Resolucion N° 4074-2022-JNE. Restablecen vigencia de credencial que le fue otorgada a ciudadano para que asuma de modo provisional el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Padre Abad, departamento de Ucayali
Fecha de publicación | 06 Noviembre 2022 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Expediente Nº JNE.2021089168
PADRE ABAD - UCAYALI
SUSPENSIÓN
CONVOCATORIA DE CANDIDATO
NO PROCLAMADO
Lima, treinta y uno de octubre de dos mil veintidós
VISTA: la solicitud de restablecimiento de credencial formulada por don Daniel Osiel Zegarra Macuyama, alcalde suspendido de la Municipalidad Provincial de Padre Abad, departamento de Ucayali (en adelante, señor alcalde), en el marco del procedimiento de suspensión que se le siguió por el tiempo que dure el mandato de detención, causa prevista en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).
PRIMERO. ANTECEDENTES
1.1. La Segunda Sala Penal de Apelaciones en Adición Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, mediante la Resolución Nº Cinco (auto de vista), del 16 de junio de 2021 —emitida en el Expediente Nº 00093-2021-66-2404-JR-PE-01—, declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva, por el plazo de nueve meses, solicitado en contra del señor alcalde, en el marco del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de cohecho pasivo propio, en agravio de la Municipalidad Provincial de Padre Abad. Asimismo, a través de la Resolución Nº Seis, del 22 de junio de 2021, se precisó que el plazo de la prisión preventiva es de siete meses.
1.2. En virtud de dicho pronunciamiento judicial, el Concejo Provincial de Padre Abad, por medio del Acuerdo de Concejo Nº 004-2021-MPPA-A-S.C.E, adoptado el 6 de julio de 2021, aprobó la suspensión del señor alcalde por el tiempo que dure el mandato de detención, causa prevista en el numeral 3 del artículo 25 de la LOM.
1.3. Ante ello, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución Nº 0765-2021-JNE, del 27 de julio de 2021, dejó sin efecto, provisionalmente, la credencial otorgada al señor alcalde, y convocó a doña Nirma Alegría Torres y a doña Doris Mariori Ayra Estela para que asuman, de modo provisional, el cargo de alcaldesa y regidora, respectivamente, de la Municipalidad Provincial de Padre Abad, en tanto se resolvía la situación jurídica del alcalde en cuestión. Para tal efecto, cumplió con otorgarles las credenciales que las acreditan como tales.
1.4. En dicho contexto, a través de escritos ingresados el 18 y 21 de octubre de 2022, el señor alcalde informó, principalmente, que el Juzgado de Investigación Preparatoria - Sede Aguaytía declaró infundado el requerimiento fiscal de adecuación de la prolongación de la prisión preventiva impuesta en su contra, y solicitó la “activación de credencial de alcalde”. Para tal efecto, adjuntó, entre otros documentos, una copia de la Resolución Número Dos, del 28 de setiembre del año en curso, que habría declarado infundado el requerimiento de adecuación de la prolongación de la referida medida coercitiva.
Pronunciamiento remitido por el Poder Judicial
1.5. Por medio de los Oficios N.° 09652-2022-SG/JNE y Nº 09724-2022-SG/JNE, del 20 y 24 de octubre de 2022, respectivamente, la Secretaría General de este organismo electoral solicitó al presidente de la...
PADRE ABAD - UCAYALI
SUSPENSIÓN
CONVOCATORIA DE CANDIDATO
NO PROCLAMADO
Lima, treinta y uno de octubre de dos mil veintidós
VISTA: la solicitud de restablecimiento de credencial formulada por don Daniel Osiel Zegarra Macuyama, alcalde suspendido de la Municipalidad Provincial de Padre Abad, departamento de Ucayali (en adelante, señor alcalde), en el marco del procedimiento de suspensión que se le siguió por el tiempo que dure el mandato de detención, causa prevista en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).
PRIMERO. ANTECEDENTES
1.1. La Segunda Sala Penal de Apelaciones en Adición Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, mediante la Resolución Nº Cinco (auto de vista), del 16 de junio de 2021 —emitida en el Expediente Nº 00093-2021-66-2404-JR-PE-01—, declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva, por el plazo de nueve meses, solicitado en contra del señor alcalde, en el marco del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de cohecho pasivo propio, en agravio de la Municipalidad Provincial de Padre Abad. Asimismo, a través de la Resolución Nº Seis, del 22 de junio de 2021, se precisó que el plazo de la prisión preventiva es de siete meses.
1.2. En virtud de dicho pronunciamiento judicial, el Concejo Provincial de Padre Abad, por medio del Acuerdo de Concejo Nº 004-2021-MPPA-A-S.C.E, adoptado el 6 de julio de 2021, aprobó la suspensión del señor alcalde por el tiempo que dure el mandato de detención, causa prevista en el numeral 3 del artículo 25 de la LOM.
1.3. Ante ello, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución Nº 0765-2021-JNE, del 27 de julio de 2021, dejó sin efecto, provisionalmente, la credencial otorgada al señor alcalde, y convocó a doña Nirma Alegría Torres y a doña Doris Mariori Ayra Estela para que asuman, de modo provisional, el cargo de alcaldesa y regidora, respectivamente, de la Municipalidad Provincial de Padre Abad, en tanto se resolvía la situación jurídica del alcalde en cuestión. Para tal efecto, cumplió con otorgarles las credenciales que las acreditan como tales.
1.4. En dicho contexto, a través de escritos ingresados el 18 y 21 de octubre de 2022, el señor alcalde informó, principalmente, que el Juzgado de Investigación Preparatoria - Sede Aguaytía declaró infundado el requerimiento fiscal de adecuación de la prolongación de la prisión preventiva impuesta en su contra, y solicitó la “activación de credencial de alcalde”. Para tal efecto, adjuntó, entre otros documentos, una copia de la Resolución Número Dos, del 28 de setiembre del año en curso, que habría declarado infundado el requerimiento de adecuación de la prolongación de la referida medida coercitiva.
Pronunciamiento remitido por el Poder Judicial
1.5. Por medio de los Oficios N.° 09652-2022-SG/JNE y Nº 09724-2022-SG/JNE, del 20 y 24 de octubre de 2022, respectivamente, la Secretaría General de este organismo electoral solicitó al presidente de la...
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