Resolución Nº 4228-2023-TCE-S3, Tribunal de Contrataciones del Estado, 2 de noviembre de 2023

Fecha02 Noviembre 2023
Número de resolución4228-2023-TCE-S3
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 4228-2023-TCE
-S3
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Sumilla: “(…) el vicio incurrido resulta trascendente en el presenta
caso, pues está directamente relacionado algunos de los
puntos controvertidos; por tanto, no es posible
conservarlo al haberse contravenido el numeral 1 del
artículo 10 del TUO de la LPAG, las bases estándar
aplicables al procedimiento de selección y los principios de
libertad de concurrencia, transparencia y competencia,
establecidos los literales a), c) y e) del artículo 2 de la Ley”.
Lima, 2 de noviembre de 2023.
VISTO en sesión del 2 de noviembre de 2023, de la Tercera Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N.º 9588/2023.TCE, sobre el recurso de
apelación interpuesto por el postor Medio Ambiente Salud y Educación
Representaciones S.A.C. Mased Representaciones S.A.C. contra el otorgamiento de la
buena pro a favor del Adjudicatario de la Licitación Pública N° 1-2023-DRAP/CS Primera
Convocatoria; y atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. De acuerdo a la información registrada en el SEACE, el 17 de julio de 2023, el
Gobierno Regional de Pasco Dirección Regional Agraria, en adelante la Entidad,
convocó la Licitación blica 1-2023-DRAP/CS Primera convocatoria,
efectuada para la “Adquisición de equipo de planta de nitrógeno para el proyecto:
Mejoramiento de la cadena productiva del ganado vacuno de leche en la provincia
Pasco, región Pasco”, con un valor estimado de S/ 695 000.00 (seiscientos noventa
y cinco mil con 00/100 soles), en adelante el procedimiento de selección.
Dicho procedimiento de selección fue convocado bajo el marco normativo del
Texto Único Ordenado de la Ley N.º 30225, Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado por el Decreto Supremo N.º 082-2019-EF, en adelante la Ley, y su
Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.º 344-2018-EF y modificatorias,
en lo sucesivo el Reglamento.
Según el cronograma del procedimiento de selección, el 29 de agosto de 2023, se
llevó a cabo la presentación de ofertas electrónica; asimismo, el día 11 de
setiembre del mismo año, se notificó a través del SEACE el otorgamiento de la
buena pro del procedimiento de selección al postor ROCKINK IMM S.A.C., en
Firmado digitalmente por SAAVEDRA
ALBURQUEQUE Paola FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 02.11.2023 12:36:56 -05:00
Firmado digitalmente por INGA
HUAMAN Hector Marin FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 02.11.2023 14:35:39 -05:00
Firmado digitalmente por HERRERA
GUERRA Jorge Luis FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 02.11.2023 14:52:23 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
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adelante el Adjudicatario, por el importe de S/ 635 000.00 (seiscientos treinta y
cinco mil con 00/100 soles), obteniéndose los siguientes resultados
1
:
POSTOR
ETAPAS
Admisión
Evaluación
Orden de
prelación
Calificación y
resultados
Evaluación económica
Puntaje
total
obtenido
Rockink Imm S.A.C.
Admitido
98
1
Calificado
(Adjudicatario)
Medio Ambiente
Salud y Educación
Representaciones
S.A.C. MASED
Representaciones
S.A.C.
Admitido
65.35
2
Calificado
(2do. lugar)
2. Mediante Escrito N° 1, presentado el 21 de setiembre de 2023 ante la Mesa de
Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado, en lo sucesivo el Tribunal,
subsanado el 25 del mismo mes y año, el postor Medio Ambiente Salud y
Educación Representaciones S.A.C. Mased Representaciones S.A.C., en adelante
el Impugnante, interpuso recurso de apelación contra el otorgamiento de la buena
pro, solicitando como pretensiones que se descalifique la oferta del Adjudicatario,
se revoque la buena pro, y, en su lugar, esta le sea adjudicada. Al respecto, efectúa
los siguientes cuestionamientos a la oferta del Adjudicatario:
Sobre el Anexo 3 Declaración jurada de cumplimiento de las
especificaciones técnicas
Indica que en el Anexo N° 3 Declaración jurada de cumplimiento de las
especificaciones técnicas, el Adjudicatario ha agregado y modificado el
formato previsto en las bases integradas, toda vez que ha consignado si
cumplimos con los requerimientos técnicos mínimos solicitados”; es decir
ratifica que cumple con los requerimientos técnicos.
Sin embargo, dicha declaración no se ajusta a lo solicitado en el
1
Información extraída del “Acta de otorgamiento de buena pro: Bienes, servicios en general y obras (para
procedimientos cuya presentación de ofertas se realiza en acto público o privado)” del 8 de setiembre de
2023.

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