RESOLUCION N° 420-2015/SBN-DGPE-SDAPE - Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en los departamentos de Moquegua, Lima, Ancash, Ica y Piura

Fecha de disposición07 Junio 2015
Fecha de publicación07 Junio 2015
El Peruano
Domingo 7 de junio de 2015
554534
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCION N° 420-2015/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 28 de mayo del 2015
Visto el Expediente N° 490-2015/SBN-SDAPE,
correspondiente al trámite de primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 071
237,84 m², ubicado a aproximadamente a 15 Km. al
Suroeste de la ciudad de Casma y a 1.3 Km. al Noreste
de Punta El Huaro, en el distrito de Comandante Noel,
provincia de Casma, departamento de Ancash;
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional
de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar
las acciones que realicen las entidades que conforman
el mencionado Sistema, en materia de adquisición,
disposición, administración y registro de los bienes
estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos
actos respecto de los bienes estatales que se encuentran
bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor,
conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema
Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado
Que, revisada la base gráf‌i ca de propiedades con la
que cuenta esta Superintendencia, se identif‌i có el terreno
de1 816 706,48 ubicado a aproximadamente a 15 Km. al
Suroeste de la ciudad de Casma y a 1.3 Km. al Noreste
de Punta El Huaro, en el distrito de Comandante Noel,
provincia de Casma, departamento de Ancash, que se
encontraría sin inscripción registral;
Que, mediante Of‌i cio N° 771-2014-SUNARP-Z.R.VII/
ORC-MP de fecha 09 de octubre de 2014 (fojas 03) la
Zona Registral N°VII-Sede Huaraz, remite el certif‌i cado de
Búsqueda Catastral de fecha 28 de agosto de 2014 sobre
la base del Informe Técnico N° 0700-2014-Z.R.N°VII/OC-
HZ de fecha 22 de agosto de 2014 (fojas 04) donde señala
que respecto al área en consulta se encuentra en zona de
dominio restringido-Ley N°26856-Playas del Litoral y zona
de playa;
Que, realizada la inspección técnica con fecha 27 de
enero de 2015 (fojas 06) se observó que el terreno es de
naturaleza eriaza, árido, se encuentra sobre acantilado,
con una pendiente suave a moderada por la presencia de
lomas y cerros, con tipo de suelo arenoso-arcilloso con
presencia de rocas, no obstante se advierte la presencia de
un área de playa con un ancho menor a los 50 metros;
Que, el artículo 2° del Decreto Supremo N° 010-2008-
VIVIENDA, establece que la inmatriculación de la Zona
de Playa Protegida y de los terrenos de propiedad estatal
ubicados en la Zona de Dominio Restringido en el Registro
de Predios, se efectuará mediante Resolución de la SBN;
Que, el artículo 4° del Decreto Supremo N° 050-2006-
EF que aprueba el Reglamento de la Ley N° 26856 – Ley
de Playas, def‌i ne “ como zona de dominio restringido, la
franja de 200 metros ubicado a continuación de la franja de
hasta 50 metros paralela a la línea de alta marea, siempre
que exista continuidad geográf‌i ca en toda esa área…”;
Que, el artículo 6° del Decreto Supremo N° 050-
2006-EF que aprueba el Reglamento de la Ley N° 26856
– Ley de Playas, establece que se entenderá que existe
continuidad geográf‌i ca cuando dentro de la proyección
perpendicular de los 200 metros, no existan accidentes
geográf‌i cos tales como acantilados, lagos, montañas,
etc..”;
Que, al no existir continuidad geográf‌i ca por
presentarse accidentes geográf‌i cos dentro del área, se
concluye que dicha área no se encuentra comprendido
dentro de la zona de dominio restringido;
Que, tomando en consideración que dentro del
ámbito del predio de mayor extensión existen áreas que
se encuentran en proceso de inscripción se procedió
a redef‌i nir el área materia de consulta a f‌i n de ser
incorporado a favor del Estado, el cual se ha determinado
un área de1 071 237,84 m², ubicado a aproximadamente
a 15 Km. al Suroeste de la ciudad de Casma y a 1.3 Km. al
Noreste de Punta El Huaro, en el distrito de Comandante
Noel, provincia de Casma, departamento de Ancash;
Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General
del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece
que los predios que no se encuentren inscritos en el
Registro de Predios y que no constituyan propiedad
de particulares, ni de las Comunidades Campesinas
y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que
corresponde tramitar laprimera inscripción de dominio a
favor del Estado del terreno eriazo 1 071 237.84m²,
de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento
de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo
N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/
SBN, modif‌i cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN,
que regulan el trámite de inscripción de la primera de
dominio de predios a favor del Estado;
Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del “Reglamento
de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por
Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha
21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de
Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y
aprobar los actos de adquisición y administración de los
bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir
las Resoluciones en materia de su competencia;
De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del
Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento
y modif‌i catorias;
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe
Técnico Legal Nº0578-2015/SBN-DGPE-SDAPE, de
fecha 26 de mayode 2015 (fojas 14 al 17);
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 071
237,84 m², ubicado a aproximadamente a 15 Km. al
Suroeste de la ciudad de Casma y a 1.3 Km. al Noreste
de Punta El Huaro, en el distrito de Comandante Noel,
provincia de Casma, departamento de Ancash; según el
plano y memoria descriptiva que sustentan la presente
Resolución.
Artículo 2°.- La Zona Registral N° VII - Sede Huaraz
de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
por el mérito de la presente Resolución, efectuará la
primera inscripción de dominio a favor del Estado del
terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro
de Predios de Casma.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del
Patrimonio Estatal
1247140-16
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCION N° 421-2015/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 28 de mayo del 2015
Visto el Expediente N° 483-2015/SBN-SDAPE,
correspondiente al trámite de primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 211
001,19 m², ubicado aproximadamente a 2 Km. al Este
de la urbanización Bella Vista, en el distrito de Vegueta,
provincia de Huaura, departamento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional
de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar
las acciones que realicen las entidades que conforman
el mencionado Sistema, en materia de adquisición,
disposición, administración y registro de los bienes
estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos
actos respecto de los bienes estatales que se encuentran
bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor,
conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema
Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado
Que, revisada la base gráf‌i ca de propiedades con la
que cuenta esta Superintendencia, se identif‌i có el terreno
de 211 001,20 m², ubicado aproximadamente a 2 Km.
al Este de la urbanización Bella Vista, en el distrito de

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