Resolucion N° 4130-2022-JNE. Confirman la Resolución N° 001303-2022-JEE-CHAN/JNE

Fecha de publicación29 Noviembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Expediente Nº ERM.2022054133

PERENÉ - CHANCHAMAYO - JUNÍN

JEE CHANCHAMAYO (ERM.2022022816)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022

apelación

Lima, veintitrés de noviembre de dos mil veintidós

VISTO: en audiencia pública virtual del 17 de noviembre de 2022, debatido y votado en la fecha, el recurso apelación interpuesto por don Hermenegildo Navarro Castro, alcalde de la Municipalidad Distrital de Perené, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín (en adelante, señor recurrente), en contra de la Resolución Nº 001303-2022-JEE-CHAN/JNE, del 24 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chanchamayo (en adelante, JEE), que sancionó con amonestación pública y multa de sesenta (60) unidades impositivas tributarias (UIT) al señor recurrente por infracción a las normas de publicidad estatal contenidas en el artículo 192 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en adelante, LOE), y en los literales e y g del artículo 20 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo1 (en adelante, Reglamento sobre publicidad estatal), en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022).

Oído: el informe oral.

PRIMERO. ANTECEDENTES

1.1. Mediante la Resolución Nº 3917-2022-JNE, del 26 de setiembre de 2022, este órgano electoral declaró nulo todo lo actuado desde la notificación de la Resolución Nº 00448-2022-JEE-CHAN/JNE, del 16 de julio de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chanchamayo, que admitió a trámite el procedimiento sancionador en contra del señor recurrente por la presunta contravención de los literales e y g del artículo 20 del Reglamento sobre publicidad estatal, y dispuso correr el traslado del Informe Nº 028-2022-JRG-FP-JEE CHANCHAMAYO-JNE.

En el Informe Nº 028-2022-JRG-FP-JEE CHANCHAMAYO-JNE, del 13 de julio de 2022, el fiscalizador electoral comunicó al JEE que la Municipalidad Distrital de Perené difundió publicidad estatal en periodo electoral a través de imágenes digitales y videos publicitarios en la red social de Facebook: 111 elementos publicitarios no reportados dentro del plazo, de los cuales 105 contienen el nombre, imagen, voz y/o cargo de funcionario o servidor público de la entidad edil.

1.2. En cumplimiento de lo ordenado, el JEE emitió la Resolución Nº 001079-2022-JEE-CHAN/JNE, del 3 de octubre de 2022, en la cual se dispuso que se notifique al señor recurrente con la Resolución Nº 00448-2022-JEE-CHAN/JNE, adjuntando el Informe Nº 028-2022-JRG-FP-JEE CHANCHAMAYO-JNE.

1.3. La Resolución Nº 00448-2022-JEE-CHAN/JNE fue notificada en la casilla electrónica del señor recurrente conforme consta en el cargo de Notificación Nº 159928-2022-CHAN, sin que este haya presentado los descargos correspondientes.

1.4. El 13 de octubre de 2022, el JEE, a través de la Resolución Nº 001181-2022-JEE-CHAN/JNE, determinó que el señor recurrente incurrió en infracción a las normas de publicidad estatal contenidas el artículo 192 de la LOE, y en los literales e y g del artículo 20 del Reglamento sobre publicidad estatal. En ese sentido, le ordenó el retiro inmediato de la publicidad estatal detectada, otorgándole el plazo de tres (3) días hábiles para tal efecto, bajo apercibimiento de imponerle sanción de amonestación pública y multa, así como remitir copia de los actuados al Ministerio Público; requiriéndole, además, que presente un informe sobre el cumplimiento de lo ordenado.

1.5. La Resolución Nº 001181-2022-JEE-CHAN/JNE fue notificada en la casilla electrónica del señor recurrente conforme consta en el cargo de Notificación Nº 165396-2022-CHAN, sin que este haya presentado el informe requerido. Es así que, mediante la Resolución Nº 001210-2022-JEE-CHAN/JNE, del 20 de octubre de 2022, el JEE ordenó al coordinador de fiscalización que verifique la continuidad de la existencia de la publicidad estatal detectada.

1.6. Mediante el Informe Nº 126-2022-EPC-CF-JEE CHANCHAMAYO-JNE, del 21 de octubre de 2022, el coordinador de fiscalización comunicó al JEE que la publicidad estatal no fue retirada.

1.7. A través de la Resolución Nº 001302-2022-JEE-CHAN/JNE, del 23 de octubre de 2022, el JEE declaró firme la Resolución Nº 001181-2022-JEE-CHAN/JNE, debido a que el señor recurrente no interpuso recurso impugnatorio alguno.

1.8. Posteriormente, mediante la Resolución Nº 001303-2022-JEE-CHAN/JNE, del 24 de octubre de...

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