Resolución Nº 4077-2022-TCE-S1, Tribunal de Contrataciones del Estado, 24 de noviembre de 2022

Número de resolución4077-2022-TCE-S1
Fecha24 Noviembre 2022
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 4077-2022-TCE-S1
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Sumilla: “(…) a efectos de determinar la configuración de cada
una de dichas infracciones, corresponde evaluar si se
ha acreditado la falsedad o adulteración o información
inexacta, contenida en los documentos presentados,
en este caso, ante la Entidad, independientemente de
quién haya sido su autor o de las circunstancias que
hayan conducido a su falsificación o adulteración e
inexactitud; ello en salvaguarda del principio de
presunción de veracidad (…)”.
Lima, 24 de noviembre de 2022.
VISTO en sesión del 24 de noviembre de 2022 de la Primera Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente 334/2022.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador contra las empresas CONSULTORA Y CONSTRUCTORA HEBA
S.A.C. y E.C. ZAIN S.A.C., integrantes del CONSORCIO VISTA ALEGRE, por su supuesta
responsabilidad al haber presentado, para el perfeccionamiento del contrato,
documentación falsa o adulterada y/o información inexacta, en el marco de
la Adjudicación Simplifica N° 10-2019-CS/MDY/HVCA (Primera Convocatoria), efectuada
por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAULI- HUANCAVELICA, para la Contratación de
la ejecución de la obra: Creación de la losa con grass sintético en el Centro Poblado de
Santa Rosa de Chopcca del Distrito de Yauli Provincia de Huancavelica Departamento de
Huancavelica, y atendiendo a lo siguiente:
I. ANTECEDENTES:
1. Según obra en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE
1
, la
Municipalidad Distrital de Yauli Huancavelica, en lo sucesivo la Entidad, convocó
la Adjudicación Simplificada N° 10-2019-CS/MDY/HVCA - Primera Convocatoria,
para la Contratación de la ejecución de la obra: Creación de la losa con grass
sintético en el Centro Poblado de Santa Rosa de Chopcca del Distrito de Yauli
Provincia de Huancavelica Departamento de Huancavelica”, por el valor
referencial de S/ 320,325.03 (trescientos veinte mil trescientos veinticinco con
03/100 soles), en adelante el procedimiento de selección.
Dicho procedimiento de selección se llevó a cabo durante la vigencia del Texto
1
Documento obrante a folio 127 del expediente administrativo.
Firmado digitalmente por CORTEZ
TATAJE Juan Carlos FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 24.11.2022 15:29:10 -05:00
Firmado digitalmente por ROJAS
VILLAVICENCIO DE GUERRA Maria
Del Guadalupe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 24.11.2022 17:27:24 -05:00
Firmado digitalmente por
VILLANUEVA SANDOVAL Victor
Manuel FAU 20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 24.11.2022 19:02:38 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 4077-2022-TCE-S1
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Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobada
por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante la Ley, y su Reglamento,
aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, en adelante el Reglamento.
Según el cronograma del procedimiento de selección, el 16 de agosto de 2019, se
llevó a cabo la presentación de ofertas; y, el 19 de del mismo mes y año, el comité
de selección otorgó la buena pro al CONSORCIO VISTA ALEGRE, integrado por las
empresas CONSULTORA Y CONSTRUCTORA HEBA S.A.C. y E.C. ZAIN S.A.C., en
adelante el Consorcio, por el valor de su oferta económica, ascendente a
S/ 288,292.53 (doscientos ochenta y ocho mil doscientos noventa y dos con
53/100 soles).
El 23 de setiembre de 2019, la Entidad y el Consorcio suscribieron el Contrato de
ejecución de obra N° 004-MDY-HVCA-2019
2
, en adelante el Contrato.
Expediente N° 334/2022.TCE
2. Mediante Oficio N° 036-2022-ALC/MDY-HVCA
3
, presentado el 18 de enero del
2022 en la Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante
el Tribunal, la Entidad puso en conocimiento que los integrantes del Consorcio
habrían incurrido en causal de infracción administrativa.
Así, a fin de sustentar su denuncia, remitió el Informe Legal N° 00014-2022/MDY-
HVCA/GAJ
4
del 13 de enero del 2022, mediante el cual señala lo siguiente:
- Mediante Carta N° 001-CONSORCIOVISTAALEGRE/MDY-2019 del 11 de
setiembre de 2019, los integrantes del Consorcio presentaron los
requisitos para el perfeccionamiento del Contrato.
- En el marco de la fiscalización posterior a la documentación presentada por
el Consorcio para el perfeccionamiento del Contrato, a través de la Carta
N° 0475-2021/SGLSGyCP/MDY/HVCA
5
del 30 de setiembre de 2021, se
solicitó a la empresa RECOMAQ HI TECH S.R.L., confirmar la veracidad de
la Factura 002 - N° 000479 del 12 de junio de 2016, emitida a favor de la
empresa E.C. ZAIN S.A.C.
- En respuesta, mediante correo electrónico del 25 de octubre del 2021
6
, la
2
Documento obrante a folio 461 a 467 del expediente administrativo.
3
Documento obrante a folios 145 del expediente administrativo
4
Documento obrante a folio 5 al 11 del expediente administrativo.
5
Documento obrante a folio 22 del expediente a administrativo.
6
Documento obrante a folio 162 del expediente administrativo.

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