Resolución Nº 4307-2023-TCE-S2, Tribunal de Contrataciones del Estado, 8 de noviembre de 2023

Fecha08 Noviembre 2023
Número de resolución4307-2023-TCE-S2
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 04307-2023-TCE-S2
Sumilla: (…) cada postor debe ser diligente, y presentar ofertas
claras, congruentes y completas, de modo tal que el
Comité de Selección pueda a dvertir lo que el postor
oferta, sin recurrir a interpretaciones (…)”.
Lima, 8 de noviembre de 2023.
VISTO en sesión del 8 de noviembre de 2023 de la Segunda Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N°9859/2023.TCE, sobre el recurso de
apelación interpuesto por el postor Diagnostica Peruana S.A.C., en el marco de la
Adjudicación Simplificada 14-2023-INMP - Primera Convocatoria, convocada por el
Instituto Nacional Materno Perinatal, para la contratación de bienes: "Adquisición anual
de medios para hemocultivo neonatos y adultos"; atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. Según la información publicada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del
Estado (SEACE), el 21 de agosto de 2023, el Instituto Nacional Materno Perinatal,
en lo sucesivo la Entidad, convoc la Adjudicación Simplificada 14-2023-INMP -
Primera Convocatoria, para la contratación de bienes: "Adquisición anual de
medios para hemocultivo neonatos y adultos", por un valor estimado ascendente
a S/248,696.70 (doscientos cuarenta y ocho mil seiscientos noventa y seis con
70/100 soles), en adelante el procedimiento de selección.
Dicho procedimiento de selección fue convocado bajo el marco normativo del
Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante la Ley; y, su
Reglamento aprobado por el Decreto Supremo 344-2018-EF, y sus
modificatorias, en adelante el Reglamento.
El 20 de setiembre de 2023, se llevó a cabo la presentación de ofertas por vía
electrónica y el 26 del mismo mes y año se notificó, a través del SEACE, el
otorgamiento de la buena pro al postor Quimtia S.A., de acuerdo a los siguientes
resultados:
Firmado digitalmente por CHAVEZ
SUELDO Olga Evelyn FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 08.11.2023 16:25:48 -05:00
Firmado digitalmente por PAZ
WINCHEZ Daniel Alexis Nazazi FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 08.11.2023 16:41:31 -05:00
Firmado digitalmente por QUIROGA
PERICHE Carlos Enrique FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 08.11.2023 16:42:55 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 04307-2023-TCE-S2
POSTOR
ETAPAS
ADMISIÓN
PRECIO OFERTADO
(S/)
EVALUACIÓN Y
ORDEN DE
PRELACIÓN
RESULTADO
QUIMTIA S.A.
Admitido
151,731.00
1
Adjudicatario
DIAGNOSTICA PERUANA
S.A.C.
Admitido
247,800.00
2
Calificado
2. Mediante Escrito N°1 debidamente subsanado con Escrito N°2, presentados el 3 y
5 de octubre de 2023, respectivamente, ante la Mesa de Partes Digital del
Tribunal, en adelante el Tribunal, el postor Diagnostica Peruana S.A.C., en
adelante el Impugnante, interpuso recurso de apelación contra el otorgamiento
de la buena pro al Adjudicatario, solicitando que se revoque la decisión de admitir
su oferta y el otorgamiento de la buena pro, y; en consecuencia, se le otorgue la
buena pro, en base a los siguientes argumentos:
i. Como se puede apreciar en la Hoja de presentación del equipo en cesión
de uso, se declara que el equipo ofertado es del modelo: BC120 y cuyo
fabricante es la empresa Autobio Labtec Instruments CO., LTD; sin
embargo, a folio 40 de referida oferta se puede apreciar una folletería del
equipo ofertado (modelo: BC120) la cual no es emitida por su fabricante
Autobio Labtec Instruments CO., LTD., sino por la empresa Autobio
Diagnostics Co., Ltd.
En ese orden de ideas y reafirmando que el Adjudicatario no solo no
cumplió con acreditar las especificaciones técnicas del equipo en cesión
de uso ofertado (modelo: bc120) sino que además presenta información
incongruente en relación a la información que brinda en su propia oferta
respecto de quien es el fabricante de dicho equipo, del folio 48 al 50, se
adjunta una Carta "supuestamente de su fabricante"; no obstante dicho
documento con el que se pretende acreditar las especificaciones técnicas
del Equipo en Cesión de Uso fue emitido por la empresa AUTOBIO
DIAGNOSTICS CO., LTD. y no por AUTOBIO LABTEC INSTRUMENTS CO.,

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