Resolución nº 415-2023-OEFA/TFA-SE, Tribunal de Fiscalización Ambiental, 31-08-2023

Número de resolución415-2023-OEFA/TFA-SE
Fecha16 Marzo 2023
EmisorTribunal de Fiscalización Ambiental
2023-I01-032312
Tribunal de Fiscalización Ambiental
Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades
Productivas e Infraestructura y Servicios
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RESOLUCIÓN N° 415-2023-OEFA/TFA-SE
EXPEDIENTE N°
:
0834-2021-OEFA/DFAI/PAS
PROCEDENCIA
:
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN Y APLICACIÓN DE
INCENTIVOS
ADMINISTRADO
:
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL CARMEN
SECTOR
:
RESIDUOS SÓLIDOS
APELACIÓN
:
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 00412-2023-OEFA/DFAI
SUMILLA: Se confirma la Resolución Directoral Nº 00412-2023-OEFA/DFAI del 16
de marzo de 2023 que declaró responsabilidad administrativa de la Municipalidad
Distrital de El Carmen por la comisión de la única conducta infractora detallada
en el Cuadro 1 de la presente resolución e impuso una multa ascendente a
1,007 (uno con 007/1000)
1
Unidades Impositivas Tributarias.
Lima, 31 de agosto de 2023
I. ANTECEDENTES
1. Municipalidad Distrital de El Carmen (en adelante, Municipalidad El Carmen)
2
es
titular de la unidad fiscalizable Botadero Pampa del Carmen, ubicado en el distrito
El Carmen, provincia de Chincha y departamento de Ica
3
.
2. Del 04 al 17 de agosto de 2021, la Oficina Desconcentrada de Ica (ODE ICA) del
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) realizó una
supervisión regular al Botadero Pampa del Carmen (en adelante, Supervisión
Regular 2021), cuyos resultados fueron analizados en el Informe de Supervisión
N° 00084-2021-OEFA/ODES-ICA del 31 de agosto de 2021 (en adelante, Informe
de Supervisión)
4
.
1
El Perú, en el año 1982, a través de la Ley N° 23560, se adhirió al Sistema Internacional de Unidades que tiene
por norma que los millares se separan con un espacio y los decimales con una coma. En ese sentido, así deben
ser leídas y comprendidas las cifras de la presente resolución.
2
Registro Único de Contribuyentes N° 20188799729.
3
Según se detalla en el Apartado I del Informe de Supervisión N° 084-2021-OEFA/ODES-ICA.
4
Expediente de Supervisión N° 055-2021-ODES-ICA.
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3. Sobre esa base, mediante la Resolución Subdirectoral 00363-2022-
OEFA/DFAI-SFIS del 11 de noviembre de 2022 (en adelante, Resolución
Subdirectoral)
5
, la Subdirección de Fiscalización en Infraestructura y Servicios
(SFIS) de la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos (DFAI) dispuso
el inicio de un procedimiento administrativo sancionador contra la Municipalidad
El Carmen (en adelante, PAS)
6
.
4. Posteriormente, la SFIS emitió el Informe Final de Instrucción N° 0004-2023-
OEFA/DFAI-SFIS del 18 de enero del 2023 (en adelante, Informe Final de
Instrucción)
7
.
5. El 14 de marzo de 2023 se llevó a cabo la audiencia de informe oral solicitada por
el administrado
8
.
6. Luego de la evaluación de los descargos presentados
9
, la DFAI emitió la
Resolución Directoral N° 00412-2023-OEFA/DFAI del 16 de marzo de 2023 (en
adelante, Resolución Directoral)
10
, a través de la cual declaró la existencia de
responsabilidad administrativa de la Municipalidad El Carmen por la comisión de
la siguiente conducta infractora:
Cuadro N° 1: Detalle de la conducta infractora
Conducta infractora
Normas sustantivas
La Municipalidad El
Carmen no remitió la
información solicitada
por la Autoridad
Supervisora durante la
Supervisión Regular
2021, en la forma y modo
en que fue requerida (en
adelante, única
conducta infractora).
Numeral c.1 del artículo 15 de la
Ley del Sistema Nacional de
Evaluación y Fiscalización
Ambiental, aprobada con Ley N°
29325 (Ley del SINEFA)11; y los
artículos 6 y 9 del Reglamento de
Supervisión del OEFA, aprobado
por la Resolución de Consejo
Directivo N° 006-2019-OEFA-CD
(Reglamento de Supervisión)12.
5
Notificada el 15 de noviembre de 2022.
6
Cabe indicar que, el administrado, pese a estar debidamente notificado, no presentó descargos a la Resolución
Subdirectoral.
7
Notificado el 20 de enero de 2023.
8
Tal como consta en el Acta de Informe Oral 0022-2023-OEFA/DFAI.
9
Escritos con Registro N° 2023-E01-120616, N° 2023-E01-145168, N° 2023-E01-162723 y N° 2023-E01-237529
del 02, 06, 09 y 22 de febrero de 2023.
10
Notificada el 24 de marzo de 2023.
11
Ley del SINEFA, aprobada con Ley 29325, publicada en el diario oficial El Peruano el 05 de marzo de 2009.
Artículo 15.- Facultades de fiscalización
El OEFA, directamente o a través de terceros, puede ejecutar las acciones necesarias para el desarrollo de sus
funciones de fiscalización, para lo cual contará con las siguientes facultades: (…)
c. Proceder a practicar cualquier diligencia de inv estigación, examen o prueba que considere necesario para
comprobar que las disposiciones legales se observan correctamente y, en particular, para:
c.1 Requerir información al sujeto fiscalizado o al personal de la empresa sobre cualquier asunto relativo a la
aplicación de las disposiciones legales (…)
12
Reglamento de Supervisión, publicada en el diario oficial El Peruano el 17 de febrero de 2019.

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