Resolución Nº 408-2018-SUNARP-TR-A de Tribunal Registral de Arequipa, del 15-06-2018

Número de resolución408-2018-SUNARP-TR-A
Fecha15 Junio 2018
EmisorTribunal Registral de Arequipa (Perú)
MateriaPropiedad inmueble,¿corresponde exigir que se acredite que el predio materia de transferencia e independización se encuentra fuera del área de dominio público o zona de playa; por lo que, a fin de desvirtuar dicha circunstancia se deberá adjuntar constatación de la dirección general de capitanías y guardacostas de la marina de guerra del perú en que se determine que la citada extensión no se ubica dentro de la franja de 50 metros de ancho paralela a la línea de alta marea.¿
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