraída del “Acta de admisión de ofertas, evaluación, calificación y otorgamiento de la buena
pro” de fecha 23 de setiembre de 2023, notificada a través del SEACE el 25 del mismo mes y año.
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En cuanto al desarrollo del procedimiento:
Manifiesta que, en el momento que la Entidad publicó el otorgamiento de la
buena pro del Ítem N.° 1, se dio con la sorpresa de que hubo otro postor que
tuvo una mejor propuesta económica, ya que, según señala, estuvo atento
al cierre de la etapa de lances, teniendo su empresa hasta el último
momento el primer lugar. Para sustentar ello, adjunta una imagen del SEACE
en el que su último lance se ubica en primer lugar.
Alega que esta actuación genera incertidumbre sobre el desarrollo del Ítem
N.° 1 del procedimiento de selección, teniendo en consideración la
importancia del SEACE en este tipo de contrataciones.
Adicionalmente, señala que, en el día del periodo de lances, el SEACE estuvo
inoperativo en algunas oportunidades, lo que podría explicar lo sucedido,
pero que igualmente debe subsanarse la actuación mencionada, por haberle
generado perjuicio.
Cuestionamientos a la oferta del Adjudicatario:
(i) Sobre el Anexo N.° 1:
Menciona que el Adjudicatario consignó en el Anexo N.° 1 de su oferta
datos de una representante legal que no se encuentra inscrito como
tal en el Registro de Establecimientos Farmacéuticos administrado por
Digemid, ni en contratos firmados con terceros que obran en su
propuesta.
(ii) Sobre la vigencia del registro sanitario:
Adicionalmente, señala que el Adjudicatario presentó en las páginas
16 y 17 de su oferta, el registro sanitario de su producto, y en las
páginas 14 y 15, la declaración jurada VUCE de la solicitud de
reinscripción del mismo, la cual, según manifiesta, fue realizada fuera
de tiempo.
Explica que el registro sanitario venció el 21 de diciembre del 2022 y el
titular del mismo solicitó la segunda reinscripción de registro sanitario
el día 28 del mismo mes y año.

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